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Acuerdan la puesta en libertad del alcalde de Librilla, el concejal y otros dos imputados por corrupción urbanística

EFE

El Juzgado de Instrucción número 6 de Murcia, que investiga la supuesta trama de corrupción urbanística de Librilla, acordó hoy la puesta en libertad del alcalde, José Martínez; del concejal de Urbanismo, Pedro Martínez y de otras dos personas que se encontraban en prisión por estos hechos.

Los otros dos imputados para los que se acuerda igualmente la excarcelación son el funcionario de la Comunidad Autónoma en excedencia José Luis Cano y el responsable de la sociedad municipal "Iniciativas para el Desarrollo de Librilla", José Andrés Cortés.

Los cuatro, añade la resolución del juez, pasan de la situación de prisión provisional a la de libertad provisional, con la obligación de comparecer ante el Juzgado "todos los viernes de cada semana y cuantas veces fueren llamados".

Igualmente se les prohíbe la salida del territorio nacional y se les retira el pasaporte, que quedará custodiado en el propio Juzgado de Instrucción, cuyo titular es Andrés Carrillo.

Carrillo señala en el auto que la puesta en libertad de los cuatro imputados "no es, desde luego -y a entender de este instructor-, que contra ellos no existan claros elementos indiciarios de su comisión de delitos de cohecho, negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos, prevaricación administrativa, falsedad documental y blanqueo de capitales".

Acto seguido, el juez señala que "en este momento de las actuaciones, y por el criterio restrictivo que la Ley de Enjuiciamiento Criminal impone a la hora de acordar la prisión preventiva, esta no debe mantenerse por mas tiempo".

Añade la resolución judicial que para decidir este cambio de situación se ha tenido en cuenta que los cuatro imputados "no presentan riesgo de fuga alguno, tienen domicilio conocido, arraigo económico y familiar en esta zona de España, sin vinculaciones aparentes con el exterior, ni posibilidades reales que se entiendan suficientes de sustraerse a la acción de los tribunales españoles".

Considera que tampoco existe peligro de que los encausados "puedan alterar o sustraer medios de prueba o que se puedan confabular los unos con los otros en empobrecimiento de las declaraciones que ellos mismos u otros imputados o testigos puedan prestar en la causa".

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