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Sin finiquito para los directivos de banca expedientados

También se introducen límites a las indemnizaciones por cese en entidades con ayudas

A. M. V. / AGENCIAS

El real decreto de medidas urgentes para la reforma laboral que ayer aprobó el Consejo de Ministros incluye dos novedades que afectan a las indemnizaciones de los directivos del sector financiero. Por un lado, aquellos que hayan sido apartados de su cargo mediante un expediente disciplinario, se quedarán sin derecho a percibir indemnización alguna, según anunció ayer la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. 'Su cese será considerado como un despido disciplinario', por lo que 'no tendrán derecho al cobro de indemnización de ningún tipo', insistió la vicepresidenta.

Por otro lado, las indemnizaciones por cese de actividad en las entidades intervenidas por el Estado o que hayan recibido ayudas públicas no podrán superar la menor de las siguientes cuantías: dos años de remuneración fija o dos veces las bases máximas resultantes del decreto de saneamiento del sector financiero aprobado hace una semana.

Esos límites son de 300.000 euros anuales para los directivos de entidades intervenidas (en ese grupo estarían la CAM, Novagalicia, CatalunyaCaixa y Unnim) y, en el caso de las que han recibido ayudas del Fondo para la Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), el tope es de 600.000 euros al año. En este segundo grupo de entidades están Bankia; la unión de Caja Duero-España y Unicaja; la de BBK, Cajasur, Vital y Kutxa; Banca Cívica y BMN.

La portavoz gubernamental indicó que la medida se ha adoptado siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea. Sáenz de Santamaría explicó que el Gobierno ha llevado a cabo 'una reforma de verdad' del sistema financiero, que se ha saneado en busca de la 'fortaleza y solvencia tanto de las entidades financieras como del Estado'.

A la espera de conocer los detalles de la reforma hoy, cuando se publique el decreto en el BOE , fuentes del Ministerio de Empleo señalaron que la normativa pretende poner coto a las prejubilaciones millonarias en entidades intervenidas o que hayan recibido ayudas del Estado.

El Gobierno no aclaró si el cambio será retroactivo, como ayer reclamó el Sindicato Independiente de Cajas de Ahorros y Afines (CSICA), que celebró la devolución de las indemnizaciones percibidas por directivos sancionados: 'Se han utilizado fondos del FROB para pagar cuantías millonarias a decenas de directivos que han arruinado a las entidades', lamentó CSICA en un comunicado.

El cambio legal no afectará a aquellos bancos y cajas que no hayan tenido que recurrir al FROB. La mayor cuantía de la historia de España la entregó, precisamente, un banco: los 108 millones de euros que se llevó en 2002 Ángel Corcóstegui, en concepto de jubilación, del entonces Banco Santander Central Hispano (BSCH), con 50 años y tras apenas tres como consejero delegado.

Por otro lado, en lo que se refiere a los directivos de empresas públicas que cesen en su actividad, la reforma también limitará la indemnización a siete días por año trabajado, con un límite máximo de seis mensualidades.

En todo caso, si ese directivo tenía una relación previa con la Administración, si es funcionario o cuenta con reserva de puesto, 'no tendrá derecho a ninguna indemnización por cuanto vuelve a su actividad habitual', dijo Sáenz de Santamaría. La medida busca 'redimensionar' el sector público empresarial y dar un trato legal adecuado a los ceses de los directivos contratados por empresas públicas.

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