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El Constitucional confirma la anulación de las listas de D3M y Askatasuna

El tribunal confirma la anulación de las candidaturas de D3M y de Askatasuna, al entender que son intentos de burlar las ilegalizaciones de Batasuna, ANV y EHAK.

G. MALAINA / A. VAZQUEZ


Una concentración del LAB frente a la sede del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. EFE

El Tribunal Constitucional confirmó anoche por unanimidad la prohibición de que la izquierda abertzale concurra a las elecciones al Parlamento vasco que se celebran el próximo 1 de marzo.

En sendas sentencias confirmó las resoluciones del Supremo que el domingo pasado anularon las listas de Demokrazia 3 Milioi (D3M) y Askatasuna, al entender que son intentos de burlar las ilegalizaciones de partidos decretadas en 2003 (Batasuna y sus antecesoras) y el pasado mes de septiembre (ANV y EHAK).

De esta forma, la izquierda abertzale no podrá participar en unas elecciones autonómicas por primera vez desde la recuperación de la democracia hace tres décadas.

El alto tribunal comunicó su decisión a las doce de la noche del jueves, apurando así al máximo el límite legal, ya que a esa hora comenzó oficialmente la campaña electoral. En las sentencias, el TC hace suyos los argumentos de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado y rechaza los recursos de amparo presentados por Askatasuna y D3M contra la anulación de sus candidaturas.

El fiscal y los Servicios Jurídicos del Estado sostenían que tanto D3M como Askatasuna son una continuación de Batasuna. En el caso concreto de D3M, la Abogacía del Estado apuntaba que las agrupaciones electorales “resultarían ser un instrumento para defraudar el cese de actividad, que es consecuencia jurídica de la declaración de ilegalidad” de HB, EH, Batasuna, ANV y EHAK.

En los escritos de la Fiscalía en contra del recurso de amparo de ambas organizaciones se recordaba los antecedentes en la “estrategia de formaciones ilegalizadas” con anterioridad. “En el parecer del fiscal, una vez más es utilizada esta misma estrategia por las formaciones ilegalizadas para estar presentes de algún modo en la Cámara vasca”, señala.

El fiscal compartía en sus escritos al Constitucional el criterio de la Abogacía, al defender la validez de los informes policiales realizados sobre los integrantes de las listas de D3M.

Las defensas de las candidaturas abertzales insistieron en sus recursos de amparo en buena parte de los argumentos esgrimidos ya ante el Tribunal Supremo, en el sentido de que la anulación de sus listas supone una vulneración de los derechos fundamentales recogidos en la Constitución, así como del derecho a elegir y ser elegido en las urnas.

Las defensas también recordaban el último informe redactado por el relator de la ONU en torno a la aplicación de la Ley de Partidos y sus advertencias sobre la extensión generalizada de la calificación de “grupo terrorista”.


En dicho escrito de la ONU, el relator aconsejaba que “toda medida que afecte el ejercicio de los derechos fundamentales en una sociedad democrática debe aplicarse con arreglo a criterios precisos definidos por la ley y respetar los principios de proporcionalidad y necesidad”.

Askatasuna también recordaba que esta formación pudo participar en las elecciones autonómicas de 2001 e intentó rebatir el argumento del Tribunal Supremo en su resolución del domingo, en el sentido de que sus listas en aquella ocasión integraban a personas vinculadas con organizaciones ilegalizadas.

Está previsto que el juez Baltasar Garzón decida hoy sobre la suspensión de actividades de ambas formaciones, solicitada por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, al considerar sus actos ilícitos.

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