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Afectados por las preferentes denuncian ante la UE el acuerdo del rescate a la banca española

Una asociación asegura que algunas de las condiciones dictadas por Bruselas para el salvavidas financiero 'parten de premisas patentemente erróneas'

EUROPA PRESS

La asociación de afectados por la tenencia de acciones o participaciones preferentes Activa Preferentes ha presentado una demanda ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de Luxemburgo contra el Consejo de Europa por entender que algunas de las condiciones del Memorándum de Entendimiento (MOU), es decir, el acuerdo al que se llegó para obtener el rescate de la banca, constituyen 'una grave violación del principio de protección a los inversores'.

Según informó a Europa Press el letrado de la asociación, Juan Manuel Moreno, el recurso se interpone al considerar la asociación que algunas de las condiciones dictadas por Bruselas para reforzar la estabilidad financiera en España 'parten de premisas patentemente erróneas, pues prescinden de datos esenciales, como el caso de las preferentes en España y la falta de supervisión por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)'.

Además, Activa Preferentes considera que el MOU 'desprecia la utilidad de la información que se hurtó a miles de familias españolas y falta al respeto al ahorro popular al consagrar y violar al mismo tiempo el principio de protección para inversores, ya que intenta exonerar al Estado por los daños causados debido al pésimo funcionamiento de los servicios destinados a proteger al inversor popular'.

La organización denuncia también que el estudio de impacto que inspiró la decisión del Consejo, 'más que aclarar las cuestiones, las oscurece, pues se desentiende de la compleja naturaleza jurídica y financiera de las preferentes y de lo ocurrido en España, donde fueron emitidas para su comercialización masiva entre depositantes ante la pasividad de la CNMV y del Banco de España'.

Por ello, el Activa Preferentes pide al Tribunal de Luxemburgo que anule la decisión de la UE y que declare 'sin valor ni efecto alguno' las condiciones 14,15,16,17,18,19 y 20 del MOU, 'condenando al Consejo Europeo al pago de las costas causadas por la asociación demandante'. Moreno ha aclarado que, en caso de que el Tribunal de la UE falle a favor de la asociación, 'la ayuda para el sector financiero español llegaría igualmente, pues esta demanda no va a entorpecer ese proceso que ya se ha iniciado'.

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