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Las fotos de presos en los bares, en el límite entre el delito y la información

¿Hasta qué punto estas intervenciones judiciales en el ámbito privado se ajustan a la legalidad española?

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El Congreso de los Diputados aprobó en 2000 la reforma del Código Penal que tipificó el enaltecimiento del terrorismo como delito. Desde entonces, las consignas, gritos, pancartas y demás manifestaciones a favor de la violencia de ETA o en homenaje a los presos de la banda han sido duramente castigados por los tribunales con la cárcel.

Expertos en derecho creen que puede vulnerarse la Ley de Víctimas

Con esa reforma como pretexto, la Consejería de Interior del nuevo Gobierno vasco ha emprendido una campaña contra los símbolos del entorno radical, y se ha propuesto erradicar las pancartas y los lemas a favor de ETA de las calles de Euskadi. Las fotos de los presos de la banda, decoración habitual de los pueblos y ciudades vascas, también han sido retiradas por las autoridades de las plazas y paredes de Euskadi y Navarra.

La semana pasada, la Audiencia Nacional trasladó la campaña anti-símbolos del abertzalismo radical al ámbito de lo privado y, en concreto, al de las herriko tabernas (tabernas del pueblo). La Guardia Civil entró en los bares Ezpala y Zurgai de Pamplona y obligó a sus responsables a que retiraran las fotos de presos de ambos locales, advirtiéndoles de que su exhibición podría constituir un delito de enaltecimiento del terrorismo. Ante la negativa de los encargados a ocultar las imágenes, el juez de la Audiencia Eloy Velasco decidió citarlos a declarar como imputados. El jueves en Getaria (Gipuzkoa), los responsables de la herriko taberna también fueron obligados a retirar fotografías de su local, si bien éstos no opusieron resistencia.

Recuerdan que las herriko tabernas son espacios públicos

Público ha consultado con expertos en Derecho Constitucional hasta qué punto estas intervenciones judiciales en el ámbito privado se ajustan a la legalidad española, así como si la colocación de fotos de presos etarras en establecimientos vascos y navarros entra dentro de la libertad de expresión, o supone un acto de enaltecimiento del terrorismo y, en consecuencia, una ofensa para las víctimas de ETA.

'Las herriko tabernas no son lugares privados porque son de uso público y, por lo tanto, es susceptible la intervención administrativa, siempre que se haga con una autorización judicial', destacó José Luis del Hierro, profesor de Ciencias Jurídicas de la Universidad Complutense de Madrid.

Esta opinión sobre la 'utilidad pública' de los bares es defendida,además, por todos los expertos consultados por este diario. Yolanda Gómez, catedrática de Constitucional de la UNED reitera que 'un bar es un lugar público, y con la entrada de la Policía no se hace una vulneración de la propiedad privada'.

Sobre la retirada de imágenes de presos etarras exhibidas en los mencionados locales los constitucionalistas introducen, en cambio, ciertos matices. Hay quienes, como Gómez, piensan que 'si las fotos están expuestas en lugares visibles, es constitucional que las autoridades las retiren'. Javier Roca, catedrático de la Complutense asegura tajante que 'lo que el Tribunal de Derechos Humanos de la Unión Europea denomina el discurso del odio debe estar prohibido porque no se corresponde con la libertad de expresión'. Dentro de este discurso Roca incluye el 'homenaje a terroristas' a través de la exposición de sus fotos.

Pero, Antonio Torres del Moral, catedrático de la UNED, incide en la necesidad de 'establecer el límite entre información y valoración'. 'Si las fotografías son únicamente de caras de presos', explica, 'podría entenderse que es información y que su exhibición no esté sujeta a una limitación'. No obstante, en su opinión, 'si las imágenes se acompañan con mensajes de valoración de la política penitenciaria gubernamental o de ensaltación de las acciones de esos presos sí que podría incurrise en un delito'.

El constitucionalista de la Universidad de Valladolid Juan María Bilbao, señala que 'desde el punto de vista penal, se debería establecer qué es y no es enaltecimiento'. 'La foto en sí misma no es un delito', apunta. Bilbao resalta que los responsables sí podrían incurrir en un 'delito administrativo', ya que 'podrían vulnerar la Ley de Víctimas del terrorismo'. Según la norma, las autoridades deben velar porque en sus territorios no haya elementos que puedan ofender a los familiares de las personas víctimas de atentados.

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