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Un juez considera que la protección al derecho a la información "debe matizarse" en Internet

Una sentencia que condena a dos periodistas considera que Internet no es un medio de comunicación social en sentido estricto

PUBLICO.ES / AGENCIAS

El juez titular del Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid, Ricardo Rodríguez Fernández considera que la protección al derecho a la información debe matizarse en Internet.

En una sentencia que condena a un año y nueve meses de prisión a dos directivos de la Cadena Ser argumenta que 'la protección constitucional al derecho a la información se refiere a los medios de comunicación social -televisión radio o prensa escrita-, pero debe matizarse, que Internet, dado que no es un medio de comunicación social en sentido estricto, sino universal'.

'Internet no es  un medio de comunicación social en sentido estricto'

La Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) calificó hoy de 'auténtico disparate' esta sentencia. El portavoz de la FeSP, Agustín Yanel, declaró que la sentencia supone 'un desconocimiento de la realidad de la comunicación, al decir que Internet no es un medio como la prensa o la radio'.

Para los sindicatos de periodistas, si el magistrado entiende que estamos ante hechos noticiables pero que no se debía haber revelado los nombres de los afiliados al PP, 'tendría que haber impuesto una falta administrativa, no una condena privativa de libertad, a la que encima añade la inhabilitación para el ejercicio del periodismo'.

También el presidente de la Asociación de la Prensa de Madrid (APM), Fernando González Urbaneja, ha considerado la sentencia 'una barbaridad jurídica' y una 'extravagancia'. En su opinión, es lamentable, porque 'revela la profunda ignorancia del juez sobre los medios informativos y la sociedad abierta'.

Urbaneja considera la sentencia 'una barbaridad jurídica' y una 'extravagancia'

El juez condena al director de la cadena, Daniel Anido, y al director de Informativos de la cadena, Rodolfo Irago por 'revelación de secretos' por ordenar la publicación en la página web de la cadena de la lista de presuntos afiliados irregularmente.

El juez impone también una multa a los dos directivos -100 euros diarios durante seis meses-, así como el pago de una indemnización de 5.000 euros a cada uno de los denunciantes.

La información difundida recogía las denuncias de la ex presidenta del PP de Villaviciosa de Odón (Madrid) y sus advertencias en varias cartas al entonces secretario general del PP regional, Ricardo Romero de Tejada, de la existencia de 78 afiliaciones presuntamente irregulares, relacionadas todas ellas con dos constructores madrileños.

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