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Sin armas para recuperar el botín de los corruptos

La limitación de medios policiales y la opacidad jurídica de las sociedades pantalla hace casi imposible recuperar el dinero. En muchos casos, los beneficios superan el coste aún después de ser descubiertos

FERNANDO VARELA

Del dinero, ni rastro. La experiencia judicial de los últimos años en materia de fraude económico y corrupción política corrobora que 'en este país existen grandes incentivos para el comportamiento corrupto', como afirma la socióloga Gloria Martínez Cousinou. La limitación de medios a disposición de las fuerzas de seguridad, de los tribunales y de las autoridades anticorrupción, unida a la creación de nuevos instrumentos opacos para ocultar las ganancias ilícitas al calor de la globalización económica hacen que resulte muy difícil recuperar el dinero robado.

'Esos incentivos', explica Martínez Cousinou, autora de un estudio sobre El fracaso de la reforma de la Ley de Financiación de Partidos Políticos en España, 'los genera el propio sistema. De nada sirve que se creen mecanismos de control de la corrupción si luego no existe un verdadero enforcement, esto es, una verdadera aplicación de los mismos'. O si, después de poner en marcha todo un proceso de investigación (con todo el coste que ello genera también para las arcas del Estado), 'el castigo que resulte una vez dictada la sentencia sea tan leve, y tan fácil de eludir por parte del sujeto corrupto, que a este le haya merecido la pena hacer lo que hizo'.

Y es aquí, subraya, donde está la raíz de la cuestión: 'En España, en determinados ámbitos de la política, el hipotético beneficio que podría obtener un sujeto por involucrarse en un acto corrupto supera en muchos casos el coste (en términos de dinero, reputación o privación de libertad) que le generaría ser descubierto'.

Víctor Lapuente, profesor de Ciencia Política de la Universidad de Gotemburgo (Suecia), está de acuerdo en la importancia del castigo. Es llamativo, recuerda, que en otros países haya sentencias ejemplares en los delitos de cuello blanco mientras en España ocurre todo lo contrario: los condenados por hechos semejantes salen de prisión en un plazo de tiempo razonablemente corto. No hay en España nada comparable judicialmente a Bernard Madoff, condenado el 29 de junio a 150 años de prisión por defraudar 68.000 millones de dólares.

Con la ley en la mano, la única propiedad de Correa es una motocicleta

No obstante, Lapuente critica la frecuencia con la que en España se recurre a 'penalizar', aplicando 'una política negativa' que trata de castigar a quien ha sido corrupto, en vez de buscar las causas institucionales. Aunque, reconoce, la tarea de jueces y policías investigando, haciendo seguimientos y llevando a cabo intervenciones telefónicas durante años 'tiene mucho mérito', esa no es 'la solución', como demuestra el hecho de que los países que cuentan con agencias especializadas en la lucha contra la corrupciónno han conseguido reducirla.

'Se detendrá a los corruptos', argumenta, 'pero no se ataja' el verdadero problema: evitar que muchas personas en diferentes administraciones tengan la tentación de aprovechar las circunstancias que les brindan las elecciones durante cuatro años. Los estudios sobre estas prácticas, explica Lapuente, muestran que su corrección pasa por el diseño de un 'contrapeso administrativo' que 'ate las manos' de los políticos. Esa es la experiencia que domina en los países escandinavos o que redujo notablemente la corrupción en las ciudades de Estados Unidos. Allí lograron reducir la corrupción sustituyendo el modelo según el cual el alcalde y su mayoría de gobierno acumula mucho poder por otro en el que las funciones ejecutivas pasan a manos de un directivo profesional nombrado por una mayoría cualificada de concejales y por un periodo de tiempo no coincidente con el ciclo electoral, reduciendo así el grado de dependencia política. Además, la continuidad en el puesto de los funcionarios públicos depende de su competencia o mérito y no de su lealtad política.

El caso Gürtel resulta paradigmático de los males que implica el modelo contrario. El principal imputado de la trama, Francisco Correa, no declara rendimientos de actividades económicas o patrimoniales desde 1999, fecha de la última información disponible sobre él en la base de datos de la Agencia Tributaria. Y aunque, según el sumario, 'parece' ser propietario de un total de 30 sociedades, algunas de ellas domiciliadas en paraísos fiscales o países de baja tributación, lo cierto es que no tiene nada a su nombre. Los oficios enviados por Baltasar Garzón para embargar sus bienes sólo localizaron propiedades de las que era titular su mujer. A través del Registro de Bienes Muebles de Madrid sólo fue posible embargar a Correa una motocicleta cuando, de ser ciertas las imputaciones judiciales, Correa se ha embolsado en estos años centenares de millones.

