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Estrasburgo otorga la pensión a la viuda que se casó por el rito gitano

El Tribunal reconoce los 29 años que vivió con su marido y condena a España a pagar 70.000 euros

DANIEL BASTEIRO

Tras nueve años de litigio con la Justicia española a todos los niveles, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció ayer a María Luisa Muñoz, conocida como La Nena, el derecho a percibir una pensión de viudedad. El tribunal de Estrasburgo legitima así su boda gitana y acusa a España de discriminarla tras haber reconocido, indirectamente, la validez del enlace durante los 29 años que duró. El Estado tendrá ahora que compensar a la mujer con 70.000 euros, además de otros 5.400 por los costes y gastos del proceso.

'María Luisa está muy contenta, porque ha conseguido una victoria como mujer y como gitana', aseguró ayer a Público Sara Giménez, responsable del área de Igualdad de Trato de la Fundación Secretariado Gitano. 'Queda claro que quienes me denegaron el derecho a la prestación no tenían razón y que lo que yo pedía estaba dentro de la Ley', manifestó ayer La Nena a EP.

El tribunal considera probado que Muñoz fue discriminada por ser gitana, algo contrario a la Convención Europea de Derechos Humanos, que España ha suscrito. En concreto, la sentencia argumenta que el Estado español ha vulnerado el artículo 14 de dicha Convención, que habla de la 'prohibición de discriminación' por razones, entre otros motivos, 'de sexo, raza, color, lengua, religión [...] pertenencia a una minoría nacional, fortuna, nacimiento o cualquier otra situación'.

Para los jueces de Estrasburgo, es inaceptable que la Administración se negase a conceder la pensión a Muñoz en vez de seguir 'la jurisprudencia que ha reconocido el derecho a una pensión' de otras uniones 'no inscritas en el Registro Civil mientras las partes creyeran en la existencia del matrimonio'.

Mariano, el marido de María Luisa Muñoz, falleció en diciembre de 2000. Se casaron en 1971 por el rito gitano, cuando La Nena tenía 15 años. Su marido cotizó a la Seguridad Social, con ella a su cargo durante 19 años, y ambos recibieron de la Administración un Libro de Familia y un título de familia numerosa, donde figuraron los seis hijos de la pareja.

El Estado tendrá ahora que compensar a la mujer con 70.000 euros

El Estado negó que la boda tuviera validez legal porque no estaba inscrita en el Registro Civil. Por este motivo, la Administración negó a Muñoz la posibilidad de percibir su pensión. También en este punto Estrasburgo desautoriza a España.

La Nena recibe una pensión de viudedad desde 2007, cuando se acogió al cambio en la Ley de la Seguridad Social que pasó a reconocer los derechos de las parejas de hecho a la hora de cobrar la prestación. La sentencia otorgará a su prestación un carácter retroactivo, informa Belén Carreño.

'Discriminar a los gitanos ya no es gratis', reivindicó Giménez, también gitana, quien confía en que la sentencia siente jurisprudencia para los aproximadamente 12 millones de ciudadanos de etnia romaní en Europa.

El tribunal recuerda que en la España de la dictadura franquista, en la que Muñoz se casó, 'no era posible, salvo declaración previa de apostasía, casarse de otra manera que no fuera conforme a los ritos' de la Iglesia católica. El dictamen incide en el fuerte arraigo desde hace siglos de la comunidad gitana, a menudo católica, pero con ritos matrimoniales propios.

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