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El Consejo de Estado avala la ley del aborto

La Comisión Permanente vota por unanimidad que la norma es constitucional

P. RAFAEL / S. GARCÍA

El Consejo de Estado, máximo órgano consultivo del Gobierno, avaló ayer por unanimidad la constitucional del anteproyecto de la nueva Ley del Aborto, según señalaron fuentes de la institución y del Ministerio de Igualdad. Se trata del primer informe jurídico, no vinculante aunque sí preceptivo, votado por unanimidad que dice que el borrador -que contempla el aborto libre dentro de las primeras 14 semanas de embarazo- se ajusta a la Constitución.

En los dos órganos previos consultados por el Gobierno, el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder de Judicial (CGPJ) no existió la unanimidad que se ha dado en el Consejo de Estado.

En el primer caso, se aprobaron dos informes: uno, votado por la mayoría (los seis vocales conservadores), señaló que el anteproyecto no era consitucional. El segundo, aprobado por los cincos vocales restantes, de carácter progresista, decía lo contrario.

En el caso del órgano de gobierno de los jueces, por primera vez en su historia no emitió un informe (ni favorable ni contrario) a un anteproyecto de ley. En las dos votaciones realizadas no salió adelante ninguno de los dictámenenes presentados -uno avalaba la constitucionalidad de la norma, mientras que el otro la rechazaba-.

Con estos precedentes, por tanto, el dictamen del Consejo de Estado es el único que de manera unánime y sin fisuras dice que el anteproyecto de Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo tiene encaje en la Constitución. La ponencia votada ayer fue eleborada por Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, uno de los padres de la Constitución. Los nueve miembros del Consejo Permanente la avalaron por unanimidad.

En el dictamen se dice que la ley de plazos de 14 semanas que contempla el anteproyecto es plenamente constitucional. Los miembros de la Comisión Permanente también se pronunciaron sobre uno de los puntos de la norma que más polémica ha generado: que las menores de 16 y 17 años puedan interrumpir de forma voluntaria su embarazo sin el consentimiento paterno.

En este asunto, el Consejo considera que los 16 años es el umbral de madurez ya que es la edad en la que el Código Civil contempla que los menores puedan emanciparse con el consentimeinto de sus padres. De este modo, cree que las menores pueden decidir por sí mismas si abortan o no.

A pesar de esa madurez, en el dictamen se recoge que los padres tienen derecho a estar informados. Aunque este derecho debe contemplar excepciones, al igual que estableció el informe elaborado por la vocal del CGPJ, Margarita Uría - y que posteriormente fue rechazado en el Pleno del órgano de Gobierno de los jueces-: en los casos en que se detecte un desarraigo familiar, exista violencia doméstica o agresiones y abusos sexuales.

El informe del Consejo de Estado, que hoy recibirá el Gobierno, es el último trámite que debía pasar el anteproyecto de ley antes de que el Consejo de Ministros apruebe el proyecto. Después, el borrador deberá iniciar su trámtie parlamentario.

Si es posible, según señalaron ayer fuentes de Igualdad, el proyecto será aprobado en el Consejo de Ministros de la semana que viene. El Gobierno no tiene previsto modificar la parte sustancial del borrador, aunque sí introducirá algunas modificaciones. Así, es muy probable que en la información que se dé a las menores de 16 y 17 años antes de someterse a un aborto se incluya una recomendación para que informen a sus padres o tutores.

Más adelante, cuando se inicie el trámite parlamentario, y si así se consigue un mayor consenso, el Gobierno está dipuesto a introducir la figura del acompañante para que las menores que deciden interrumpir su embarazo. De esta forma, se seguiría la fórmula ya implantada en Francia que obliga a las menores que se somenten a la intervención a ir acompañadas de una persona mayor de edad, ya sea un familiar o no.

Además de la ley de plazos, el anteproyecto contempla una serie de indicaciones a partir de las 14 semanas de gestación. La mujer podrá interrumpir su embarazo hasta las 22 semanas cuando haya grave riesgo para su salud o existan graves anomalías en el feto. Para ello, serán necesarios dos dictámenes de sendos médicos distintos al que vaya a realizar la intervención.

A partir de las 22 semanas, sólo se podrá abortar cuando anomalías incompatibles con la vida o una infermedad incurable. Será obligatorio que esté diagnóstico lo avale un comité médico.

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