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La Audiencia condena a cinco años de prisión al ex director general del Territorio de Andratx

EFE

La Audiencia de Baleares ha condenado a cinco años de prisión por delitos de falsedad y prevaricación urbanística al ex director de Ordenación del Territorio de Baleares, Jaume Massot, y siete años de inhabilitación para cargo público al ex alcalde popular de Andratx Eugenio Hidalgo por prevaricación.

La sentencia corresponde al juicio celebrado en la Sala Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares, entre el 27 y el 30 de octubre, de la segunda pieza de las 68 que componen el llamado "caso Andratx", por la construcción de un restaurante en una zona protegida por parte del hermano del ex alcalde, Juan Carlos Hidalgo.

La Audiencia ha condenado a Juan Carlos Hidalgo a un año y seis meses de prisión por falsedad en documento oficial, así como a otros tres meses de cárcel por prevaricación urbanística, pena que puede ser sustituida por una multa de 3.600 euros.

Massot, director general de Ordenación del Territorio en la pasada legislatura, ha sido condenado también a 8 años de inhabilitación para empleo o cargo público por los delitos anteriormente citados y deberá pagar una multa de 12.000 euros.

Eugenio Hidalgo ha sido absuelto de los delitos de falsedad en documento oficial y prevaricación y el hermano del ex alcalde del delito contra la ordenación del territorio.

Además, los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia han sentenciado a Massot y a Juan Carlos Hidalgo a pagar las dos octavas partes de las costas del proceso, y a Eugenio Hidalgo a una octava parte, y han declarado de oficio las cinco partes restantes.

La pena es inferior a la petición de la Fiscalía Anticorrupción de siete años de prisión para Eugenio Hidalgo y Massot, y cinco años y medio para Juan Carlos Hidalgo.

En concreto, el Ministerio Público había pedido cinco años para Massot y el ex alcalde por el delito de falsedad, y dos años para ambos por prevaricación urbanística. En el caso de Juan Carlos Hidalgo pedía tres años y seis meses por los delitos de falsedad y prevaricación, respectivamente, y dos por el delito contra la ordenación territorial.

La sentencia considera probado que a Juan Carlos Hidalgo "le constaba fehacientemente la calificación de suelo rústico y su categoría de protegido" como Área Natural de Especial Interés (ANEI), pero aún así procedió "a efectuar las obras, construcciones y reformas necesarias para cambiar el uso de la vivienda existente y convertirla en un restaurante".

El auto señala que Juan Carlos Hidalgo y su hermano, entonces concejal de Urbanismo, convencieron a Jaume Massot, que era Jefe del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Andratx, "para que realizase cuantos actos administrativos fueran necesarios o convenientes, aunque fuesen ilegales, para obtener dicho fin".

La sentencia considera probado que Massot emitió certificaciones así como licencias de obras y de actividad, para hacer posible la construcción del restaurante, sabiendo que se encontraba en un área protegida; y que posteriormente evitó una multa del Consell de Mallorca, alegando que el Ayuntamiento ya tramitaba un expediente sancionador por esa edificación y legalizó la obra.

El proceso judicial comenzó el 5 de noviembre de 2007, por la denuncia presentada por la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ante el juzgado de instrucción número 12 de Palma, contra Eugenio Hidalgo, Jaume Massot y Juan Carlos Hidalgo.

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