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Los salarios y los turnos se decidirán en cada acuerdo de empresa

El Ejecutivo propone que los convenios sigan vigentes aunque caduquen

BELÉN CARREÑO

El equipo de Valeriano Gómez, ministro de Trabajo, presentó ayer su propuesta de reforma de la negociación colectiva a los grupos políticos y agentes sociales que se ha aquilatado en un encaje de bolillos para contentar, o no disgustar en exceso, a la patronal y, sobre todo, a los sindicatos. El borrador, al que tuvo acceso Público, arranca fuerte con la modificación del artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores en el que pasa a situar al ámbito empresarial como centro de decisión de las principales materias que afectan las relaciones laborales, como la definición del salario base y sus complementos, los turnos, la distribución del tiempo de trabajo y las vacaciones, las modalidades de contratación, las medidas para lograr la conciliación familiar, el pago de las horas extraordinarias y la clasificación profesional de los trabajadores.

Muchas de estas materias estaban vetadas para la empresa y sólo se podían tratar en convenios de ámbito superior, a la postre estatales. El trasvase de áreas al ámbito del centro de trabajo permitirá que las condiciones del día a día se fijen sobre el terreno, adaptándose a las circunstancias particulares. El hecho de que el lugar para discutir estos temas haya bajado a las empresas no significa que sea el empresario el que vaya a decidir las condiciones, sino que serán los representantes de los trabajadores y la dirección los que decidirán cómo se concretan estos conceptos. De hecho, el Ejecutivo sigue vetando estas materias al ámbito de las comunidades autónomas. También sigue guardando para el ámbito estatal materias sensibles, como la seguridad o la movilidad geográfica.

Sólo se podrá alternar un 5% de la jornada de trabajo de forma irregular

En cuanto a la ultraactividad, esto es, si los convenios continúan su vigencia una vez que hayan caducado y no se haya negociado un nuevo pacto, el Ejecutivo hace varios requiebros legales para intentar reforzar los mecanismos de mediación y arbitraje como vía para desbloquear los acuerdos y, finalmente, accede a que estos no pierdan efectividad pese a haber rebasado su plazo de vigencia.

El texto es muy minucioso al pautar cómo la patronal y los trabajadores deben establecer los cauces para finalizar y renegociar un nuevo convenio. Así, el texto que se llevará este viernes al Consejo de Ministros marca como plazo mínimo para denunciar el convenio tres meses antes de que cumpla su vigencia, (salvo que las partes no acuerden algo diferente). A continuación, el plazo para iniciar la negociación será de un mes, y el máximo para negociar uno nuevo será de veinte meses.

Durante ese plazo de negociación, el Gobierno quiere que el convenio se supedite a unos principios que también le prescribe por adelantado y que fuerzan la mediación. Así, dice que los convenios tienen que reflejar que utilizarán 'los procedimientos que se establezcan al respecto en los acuerdos interprofesionales de ámbito estatal o autonómico'. Estos acuerdos, que ya existen, están en la mayoría de los casos ligados al arbitraje como método para dirimir discrepancias. Por eso, indirectamente, al inscribir este añadido se están comprometiendo a recurrir al arbitraje (que siempre debe ser voluntario) en caso de que no logren renegociar un nuevo convenio.

Habrá que recurrir a comisiones paritarias para discutir el día a día

Además, se exige la creación de comisiones paritarias, esto es, formadas por representantes de los trabajadores y de la empresa, para ir solucionando las diferencias de interpretación del convenio cuando aún está vigente y surjan de forma cotidiana. Las comisiones tendrán un plazo máximo de siete días para pronunciarse, a contar desde que surge la discrepancia, que tiene que estar relacionada con las condiciones esenciales de trabajo. Si tampoco resuelven, de nuevo se remite al arbitraje pactado en los acuerdos interprofesionales.

En cuanto al resto del contenido, el Gobierno quiere obligar a que se introduzcan 'medidas para contribuir a la flexibilidad interna en la empresa, que favorezcan su posición competitiva en el mercado o una mejor respuesta a las exigencias de la demanda y la estabilidad del empleo'. En este sentido, se atreve a cuantificar el porcentaje máximo y mínimo de la jornada de trabajo que podrá distribuirse de manera irregular a lo largo del año, que será un 5%. Esta cifra está muy inclinada hacia el lado sindical, ya que los empresarios habían llegado a pedir entre un 20% y un 30% ,dependiendo de si el cambio se hacía por condiciones 'ordinarias' o extraordinarias'. Estas dos acepciones, propuestas por la patronal, tampoco están en el documento.

Por último, el Ejecutivo crea un observatorio para la negociación colectiva, una petición de los sindicatos que querían unas estadísticas más claras.

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