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"El fallo de las cláusulas suelo nos siembra más dudas que otra cosa"

El abogado de Ausbanc que ha ganado el pleito en el Supremo no sabe aún  por qué le han dado la razón. La demanda se dirigía contra todos los créditos con cláusulas abusivas, a nivel nacional, de BBVA, Nov

ANDRÉS MUÑIZ

Rafael García Carrellán es el abogado sevillano de la asociación de usuarios de banca AUSBANC que ha conseguido que el Tribunal Supremo haya anulado cláusulas suelo incluidas en las hipotecas de BBVA, Cajamar y Novacaixagalicia, que denunció por abusivas.

Sin embargo, y tras conocer el fallo del Supremo por los medios de comunicación, declara que de momento le siembra 'más dudas que otra cosa', ya que el argumento para estimar su recurso es 'la falta de transparencia' de las cláusulas suelo hipotecarias estudiadas, un motivo que ni él ni el fiscal --que también recurrió-- alegaron.

García Carrellán destacó que habrá que esperar a los argumentos jurídicos que exponga la sentencia de la Sala, que ha avanzado sólo que ha estimado parcialmente el recurso y que ha tomado tres decisiones: declarar la nulidad de las cláusulas suelo en los casos de falta de transparencia, 'como acontece en los tres supuestos examinados en el asunto que resuelve'; establecer que no comporta devolución de cantidades ya satisfechas por los hipotecados; y aclarar que su decisión no implica la nulidad de las cláusulas suelo que cumplan 'los requisitos de transparencia respecto de los consumidores'.

El letrado de Ausbanc está intrigado por el argumento de la 'falta de transparencia', ya que su alegación, como la del fiscal, fue que las cláusulas eran abusivas, no un incumplimiento del deber de información por parte del banco u otro aspecto relacionado con la transparencia. Agrega que, sin embargo, el tribunal ha podido rechazar los recursos por esas razones y atenderlo por otras no alegadas.

García Carrellán impugnó todas las hipotecas concedidas por BBVA con una cláusula suelo del 2,5 y techo del 12; en Novacaixagalicia, con suelo del 2,75 y techo del 10; y en Cajamar, con suelo del 3,25 y techo del 15.

Ello abarca a todos los clientes que firmaron contratos con esas condiciones y con esas entidades a nivel nacional, ya que el pleito se presentó en Sevilla únicamente por razón de ser la ciudad donde él ejerce, pero tiene alcance estatal.

Se trataba de una demanda colectiva, pero la acompañó, como prueba documental, de escrituras concretas y reales firmadas por particulares con esas entidades con las condiciones señaladas.

Ausbanc eligió para su demanda a un banco (BBVA), a una caja de ahorros (Novacaixagalicia) y a una cooperativa de crédito (Cajamar) para ilustrar los abusos en materia hipotecaria que se estaban cometiendo por todo el espectro de entidades crediticias. Otro aspecto a confirmar cuando se conozca el texto de la sentencia --lo que puede demorarse varias semanas-- es si es extensible al resto de bancos, cajas y cooperativas de crédito con la misma falta de transparencia, lo que en principio se deduce del comunicado del Supremo.

Los argumentos de Ausbanc fueron que la Ley de Protección a los Consumidores prohibe la imposición de cláusulas no negociadas, las contrarias a la buena fe, y las que generen un desequilibrio en perjuicio del consumidor, requisitos que cree que concurren en el caso de las cláusulas suelo combinadas con techo que ha impugnado, ya que las primeras benefician al banco y las segundas no hacen lo mismo con el hipotecado. Estas últimas son de cumplimiento ilusorio por lo elevado --teniendo en cuenta que el récord máximo histórico del euribor fue del 5,3% y hoy está en el 0,5--.

García Carrellán considera que lo más importante de la sentencia será conocer los requisitos de transparencia a que están sujetos los bancos para no incurrir en nulidad de las cláusulas suelo, que están impiendo a millones de familias beneficiarse de la bajada del euribor --lo que sin cláusula suelo les permitiría ahorrar hasta 1.200 euros anuales de la hipoteca--.

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