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El Tribunal de Estrasburgo confirma la ilegalización de ANV

El Tribunal de Europeo de Derechos Humanos ratifica así la sentencia del Supremo de 2008 y asegura que la formación suponía 'un gran peligro para la democracia española'

EUROPA PRESS/ EFE

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha confirmado la ilegalización de la formación Acción Nacionalista Vasca (ANV), que el Tribunal Supremo decretó el 22 de diciembre de 2008 y que el Constitucional confirmó el 29 de enero del año siguiente y añade que la formación abertza suponía un 'peligro para la democracia'.

Así consta en una sentencia dictada este martes por el tribunal en el que se señala que esta decisión no violó el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que recoge la libertad de expresión; ni el 11, que establece el derecho de reunión y asociación.

La sentencia apoya la disolución que llevó a cabo el Tribunal Supremo y la considera 'necesaria en una sociedad democrática' con el fin de 'mantener la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y libertades de los otros'. La Corte europea añade que la ilegalización de ANV respondió a una 'necesidad social imperiosa', ya que 'sus proyectos políticos contradecían el concepto de sociedad democrática'.

El Supremo en 2008 destacaba en su sentencia la negativa de los miembros electos de ANV a condenar los atentados de ETA y su colaboración con miembros de la ilegal Batasuna durante y tras las elecciones locales de 2007, en las que se permitió concurrir a algunas de las listas presentadas por esta formación, mientras que otras 133 fueron anuladas por considerarse 'continuadoras' de la formación ilegalizada en 2003. También reseñaba la participación del partido demandante en homenajes a miembros detenidos o fallecidos de ETA.

La 'confusión' entre Batasuna y ANV, según ha dictado la Corte de Estrasburgo, se reflejó en 'la línea de conducta política e institucional' y en 'el empleo de términos amenazantes idénticos a los empleados por Batasuna y Segi en los carteles pegados en Bilbao con fotos de políticos' del PSE y el PNV.

Todo ello lleva a la Sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo a no suscribir la tesis de ANV según la cual la ilegalización dictada por el Tribunal Supremo no se ajustaría a la Ley Orgánica de partidos Políticos (LOPP) de 2002.

ANV, defendida por los abogados Didier Rouget, Adolfo Araiz Flamarique, Íñigo Iruin y Urko Aiartza Azurtza, presentó una demanda ante el Tribunal de Estrasburgo contra su ilegalización el 24 de julio de 2009.

La Corte europea ya había fallado en 2010 a favor de España en la demanda presentada por ANV por la anulación de 133 candidaturas a las elecciones del 27 de mayo de 2007, calificando de 'fraude' las mencionadas listas.

El mismo tribunal había fallado un año antes a favor de España en la demanda presentada por Batasuna contra su ilegalización. Los argumentos de la sentencia fueron similares a los utilizados hoy en el fallo sobre ANV

EAE-ANV tiene un plazo de tres meses para solicitar el reenvío del caso a la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo, compuesta por 17 jueces, para que se vuelva a examinar.

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