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Condena a Telecinco por confundir la foto de un etarra

Condena a la cadena a pagar 70.000 euros a Iñigo Albisu por una intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante

PEDRO ÁGUEDA

Una investigación de la Guardia Civil permitió detener el 27 de abril de 2007 a los tres presuntos miembros de un comando en la reserva de ETA que se escondía en Sheffield, al norte de Reino Unido. Al mediodía, Telecinco abría su informativo con la noticia y ofrecía la fotografía de los tres presuntos terroristas, uno de ellos Iñigo Albizu, al que llamaba Iñigo Albisu. El error al confundir una letra del apellido dio pie a otro mayor: mostrar la fotografía de una persona que nada tenía que ver con ETA. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que en su día dictó la Audiencia Provincial de Gipuzkoa y ha condenado a la cadena a pagar 70.000 euros a Iñigo Albisu por una intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante.

El fallo, del que ha sido ponente el presidente de la Sala Primera del Tribunal Supremo, José Antonio Xiol Ríos, desestima los argumentos de los abogados de Telecinco, que apelaron a la relevancia de la noticia y la inmediatez de la que requería. Los informativos de la cadena buscaron a Iñigo Albisu en internet, encontraron la fotografía y la difundieron. En el momento de hacerlo, afirman, la Guardia Civil no había suministrado aún las fotos de los arrestados y en cualquier caso, rectificaron inmediatamente a iniciativa propia. A los 70.000 euros, Telecinco debe unir el pago de las costas, según el fallo del Alto Tribunal. La sentencia enfrenta la libertad de información con el derecho al honor y opta por el segundo, en razón de la gravedad de los hechos que se imputaban al demandante.

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