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Anuladas todas las escuchas ordenadas por Garzón en la cárcel

La decisión ha contado con el voto discrepante de uno de los tres jueces

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado todas las escuchas de las conversaciones mantenidas en prisión entre los principales imputados del caso Gürtel y sus abogados. Las intervenciones fueron ordenadas por el juez Baltasar Garzón.

Las grabaciones recogieron las conversaciones que mantuvieron en prisión con sus letrados el presunto cerebro de la trama de corrupción, Francisco Correa, su primo Antoine Sánchez y supuesto 'número dos' y ex secretario general del PP de Galicia, Pablo Crespo.

La sala examina los autos en los que Garzón ordenó las escuchas en aplicación del artículo 51.2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria y concluyen que éste sólo las permite 'cuando concurrieran dos condiciones conjuntamente: que se tratara de presos o penados por delitos de terrorismo y que esa restricción fuera ponderada adecuadamente en una resolución judicial'.

'Por tanto, en el caso presente, no investigándose delitos de terrorismo, estaba vedada toda intervención de las comunicaciones que mantuvieran con sus letrados los imputados en prisión provisional', agrega.

'No investigándose delitos de terrorismo, estaba vedada toda intervención de las comunicaciones' 

Tampoco serían válidas aplicando el artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, utilizada habitualmente en el caso de personas no privadas de libertad, ya que esta norma sólo permite la intervención de las comunicaciones entre abogados y sus clientes 'de modo absolutamente excepcional'.

La resolución hace además un 'análisis especial' del caso del abogado José Antonio López Rubal, ya que en un auto del 19 de febrero de 2009 Garzón ordenó intervenir las comunicaciones de los imputados en prisión 'con los letrados que se encuentran personados en la causa u otros que mantengan entrevistas con ellos y, con carácter especial', las que mantuvieran con él.

Garzón argumentaba que los abogados, y ése en concreto, podían estar sirviendo de 'enlaces' entre Correa, Crespo y Sánchez 'con personas del exterior' para continuar su actividad delictiva, pero el TSJM cree que esa 'referencia genérica' a la actuación de los letrados es insuficiente para intervenir sus comunicaciones.

'Sólo es una mera suposición o conjetura, de la que no se expresan los datos objetivos en los que podrían fundarse, dirigida a presumir que este abogado podría desempeñar el ilícito cometido que de él temía el instructor', afirma el tribunal.

Por último, la sala critica duramente otro auto, dictado el 27 de marzo de 2009, en el que a petición del fiscal, Garzón acordó excluir de la causa 'las transcripciones de las conversaciones mantenidas entre los imputados (...) y sus abogados y que se refieren en exclusiva a estrategias de defensa'.

El tribunal dice que si se siguieron practicando las escuchas, ya que habían sido prorrogadas y el auto no ordenaba su cese, se creó una situación 'de harto mayor descontrol que la preexistente', ya que las conversaciones no se incorporaron a las actuaciones, con lo que los imputados no podían comprobar si fueron posteriormente utilizadas para lograr alguna prueba en su contra.

La decisión ha contado con el voto particular discrepante de José Manuel Suárez Robledano, uno de los tres magistrados que conforman el tribunal, integrado también por el presidente del Tribunal, Francisco José Vieira, y Emilio Fernández Castro.

Las conversaciones intervenidas a los tres imputados en el caso Gürtel en prisión 'no han tenido ningún efecto en el curso del procedimiento', según explicó Garzón en un escrito ante el Tribunal Supremo. 

El juez de la Audiencia Nacional autorizó las escuchas a petición de la Fiscalía Anticorrupción, y que el actual instructor del procedimiento, Antonio Pedreira, no sólo las ha avalado, al rechazar el recurso de reforma presentado por algunas defensas, sino que las prorrogó el 20 de abril, al hacerse cargo del caso.

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