Público
Público

El Madrid podría despedir al luso según Convenio

El documento firmado por la LFP y la AFE dicta el despido por faltas muy graves

LADISLAO JAVIER MOÑINO

El Madrid tiene aún pendiente un asunto delicado: el castigo interno que se le impone a Pepe por su impropio comportamiento. Ya ha anunciado que habrá una multa. Pero el club ya anticipa que no tiene más margen sancionador que el que le permite el Convenio Colectivo firmado por la AFE y la LFP y que está atado de pies y manos por ese documento. 'El Madrid no puede dictar la sanción que le de la gana. Tiene que ajustarse a lo que dice el Convenio Colectivo', dice una fuente del club. Será una sanción mínima, porque el Madrid interpretará el Convenio en su normativa más blanda.

Sin embargo, según fuentes jurídicas consultadas por este periódico, por reglamento no queda que en la mano del Madrid está el poder aplicarle a Pepe una sanción ejemplar si considerara como falta muy grave sus actos: podría contemplar hasta el despido. Según el artículo 6.3 del Anexo V del Convenio Colectivo, serán consideradas faltas muy graves: 'Los graves y malos tratos de palabra o, en su caso, la agresión grave a cualesquiera personas, siempre que se trate de actos cometidos con ocasión del desempeño de la profesional'. Lo que hizo Pepe.

El punto 7.3.3. es el que recoge el despido como sanción máxima de una falta considerada muy grave. En los puntos 7.3.1 y 7.3. 2 se establecen sanciones inferiores para las faltas graves que van de una suspensión de empleo y sueldo de 11 a 30 a días, a una multa económica de 3.546, 79 euros a 8.866, 92.

El grado de la sanción se aplica según la existencia de atenuantes o agravantes. Pepe puede alegar atenuantes al pedir disculpas antes de que el club le abra expediente (lo haría el lunes). El documento firmado por la AFE y la LFP ordena que el Real Madrid deberá, en primer lugar, abrir un expediente a Pepe y nombrar un instructor que, tras valorar las alegaciones, dicte una resolución.

El Madrid, si optara por aplicar el máximo castigo, el despido, que no lo hará, podría presentar agravantes basados en la reincidencia: Pepe escupió a Enrique, jugador del Cádiz en 2007.

En el caso de que el instructor determinara que la falta es leve, la sanción puede ir de una amonestación verbal a 886 euros. Si fuera determinada grave, podría oscilar entra una suspensión de empleo y sueldo de dos a diez días, o una multa económica que va de 886, 70 euros a 3.5356, 78.

La AFE, a través de su presidente, Gerardo González Movilla, condenó la actitud de Pepe, pero no vio necesario hacerlo mediante un comunicado: 'Condenamos la violencia por definición'.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias