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Competencia no cree "acreditado" que Telefonica, Vodafone y Orange concertaran precios

Modificaron sus tarifas para móviles en 2007 en respuesta a la ley que prohibió el redondeo

EFE

El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) considera que 'no ha resultado acreditado' que existiera concertación entre Telefónica Móviles, Vodafone España y France Telecom España (Orange) cuando modificaron sus tarifas para móviles en 2007 en respuesta a la ley que prohibió el redondeo.

La resolución del Consejo de la CNC, que culmina el expediente abierto a las tres operadoras, señala que 'no se puede concluir que los hechos observados sean consecuencia de una colusión o acuerdo entre competidores', según informó este lunes este organismo.

Aunque la Dirección de Investigación de la CNC entendía que había existido concertación, el Consejo del organismo ha concluido que esa supuesta práctica no se ha podido demostrar.

En marzo de 2007, tras la entrada en vigor a finales de 2006 de la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios, que prohibió el redondeo, las tres operadoras aplicaron la facturación por segundos pero aumentaron el coste de establecimiento de llamada.

La Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU) ha denunciado hoy ante la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) que las principales operadoras de telefonía móvil coinciden en sus tarifas de envío de SMS y de establecimiento de llamadas.

Según la organización Movistar, Vodafone y Orange, desarrollan una 'conducta colusoria' (pacto ilícito en daño de tercero), consistente 'en la fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio'.

'En la práctica totalidad de operadores se fija, de modo coinciente, un importe de 15 céntimos por establecimiento de llamada, a excepción de Carrefour Móvil y Eroski Móvil que presentan una cuota de establecimiento de llamada de 12 céntimos', ha indicado la CEACCU.

En el envío de SMS sucede otro tanto 'sin que existan razones objetivas o de corte económico que justifique la absoluta coincidencia tarifaria en 15 céntimos', sobre todo, según esta asociación, cuando la limitación impuesta a nivel comunitario establece un importe máximo en itinerancia de 11 céntimos por mensaje.

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