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El Supremo autoriza a la Xunta a entrar en el Pazo de Meirás

Los magistrados contradicen a los Franco en lo básico pero prohíben, no obstante, realizar un reportaje fotográfico del edificio

PÚBLICO.ES / SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha autorizado a la Xunta de Galicia a entrar en el Pazo de Meirás, el palacio de la familia del dictador Francisco Franco situado en la localidad coruñesa de Sada, para que un equipo de técnicos pueda comprobar el estado del edificio, declarado bien de interés cultural.

Con esta decisión, el Alto Tribunal concluye una polémica iniciada hace ya más de dos años, cuando los familiares de Franco no permitieron que un equipo de técnicos enviados por la Dirección Xeral de Patrimonio Cultura de la Xunta entrará en el Pazo para hacer un inventario del edificio.

El pasado mes de diciembre, la Xunta de Galicia aprobó el decreto por el que declaraba Bien de Interés Cultural (BIC) el Pazo de Meirás, con lo que otorgaba 'el máximo grado de protección' a un edificio que data del siglo XIX. 

Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, presididos por el juez Ricardo Enríquez, han tomado esta decisión al estudiar un recurso interpuesto por la hija del dictador, Carmen Franco Polo, según consta en una sentencia hecha pública hoy.

Los magistrados declinan el grueso de las alegaciones

Aunque desestiman el grueso de sus alegaciones y han autorizado la entrada en el Pazo de Meirás, los magistrados han prohibido a los técnicos de la Xunta realizar un reportaje fotográfico del edificio, tal y como pretendían.

En concreto, la hija de Franco recurrió la orden dictada por la Dirección Xeral de Patrimonio Cultura de la Xunta en agosto de 2007, que permitía que un equipo técnico accediera al Pazo de Meirás y advertía de que si no se le dejaba pasar se incurriría 'en una infracción que puede llevar aparejada una sanción de hasta 60.000 euros'.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia denegó en una sentencia dictada en noviembre de 2007 los recursos presentados por Carmen Franco Polo, por lo que la causa fue llevada hasta el Tribunal Supremo.

Los magistrados del Alto Tribunal entienden que el Pazo de Meirás forma parte integrante del patrimonio cultural de Galicia, por lo que son de aplicación las leyes que obligan a sus propietarios a facilitar el acceso, con fines de inspección, a los técnicos de la administración.

Además, la sentencia hecha pública hoy destaca que el Pazo de Meirás 'no parece ser el domicilio habitual de la recurrente y sí sólo un domicilio en determinados periodos'.

Aún así, los magistrados establecen que la realización un reportaje fotográfico completo del interior del Pazo de Meirás constituiría 'una generalidad incompatible con la protección del derecho a la intimidad y el interés público y general inherente a la necesidad de proteger el Patrimonio Cultural de Galicia'.

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