Público
Público

El Supremo tumba la demanda de Ignacio González contra 'Público'

Avala dos sentencias anteriores, que habían quitado la razón al entonces número dos de Esperanza Aguirre en la Comunidad de Madrid, quien reclamaba 600.000 eurosEl actual presidente regional denunció que varios artículos constituían "una intromisión ilegítima en su derecho al honor", pero los jueces los consideran veracesEste diario desveló la existencia de un 'dossier' sobre su incremento patrimonial y las adjudicaciones sospechosas que había realizado desde sus cargos públicos

Portada de 'Público' del 16 de marzo de 2009.

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto contra cuatro periodistas de Público por el vicepresidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, que consideraba vulnerado su derecho al honor por el contenido de una serie de dieciséis artículos publicados en el periódico entre el 18 de enero y el 17 de marzo de 2009. El entonces número dos de Esperanza Aguirre había reclamado una indemnización de 600.000 euros.

La sentencia avala la desestimación de las dos anteriores por parte del juzgado de primera instancia número 55 de Madrid y de la sección duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid , cuyos titulares consideraron que las informaciones cumplieron el requisito de veracidad, mientras que los artículos de opinión referidos a las noticias no fueron injuriosos.

El Supremo rechaza ahora que los artículos formasen parte de una campaña de desprestigio, difamación y acoso periodístico, con extralimitación del derecho a la libertad de información y de expresión, según el fallo de la Sala Primera, cuyo ponente es el magistrado José Ramón Ferrándiz Gabriel, quien destacó la posición especial de la libertad de información y expresión en la formación de una opinión pública libre.

"Por un lado, los artículos periodísticos trataban, en todos los casos, de las circunstancias, objetivas y subjetivas, en las que se había perfeccionado la contratación pública por la Administración autonómica, entendida en sentido amplio y, en un caso, de investigaciones llevadas a cabo, al respecto, en el seno del partido político al que pertenece el demandante", refleja la sentencia. "Por otro lado, éste tenía la condición de personaje público, en cuanto autoridad de primer orden en la Comunidad de Madrid".

Asimismo, el magistrado estima que "el correcto funcionamiento del sistema democrático exige que la ciudadanía conozca cómo gestionaron en el pasado los asuntos públicos quienes lo hacen en el presente", con independencia de la fecha de los hechos.

Las informaciones objeto de la demanda fueron publicadas cuando la actualidad política estaba marcada por los escándalos de espionaje en el PP de Madrid. Público desveló la existencia de un dossier de 69 páginas sobre el incremento patrimonial de González y sobre las adjudicaciones sospechosas que había realizado desde sus cargos públicos. A partir de ese dossier, y basándose en buena parte en documentos del Registro Mercantil de Madrid, este diario publicó informaciones que demostraban que decisiones de González habían beneficiado a socios de su familia y a otras personas relacionadas con él, como su profesor de pádel.

En su escrito de defensa, los demandados habían destacado que la finalidad de González no podía ser otra que "instrumentalizar la acción de la Justicia con el fin de intentar acallar a un medio crítico como Público, que ha desvelado información veraz que resulta muy inconveniente para el hoy demandante, intimidando al medio y a los periodistas con una desmesurada demanda de todo punto improcedente".

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias