Público
Público

Tres años de cárcel por arrancar una oreja de un mordisco en una pelea de Nochebuena

El émulo de Mike Tyson discutió con la víctima en un pub de la localidad valenciana de Aldaia. El agredido perdió el tercio distal más el colgajo del pabellón auricular izquierdo y tuvo secuelas psíquica

ANDRÉS MUÑIZ

Haber arrancado de un mordisco la mitad de una oreja a otro hombre en una pelea le costará ir a la cárcel. El agresor, Ramón S.I.S., conocido como Ramonet, se enzarzó con otro hombre en un pub de Aldaia (Valencia), en la Nochebuena del 2008, y le seccionó el tercio distal del pabellón auricular izquierdo más su colgajo.

El Tribunal Supremo, que ha revisado el caso, le ha condenado a tres años de cárcel por un delito de lesiones causantes de deformidad, además de a pagar una indemnización de 33.110 euros a la víctima y no acercarse a menos de 200 metros de ella durante cinco años.

El hombre, al más puro estilo Mike Tyson en su célebre combate contra Evander Holyfield, le mordió la oreja 'con ánimo de menoscabar su integridad', en una discusión en un pub a las 4 de la madrugada del 25 de diciembre de 2008. El hombre tuvo gran pérdida de sustancia de la oreja,  y sus  lesiones tardaron en estabilizar 251 días, dejándole como secuela física el daño estético 'permanente y visible', junto a problemas psíquicos.

La Audiencia de Valencia condenó al conocido como Ramonet a cuatro años de cárcel. El condenado recurrió al Supremo, entre otros extremos, por estar en desacuerdo con los hechos probados, ya que nada decían de cómo se inició la pelea, quien o quienes intervinieron en la misma, y si existió una agresión ilegítima previa del lesionado. Por ello, creía que el relato de la Audiencia era 'oscuro' y prescindía de elementos esenciales. Asimismo, se quejó de que la víctima no interpuso la denuncia hasta seis meses después de lo ocurrido, en junio de 2009.

El Supremo rechaza sus argumentos y destaca que no tiene derecho a un factum (hechos probados) 'a la carta'. Añade que la Audiencia de Valencia llegó a sus conclusiones con las declaraciones de testigos y principalmente de la propia víctima, que narró la pelea siendo compatible el mordisco en la oreja con el parte mécico de lesiones que tenía. En cuanto al retraso en poner la denuncia, la sentencia recuerda que la víctima fue presa de una gran ansiedad y estuvo varios meses con tratamiento farmacológica para combatirla.

El Supremo sí estima el recurso en cuanto a la pena impuesta, al considerar que es más adecuada una condena a 3 años de prisión en vez de a 4 como estableció la Audiencia valenciana.

 

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias