Público
Público

La Audiencia Nacional retira del proceso de Egunkaria a Alegría y a Zubiria

EFE

La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido hoy juzgar a cinco de los siete directivos del periódico vasco Egunkaria procesados por el juez Juan del Olmo por integración en ETA, al retirar del procedimiento a Xabier Alegría y a Pedro Zubiria.

La Sala dictó en 2007 la apertura de juicio oral para estos siete directivos de Egunkaria en contra del criterio de la Fiscalía, que no apreció indicios suficientes para vincular a este diario con el entorno de ETA, por lo que en este proceso sólo acusan la asociación Dignidad y Justicia y la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT).

Sin embargo ahora el tribunal, presidido por Javier Gómez Bermúdez, cree que debe archivarse la causa en lo que respecta a dos de ellos: el ex dirigente de KAS Xabier Alegría, por estar condenado en el sumario 18/98 por el delito por el que se le pide juzgar, y Pedro Zubiria, por haber prescrito el delito del que se le acusa al dejar de trabajar en Egunkaria en 1991.

De este modo, lo cinco acusados que finalmente van a ser juzgados por estos hechos son los responsables del periódico Marcelo Otamendi -último director del periódico-, Ignacio María Uria Manterola, Javier Oleaga, Juan María Torrealdai y José María Auzmendi.

El tribunal adopta esta decisión en un auto en el que estima los recursos planteados por Alegría y Zubiria y rechaza los de los otros cinco, para los que confirma la apertura de juicio oral.

La Fiscalía pidió en diciembre de 2006 el archivo del proceso al no poderse acreditar "ni que el periódico sea fuente de financiación de ETA, ni que sea instrumento de blanqueo de capitales ilícitos procedentes de la banda".

Por contra, la AVT y Dignidad y Justicia defienden que hay elementos que acreditan la conexión del periódico y ETA.

Esta situación llevó a la defensa de los procesados volvía a plantear a la Sala que revocara la apertura de juicio oral "por haberse aperturado sólo a instancia de las acusaciones populares".

A este respecto, el tribunal menciona la doctrina del Tribunal Supremo en los llamados "caso Botín" y "Atutxa" en los que la Fiscalía no formuló acusación.

Cree que la imputación del delito de pertenencia a banda armada "implica que se sigue el procedimiento por un tipo penal de peligro o riesgo abstracto", sin que "quepa duda del interés legítimo de las asociaciones personadas como acusaciones populares en sostener la acción penal".

"Egunkaria" fue clausurado en 2003, y el 4 de noviembre de 2004 el juez Juan del Olmo, titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, procesó a los siete directivos del periódico por formar parte, en calidad de fundadores y promotores, "de una asociación ilícita subordinada a ETA".

En otra pieza separada de este sumario principal, el juzgado central de instrucción número 6, del que era titular Juan del Olmo, ha investigado las irregularidades en las cuentas de las sociedades mercantiles creadas alrededor del diario Egunkaria, clausurado en febrero de 2003.

Sobre estos hechos, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional tiene pendiente decidir si dicta auto de apertura de juicio oral para los ocho procesados en esta causa por falseamiento de la contabilidad de los registros fiscales desde 1998 a 2001 y de las condiciones para la concesión de subvenciones públicas y por defraudar el IVA en 2000 y 2001.

En este caso, tanto la Fiscalía como la asociación Dignidad y Justicia ejercen la acusación en esta causa y piden para los ocho procesados penas de entre 13 y 26 años de cárcel y multas de entre 21 y 33 millones de euros.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias