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El juez Ruz ordena bloquear una cuenta de Sanchís en Argentina

El magistrado considera que podría haber sido utilizada por Luis Bárcenas para evadir una parte de los 48 millones de euros que llegó a acumular en Suiza. Además, la AN confirma la fianza civil de 43 millones de euros para el e

EUROPA PRESS

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha ordenado bloquear una cuenta bancaria que la productora de cítricos La Moraleja, propiedad del extesorero de Alianza Popular (AP) Ángel Sanchís, tiene abierta en Argentina al considerar que podría haber sido utilizada por Luis Bárcenas para evadir una parte de los 48 millones de euros que llegó a acumular en Suiza.

A petición de la Fiscalía Anticorrupción, el instructor del 'caso Gürtel' ha ampliado la comisión rogatoria dirigida a las autoridades argentinas al objeto de que bloqueen los saldos, las inversiones financieras y otros productos como cajas fuertes que esta sociedad haya contratado en el Banco Macro, de Sarmiento (Buenos Aires).

Ruz se interesa por los movimientos bancarios efectuados por la compañía, al tiempo que solicita a las autoridades del país sudamericano que recaben toda la documentación que esté relacionada con titulares, apoderados y beneficiarios de la cuenta abierta por La Moraleja.

Ruz se interesa por los movimientos bancarios efectuados por la compañía

Pide así información sobre planes y fondos de pensiones, tarjetas bancarias, depósitos, recibos de pago, préstamos e hipotecas, declaraciones financieras o contratos, cheques usados como certificados de cobro o datos relativos a la utilización de cheques bancarios, cheques de viajes, bonos y valores adquiridos a través del banco. Reclama además todos los memorándums, notas, informaciones relativas a reuniones o conversaciones vinculadas a dichas personas o entidades, junto al extracto de movimientos y los soportes documentales.

El magistrado acuerda esta diligencia tras tener conocimiento de que Bárcenas habría procedido a realizar diferentes transferencias Suiza a países como Estados Unidos y Uruguay, incluyendo posiciones bancarias vinculadas a La Moraleja S.A. contando con la 'ayuda' de Edgar Patricio Bel, Iván Yáñez, Ángel Sanchís Herrero y Ángel Sanchís Perales.

En un auto, argumenta que parte de los fondos ocultados por el extesorero del PP se habrían reintegrado en su patrimonio. Así podría haber ocurrido en relación a la sociedad Conosur Land S.L. , perteneciente a Bárcenas y su mujer Rosalía Iglesias, en la que los 'únicos' ingresos observados son los derivados de La Moraleja por importe de 143.959 euros.

El juez argumenta que parte de los fondos ocultados se habrían reintegrado en su patrimonio

En conclusión, sostiene, los 'fondos que alimentan Conosur Land forman parte de los originariamente expatriados' desde las cuentas de Bárcenas en Suiza con destino a Estados Unidos e introducidos en España, 'solapados bajo un supuesto contrato de prestación de servicios entre aquella sociedad y La Moraleja, que previamente habría sido perceptora de fondos de las cuentas suizas' del extesorero del PP cuando se abrió la investigación en su contra.

Bárcenas habría conseguido así ocultar este dinero e introducirlo en el circuito económico legal mediante la utilización de contratos privados que 'no se justifican o no obedecerían a la realidad'.

Por otro lado, la Audiencia Nacional ha confirmado la fianza de 43,25 millones de euros en concepto de responsabilidad civil que el juez instructor, Pablo Ruz impuso al extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas en julio pasado, al entender que existen 'serios indicios' de delito en su contra. Así consta en un auto dictado por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal en el que se califica de 'absurdo e incoherente' el argumento de la defensa de Bárcenas en el sentido de que el actual no es el 'momento procesal oportuno' para establecer esta medida.

Los magistrados rechazan que los delitos fiscales de 2002 y 2003 hayan prescrito

El tribunal defiende que la ley establece la posibilidad de adoptar esta medida cuando existan 'indicios racionales de criminalidad' y la justifica con la finalidad de 'preservar los eventuales derechos de los perjudicados' en el procedimiento. En este punto, los magistrados destacan que la instrucción ha determinado la existencia, entre otros, de indicios de delitos contra el extesorero por cohecho, fraude fiscal, falsedad en documento mercantil y como cooperador necesario de otro delito fiscal que habría cometido su mujer, Rosalía Iglesias.

De igual modo, los magistrados rechazan la pretensión de que los delitos fiscales relativos a los ejercicios de 2002 y 2003 hayan prescrito y que quede sin efecto el delito fiscal atribuido en 2007, al haberse acogido Bárcenas a la amnistía fiscal. Según el auto, este último argumento 'carece de acreditación y de conformidad por parte de la Administración tributaria, por lo que su pretendida regularización fiscal del ejercicio de 2007 carece de confirmación'.

Pablo Ruz ha solicitado, además, a la Comunidad de Madrid que le remita la documentación que falta en 71 de los 317 contratos que le reclamó en mayo de 2012 referentes a adjudicaciones de las que se beneficiaron empresas relacionadas con la trama 'Gürtel' entre los años 2004 y 2006.

Los contratos habrían beneficiado a empresas relacionada con la trama 'Gürtel'

En un auto dictado este viernes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 reclama 'toda la documentación que obre en su poder' referida a la adjudicación y facturación a empresas del presunto cabecilla de la 'Gürtel', Francisco Correa, el Grupo Rafael y otras cinco sociedades investigadas en el procedimento.

Entre los actos sobre los que falta documentación se encuentran la colocación de la primera piedra de una decena de hospitales, la presentación de la Vuelta Ciclista a España de 2006 o la Cumbre Internacional de Terrorismo celebrada en la capital en marzo de 2005.

El instructor del 'caso Gürtel', que adopta esta resolución a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, recuerda que en el caso de que 'no se disponga de alguna factura relativa a dichos actos ni exista constancia de que se haya efectuado alguna orden de pago de las correspondientes facturas, se debería remitir certificación negativa'.

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