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Las 14 razones de la imputación de la hija pequeña del rey

El juez detalla en el auto los indicios contra Cristina de Borbón, basados en correos electrónicos de Diego Torres y en la reciente declaración del propio secretario de las infantas, Carlos García Revenga

ANDRÉS MUÑIZ

El juez José Castro menciona en su auto 14 indicios para sustentar, al ser valorados globalmente, la imputación de la infanta Cristina como cooperadora necesaria o cómplice de los delitos de su marido. Están basados en parte en correos electrónicos aportados a la causa por el exsocio de Iñaki Urdangarin, Diego Torres, pero también, y de forma muy relevante, en la versión que dió en el Juzgado el propio secretario de las infantas, Carlos García Revenga, cuando el pasado 23 de febrero declaró en calidad de imputado.

Estas son las 14 'razones' del juez para llamar a declarar a la hija pequeña del rey:

-- 1.- El auto expone que la constitución, el 11 de febrero de 2003, de la entidad Aizoon S.L. al 50% por Urdangarin y la infanta; y la posterior designación, el 23 de septiembre del mismo año, de la nueva Junta Directiva del Instituto Nóos, con Cristina como vocal, obedeció 'a un previo y común diseño' de Urdangarin y Torres que, según una carta del duque de Palma obrante en las actuaciones, contaba con 'el conocimiento y apoyo' de la infanta.

-- 2.- De la declaración ante el juez del asesor de las infantas, García Revenga, al comentar correos de Diego Torres, se desprende que conocía las actividades de Nóos, y 'no se acaba de entender que no participara' a Cristina de que su esposo estaba recibiendo un trato privilegiado en ámbitos privados y públicos por las vinculaciones tanto de Revenga como la infanta con la Casa del Rey.

-- 3.- Si, como afirma el secretario de las infantas, éste no le dijo al rey que había sido nombrado tesorero de Nóos --lo que 'carece de explicación', según afirma de paso el juez--, 'deviene sin sentido' que la infanta y su marido no se cuestionaran tal omisión y trataran de corregirla.

-- 4.- Si el rey, tras conocer lo que pasaba en Nóos, hizo un reproche a Urdangarin y le reclamó --a través del conde de Fontao--, que se desvinculase, 'no se acaba de entender que su hija, con un conocimiento mucho más directo y real, y con el asesoramiento' de García Revenga, 'no llegara a enterarse y de propia iniciativa no hubiera decidido desvincularse formal y efectivamente de la Asociación'.

-- 5.- El secretario de las infantas estaba 'obligado', por su condición de asesor, a comentar con la infanta las razones de la decisión del rey de pedir a Urdangarin y a ella misma que abandonasen Nóos.

-- 6.- Tampoco 'se acaba de entender' que el rey 'no comentara con su hija las críticas o recomendaciones que había hecho llegar o proyectaba hacer a su marido, e incluso consensuara con ella su alcance y el compromiso, expreso o tácito, de que de alguna manera velara por su cumplimiento'. Para el juez, ello debería haber llevado a la infanta a la conclusión de que los consejos de su padre no se estaban siguiendo y a cuestionar al respecto la actitud de su marido.

-- 7.- 'Determinadas prácticas tales como cargar gastos personales a las cuentas de la mercantil Aizoon S.L., propiedad del matrimonio, se revelan ahora más llamativas en tanto, conociendo al menos que ellos no los habían abonado, obligados estarían a cuestionarse quién lo hizo'.

-- 8.- Supuestas actitudes, 'según se dice por testigos', directamente protagonizadas por la infanta, de contratar empleados del hogar en situación irregular en España 'anunciándoles que se les pagarían sus salarios en dinero fiscalmente opaco, para luego acabar siendo contratados por Aizoon S.L.'

-- 9.- Aunque los delitos fiscales, hasta la fecha, sólo han sido predicados de Urdangarin y Torres, algunos ingresos del primero como miembro o asesor de consejos de Administración de distintas empresas, fueron objeto de facturación por Aizoon, sociedad coparticipada por el matrimonio.

-- 10.- Un correo electrónico en el que Urdangarin participa a Diego Torres de la participación de la infanta en un proyecto de vela, y que, según el juez, conviene aclarar si no se ha extendido a otros ámbitos.

-- 11.- La declaración judicial de Diego Torres en el sentido de que todos los miembros de la Junta de Nóos, incluida la infanta, tenían el mismo conocimiento e intervención en los asuntos del Instituto. Asimismo, la aseveración de la esposa del anterior, Ana María Tejeiro --imputada desde hace meses en la causa--, de que Cristina no había sido citada 'porque es quién es'.

-- 12.- 'Difícilmente puede estructurarse' que Urdangarin actuara de espaldas a su esposa cuando la negociación (o un hito relevante de la misma) del convenio Illes Balears Forum tuvo lugar en el Palacio de Marivent, y, respecto al de Valencia Summit, haya sostenido Diego Torres que se produjo en el Palacio de la Zarzuela, aunque este dato no esté confirmado.

-- 13.- A la misma conclusión puede llegarse cuando Urdangarin facilita a tercera persona como propia una cuenta de ahorros en la que su esposa figura como autorizada, para que en ellas se actualizasen determinadas operaciones.

-- 14.- La última remesa de correos electrónicos aportados a la causa por Torres, donde Urdangarían parecía consultar con su esposa cúal de las dos versiones de una 'comunicación de Nóos' habría de enviar 'para no levantar ampollas'. 'No es descabellado pensar --expone el juez-- que una consulta en la que no se facilita una mínima información sobre su contenido fuerza a deducir que áquella ya se poseería por su destinataria'.

Tras la enumeración de los 14 motivos, el juez admite que cada uno de ellos aisladamente considerado 'carece de peso suficiente para sustentar una imputación', e incluso que, de la valoración global de los mismos, no se colige una intervención 'activa' de la infanta en la gestión cotidiana de Nóos.

Pero de esa valoración general sí que se desprenden indicios de una cooperación necesaria o complicidad con los delitos de su marido y de Diego Torres, derivado de su supuesto consentimiento al uso de su parentesco con el rey para que Nóos obtuviera un 'trato generoso' de empresas privadas y administraciones públicas que, 'en atención a ello, prescindían de los cauces y controles administrativos que eran de rigor, disfrutanto junto con su marido de los beneficios obtenidos'.

Por todo ello, cree inevitable que Cristina preste declaración y 'despeje cualquier duda' y disipe o no 'la más mínima sombra de sospecha', sin que en cualquier caso su citación 'prejuzgue' en absoluto actuaciones procesales posteriores, que irían desde el sobreseimiento a dar cauce al fiscal y las acusaciones para formular acusaciones penales. 

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