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A Haidar, por la fuerza

GONZALO BOYE TUSET (abogado)

La situación creada con la llegada a España de Aminatou Haidar parece haber desbordado la maltrecha capacidad negociadora de Moratinos. El progresivo deterioro de la salud de la activista está haciendo que el Gobierno se adentre en un vericueto legal para intentar evitar su muerte que no solucionar el problema, recurriendo a quien últimamente viene sacándole todas las castañas del fuego: el Poder Judicial.

Recordamos que los estados tienen un triste récord a la hora de encajar estas formas de lucha no violenta. Basta recordar cómo Gandhi, con otra huelga de hambre, puso en jaque al imperio británico. Y el caso de Haidar no parece ser una excepción, a la vista del errático comportamiento del Ejecutivo.

Como sucede con demasiada frecuencia en España, una vez más nos encontramos ante un conflicto político que es judicializado para alcanzar un objetivo que también es político. En este caso, se recurre a los Jueces para impedir que Haidar muera en su lucha y así evitar las nefastas consecuencias políticas que esa 'foto' tendría en un momento tan delicado para el Gobierno.

Por ello, la visita a Haidar tanto del juez como de la médico forense no son inocuas y apuntan a una decisión política: obtener una autorización judicial para alimentarla forzosamente. Esta medida, cuando se adopte porque se adoptará, sólo servirá para evitar su fallecimiento, pero no para restablecerla, ni médica ni civilmente. Es decir, vivirá, pero ella seguirá en huelga de hambre, y también en la condición de apátrida a la que la ha condenado Marruecos. En base a la sentencia 120/1990 del Tribunal Constitucional por la huelga de hambre de varios miembros de los GRAPO, el Gobierno tiene claro que la vía para impedir la muerte de Haidar pasa por la obtención de una orden judicial para su alimentación forzosa.

El TC tiene dicho, de forma consolidada, que la alimentación médica obligatoria no vulnera el derecho a la integridad física ni moral, como tampoco representa una restricción a la libertad física, porque viene justificada por la necesidad de preservar la vida humana. Es decir, que en un conflicto de derechos, el derecho a la vida prevalece sobre cualquier otro. Con Haidar no se dudará en aplicar tal criterio que, en todo caso, deberá ser reinterpretado para adaptarlo al supuesto de una persona que no se encuentra en prisión y que, por tanto, no mantiene una 'relación de especial sujeción con el Estado'.

Los razonamientos del Constitucional pueden o no compartirse, más aún cuando lo que ella hace no es más que agredir su propio cuerpo luchando de forma no violenta para intentar solucionar un conflicto, el saharaui, que todos quieren olvidar. Según el TC, el Gobierno podrá, 'en peligro inminente de muerte', proceder por los medios coercitivos necesarios a alimentarla salvando su vida, pero no podrá impedir que mientras el cuerpo de Haidar se difumina, su imagen se agigante demostrando que la lucha no violenta es la vía que los Estados no logran digerir.

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