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Bruselas denuncia a España por la opacidad en las transferencias bancarias

La norma comunitaria obliga a la identificación del emisor del dinero para luchar contra actividades delictivas, como el terrorismo

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La Comisión Europea (CE) ha decidido denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por no establecer sanciones contundentes contra la extendida práctica de no identificar convenientemente al emisor de una transferencia bancaria.

En 2006, la CE reglamentó la obligación de identificarse a la hora de realizar una transferencia de fondos, con la finalidad de perseguir eficazmente las fuentes de financiación de mafias delictivas y, muy especialmente, para controlar la financiación de grupos terroristas.

La CE entiende que España no está cumpliendo con 'la obligación' de establecer en su legislación nacional unas 'sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias', algo muy sorprendente en el único país de la UE que aún sufre a una banda terrorista en su territorio.

Para garantizar que se puedan rastrear las transferencias de fondos, el reglamento impone la obligación de que se acompañen datos de la identidad del ordenante como nombre y apellidos, dirección y número de cuenta. Estos datos podrán ponerse inmediatamente a disposición de las autoridades policiales para ayudarlas a identificar las actividades criminales y a determinar el origen de sus activos.

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