La investigación acaba diluyéndose con el paso del tiempo

Cuando un condenado no dispone de medios para hacer frente a las indemnizaciones o a la devolución del dinero fijadas mediante sentencia, son muy pocas las cosas que los tribunales pueden hacer. Una fórmula habitual, pero de eficacia limitada, consiste en embargar el sueldo si, al salir de prisión, se reincorpora al mercado laboral, dejándole simplemente el salario mínimo interprofesional. En la práctica, las dificultades para hacer un seguimiento exhaustivo de los condenados por corrupción o fraude complican enormemente la recuperación del dinero. La realidad, reconocen las mismas fuentes, es que la investigación se diluye con el paso de tiempo.

Antonio García, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, sostiene que el único modo de seguir eficazmente el rastro del dinero es 'perfeccionar' los medios con que cuenta la Policía, y recuerda que el Constitucional ha alertado del riesgo que supone 'la pérdida de fuelle' a la hora de hacer efectiva la tutela judicial, también en lo que afecta a la recuperación del dinero robado.

Cuando actúa en estos casos, explica García, un juzgado se dirige 'a lo que puede: registros de la propiedad, registros mercantiles y entidades bancarias'. Y con los medios que tiene a su disposición, que no siempre son suficientes.

Las sociedades offshore están diseñadas para ser opacas

Ahí es donde entran los nuevos instrumentos financieros a los que recurren los profesionales del fraude y de la corrupción para poner el dinero fuera del alcance de los tribunales. Manuel Villoria, catedrático de Ciencia Política de la Universidad Rey Juan Carlos, recuerda que el dinero viaja por el mundo a toda velocidad. De hecho, subraya, 'los capitales se mueven mucho mejor que las personas'. En su opinión, 'mientras sigan existiendo paraísos fiscales, la posibilidad de generar trust [contratos privados por los cuales una persona transfiere un bien o derecho a otra de su confianza, con el fin de que lo controle y administre en beneficio de terceras personas] y esconder el dinero es muy amplia'. Para colmo, cuando se conoce dónde está el dinero, 'la actuación judicial es muy lenta. Las comisiones rogatorias llevan su tiempo y cuando el juez local toma una decisión, el dinero ya ha volado'.

No es extraño que el propio Garzón haya reconocido en un auto que 'la falta de transparencia fiscal o cooperación [de los paraísos fiscales] impide, gracias a las técnicas de ingeniería financiera, alcanzar los fondos desplazados'. Antonio Pedreira, el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que instruye la rama madrileña del caso Gürtel, ha librado en los últimos cuatro meses un total de 15 comisiones rogatorias con peticiones de ayuda judicial internacional a cinco paísespara localizar y tratar de recuperar el capital evadido por la trama de empresas de Correa.

Algunas voces proponen como solución invertir la carga de la prueba

La tarea, sin embargo, no puede ser más difícil. Las sociedades pantalla, también conocidas como sociedades offshore, están diseñadas para ser totalmente opacas y por eso resultan mucho más útiles para ocultar a sus propietarios que los testaferros tradicionales, con los que siempre existe el riesgode que cedan a la presión judicial y declaren lo que saben.

Los paraísos fiscales autorizan la constitución de sociedades pantalla en sus territorios bajo estrictas reglas de confidencialidad, que impiden conocer la identidad de sus accionistas y directivos. Como explica la fiscal argentina Alejandra Gils, 'en la mayoría de los casos el nombre de los fundadores, socios y administradores no figura en ningún registro. Su sustrato material a menudo no pasa de un buzón de correos'. Crear una sociedad así es sencillo, no demasiado caro y resulta esencial para quienes quieren burlar la ley en caso de quiebra empresarial, persecución judicial, herencias y hasta divorcios.

En la práctica, subraya Gils, gozan de 'patente de corso' para eludir la legalidad y dejar a las víctimas, ciudadanos particulares o sociedad en general, en un absoluto estado de indefensión. Por eso, propone, la Justicia debería entender esta clase de conflictos atendiendo a un criterio de 'inversión de la carga de la prueba', de forma que quien elija radicar una sociedad en un paraíso fiscal 'para prevalerse de su régimen de opacidad' deba probar 'la legitimidad de su actuación, la identidad de sus titulares y el origen de los fondos'. Sólo así, remacha, será posible 'desestructurar este sistema corporativo de impunidad'.

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