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La práctica desaparición de la mayor deducción fiscal

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¿Cómo queda la deducción a partir del 1 de enero?

La deducción completa, el 15% de lo aportado a la compra de vivienda hasta un límite de 9.040 euros, se la podrán aplicar los que compren una vivienda el próximo año y tengan una base imponible de 17.707 euros. Y no tendrán derecho a la deducción los que tengan una base imponible superior a 24.107 euros. Entre ambas cantidades, la deducción se va reduciendo progresivamente. Según los datos de Hacienda, el 45% de los contribuyentes que se benefician de este incentivo tienen rentas menores de 17.707 euros.

¿Qué pasa con los que ahora se deducen?

El cambio en el incentivo fiscal no afecta a los contribuyentes que en la actualidad se están aplicando la deducción por vivienda, independientemente de su nivel de renta. Igualmente, se podrán beneficiar del régimen fiscal actual los que compren su casa antes del 31 de diciembre.

¿Cómo afecta a las cuentas de ahorro vivienda?

Los titulares de una cuenta vivienda con una renta de más de 24.107 euros no podrán deducirse por las aportaciones que realicen a partir de 2011. Tampoco da derecho a deducción por compra desde enero el simple hecho de ser titular de una cuenta si se supera dicho límite de ingresos.

¿Vale la compra sobre plano para la deducción?

Sí. La normativa establece que para tener derecho se debe haber producido la adquisición de la vivienda. A estos efectos, es válida la compra sobre plano.

Y si deja una señal?

Jurídicamente, no se considera un cambio de propiedad. Un contrato de arras, por el que se deja una señal y se da un plazo para formalizar la escritura, no sirve para tener derecho a la deducción. Lo que tiene validez sin ninguna duda es la escritura y la entrega de llaves.

¿Qué pasa si un cónyuge supera el límite?

Si se presenta declaración individual, la deducción se aplica de forma separada. Esto es, que uno de los dos tenga una base imponible superior a 17.707 o a 24.107 euros no afecta a la deducción que se pueda aplicar el otro si está por debajo de tales cantidades.

¿Se puede desgravar si  se compra una casa sin vender la anterior?

Si la compra se produce antes del 31 de diciembre, se mantiene el derecho a la deducción. Pero la Ley del IRPF establece que el incentivo no se podrá practicar hasta que se haya invertido en la nueva vivienda el mismo importe por el que el contribuyente ya se desgravó en la anterior. Una regla similar se aplica en la exención por la venta de la casa anterior.

¿Qué pasa con las autonomías?

La limitación de la deducción tiene carácter general, salvo que una autonomía decida mantenerla en su territorio. Navarra y País Vasco han anunciado que lo harán.

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