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La Sala 61 del TS abre el periodo de prueba en el proceso de ilegalización de ANV y PCTV

EFE

Los magistrados de la Sala del 61 del Tribunal Supremo (TS) han acordado hoy abrir el periodo de prueba en el proceso de ilegalización de Acción Nacionalista Vasca (ANV) y del Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV), según han explicado fuentes del Alto Tribunal.

Tras reunirse durante cerca de dos horas, la Sala del 61, así denominada por ser éste el artículo de la ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que establece sus competencias, ha decidido también tener por admitidas las contestaciones de ANV y el PCTV a las demandas de ilegalización formuladas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

Además, los magistrados han acordado dar traslado al Ministerio Fiscal y a la Abogacía del Estado de dichas contestaciones en las que tanto ANV como el PCTV han propuesto diferentes pruebas, entre ellas que declaren más de treinta testigos.

La Sala Especial admitió a trámite las demandas de ilegalización contra ANV y el PCTV el pasado mes de febrero y otorgó a las formaciones demandadas un plazo de veinte días para que contestaran a las mismas.

El pasado mes de febrero el TS rechazó suspender como medida cautelar las actividades del PCTV y ANV, aunque decidió impedir que este último partido concurriera a las elecciones del pasado 9 de marzo, y acordó que ambos partidos dejaran de recibir subvenciones públicas mientras se tramita el procedimiento de ilegalización.

Una vez cumplido ese plazo, se abre el periodo probatorio, que se rige por lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Ahora tendrán que proponer prueba la Fiscalía y la Abogacía del Estado, para lo que tienen un plazo de quince días, y posteriormente la Sala tendrá que decidir qué pruebas de todas las propuestas practica en el proceso de ilegalización.

Una vez fijado el calendario de las pruebas y testimonios, el Supremo dispone de treinta días para practicarlas.

Según establece la Ley de Partidos, las partes podrán formular entonces nuevas alegaciones sobre esas pruebas en plazos sucesivos de veinte días, transcurridos los cuales el proceso quedará concluso para sentencia.

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