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El juez mantiene en prisión a Correa por considerar que hay riesgo de fuga y de destrucción de pruebas

El magistrado explica que la avanzada edad de sus padres y la minusvalía de un hermano no son razones suficientes para modificar la medida cautelar de prisión

EFE

El instructor del caso Gürtel en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Antonio Pedreira, ha ordenado mantener en prisión provisional al supuesto líder de la trama de corrupción vinculada a cargos del Partido Popular, Francisco Correa, al considerar que existe riesgo de fuga y de destrucción de pruebas.

Con este argumento, el magistrado desestima en un auto la petición de libertad presentada por el abogado de Correa y dispone que se mantenga la prisión provisional incondicional del imputado en los términos dictados por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, según informa el TSJM.

En el auto, Pedreira considera que la prisión provisional es la única medida cautelar que puede adoptarse en relación a Correa para asegurar la investigación y evitar la 'destrucción de evidencias'.

Al tiempo, estima que hay indicios bastantes para afirmar 'de forma contundente' que existe riesgo objetivo y real de sustracción a la Justicia por parte del imputado.

En este sentido, afirma que el riesgo de sustracción a la Justicia está avalado por el hecho de que esa posibilidad veraz de fuga fue el detonante de su detención el día 6 de febrero de 2009.

Asimismo, recuerda que, con anterioridad a su detención, Correa había empezado a cortar su arraigo en España -donde desde meses antes apenas residía-, mientras ampliaba su círculo de relaciones humanas y económicas en países como Colombia y Panamá.

El juez cree por ello que en el presente caso se cumplen 'todos y cada uno' de los requisitos exigidos por la jurisprudencia constitucional para acordar la prisión provisional.

Además, el magistrado explica que la avanzada edad de los padres de Correa y la minusvalía de un hermano, argumentadas por la defensa, tampoco son razones suficientes para modificar la medida cautelar de prisión.

El juez Pedreira entiende que, si bien se trata de una situación familiar compleja, no afecta en ningún caso a la situación procesal del imputado porque ha quedado acreditado que Francisco Correa facilitó a sus padres y hermano cuanta cobertura asistencial requirieron mientras él pasaba largos periodos de tiempo fuera de España.

Por lo tanto, el juez indica que no es el imputado quien se ocupa de la asistencia personal de dichos familiares.

Por último, el magistrado comunica en su auto que, a requerimiento del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Francisco Correa ha sido examinado por un médico internista que le ha diagnosticado un cuadro de claustrofobia que le imposibilita subir en un ascensor pero no le impide tomar un avión.

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