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La justicia europea declara abusiva la ley española de desahucios por vulnerar las normas comunitarias

El Tribunal de Justicia de la UE asegura que la legislación española no garantiza protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas

PÚBLICO/AGENCIAS

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este jueves que la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria al no garantizar suficiente protección a los ciudadanos frente a las claúsulas abusivas de las hipotecas.

La legislación española no permite a los jueces paralizar un desahucio invocando cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios, sino que esta cuestión debe ventilarse en otro juicio una vez que ya se ha ejecutado la expulsión. Con estasentencia, los jueces españoles podrán actuar de oficio, sin denuncia previa del afectado, para evitar situaciones límite producidas después de la firma de una hipoteca con cláusulas abusivas decretando la paralización cautelar de la ejecución.

El dictamen del TJUE supone más presión añadida para el Gobierno de Rajoy de cara a la modificación de la ley hipotecaria española, para lo que la Plataforma de Afectados por la Hipoteca consiguió elevar una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) con el apoyo de más de un millón de firmas. La ILP se encuentra aún en proceso de tramitación en la comisión de Economía del Congreso de los Diputados, a la espera de que los grupos hagan enmiendas al texto presentado por la PAH.

Esta sentencia llega después de que un afectado por una hipoteca contraída con la entidad CatalunyaCaixa fuera desahuciado en enero de 2011, tras varios meses de impago. El afectado, Mohamed Aziz, decidió litigar elevando la cuestión de su caso al juzgado mercantil de Barcelona, pidiendo que una de las cláusulas de su préstamo fue declarada nula, al igual que su proceso de ejecución hipotecaria.

El juez José María Fernández Seijo elevó desde el juzgado catalán la pregunta a Luxemburgo sobre el caso de Aziz, ya que no sólo se le expulsaba de su casa, sino que seguía estando obligado a liquidar íntegramente su deuda con la entidad. Fernández Seijo es una de los jueces que más ha criticado la ley que permite ejecutar desahucios en nuestro país. De hecho, el magistrado debía acudir a la sesión de Congreso en la que los diputados escuharon a Ada Colau, portavoz de la PAH, de cara a modificar la ley hipotecaria. La propuesta de este juez como experto en la materia fue del PSOE, pero finalmente, tanto PP como los socialistas vetaron su presencia en la Cámara Baja.

El fallo del TJUE responde a la pregunta de Seijo sobre la protección del hipotecado ante clausulas abusibvas y, según se desprende de la sentencia, esta protección a posteriori 'resulta incompleta e insuficiente' ya que 'no permite evitar la pérdida definitiva e irreversible de la vivienda' sino que se limita 'al pago de una indemnización por daños y perjuicios'.

'El régimen procesal español menoscaba la efectividad de la protección que pretende garantizar la directiva' 'Basta con que los profesionales inicien un procedimiento de ejecución hipotecaria para privar a los consumidores de la protección que pretende garantizar la directiva', denuncia la sentencia.

Por consiguiente, el Tribunal de Justicia declara que 'la normativa española no se ajusta al principio de efectividad, en la medida en que hace imposible o excesivamente difícil, en los procedimientos de ejecución hipotecaria iniciados a instancia de los profesionales y en los que los consumidores son parte demandada, aplicar la protección que la directiva confiere a estos últimos'.

En su fallo de este jueves, la corte europea insiste en que 'el régimen procesal español menoscaba la efectividad de la protección que pretende garantizar la directiva'.

'La directiva sobre las cláusulas abusivas se opone a una normativa nacional, como la normativa española en cuestión, que no permite al juez que conozca del proceso declarativo -es decir, el que tiene por objeto declarar el carácter abusivo de una cláusula- adoptar medidas cautelares, en particular la suspensión del procedimiento de ejecución, cuando sean necesarias para garantizar la plena eficacia de su decisión final', concluye la sentencia.

El pulso al Gobierno ya no viene sólo por parte de los movientos de presión ciudadana. Con esta sentencia, ha sido la misma Comisión Europea (CE) la que exige a Rajoy la modificación de la ley hipotecaria española. La legislación europea 'debe ser aplicada de manera correcta en los Estados miembros', aseguró el portavoz de la comisión Michele Cercone, aunque eludió aclarar si Bruselas exigirá directamente a España cambiar su legislación en ese aspecto.

El Ejecutivo comunitario contactará ahora con las autoridades españolas para aclarar cómo pretenden cumplir con la sentencia y asegurar que las medidas que regulan en el país estos procesos son compatibles con el Derecho de la Unión Europea.

El fallo es 'una clarificación de los derechos de los consumidores europeos que tienen sobre la base de la legislación europea, por lo que está claro que ahora el país, ahora España y los jueces españoles que se ocupan del caso, deberán juzgar a la luz de esta sentencia y de esta clarificación', según Cercone.

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