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El Tribunal Supremo rebaja la pena a una mujer maltratada que agredió a los policías tras una larga espera comisaría

EFE

El Tribunal Supremo ha reducido la condena de seis a tres meses de prisión a una mujer que tras ser maltratada por su marido agredió en la comisaría de Carabanchel, donde acudió para presentar la denuncia pertinente, a varios policías que "se demoraron mucho" en atenderla, en agosto de 2002.

Así lo establece el alto tribunal que estima parcialmente el recurso de casación de la mujer, a quien la Audiencia de Madrid le consideró culpable de un delito de atentado, por el que le condenó a seis meses de cárcel, y de dos faltas de lesiones y otra de malos tratos.

La Audiencia de Madrid estimó probado que el 21 de agosto de 2002 sobre las 18.00 horas la mujer llamó a la policía para pedir auxilio después de ser agredida en el domicilio conyugal por su marido, quien la sujetaba "fuertemente" por el cuello cuando llegaron los agentes.

Después de ser reconocida por el médico, que apreció hematomas y contusiones múltiples, la mujer acudió a la comisaría de Carabanchel para presentar la denuncia contra su marido y sobre las 21 horas, continuaba en dependencias policiales, por lo que entró en la oficina y exigió ser atendida a lo que los funcionarios de la Policía le advirtieron de que tenía que esperar su turno.

Posteriormente, la mujer salió de la comisaría pero al poco rato volvió, "en gran estado de nerviosismo y ansiedad" insultando a los agentes, a quienes agredió cuando intentaron calmarla.

Como consecuencia de los hechos, según la sentencia de la audiencia madrileña, uno de los agentes sufrió una luxación de un dedo del pie, mientras que la mujer tuvo que ser atendida por los facultativos de Samur-Protección Civil de una crisis de ansiedad.

Sin embargo, el TS en su sentencia reconoce que "está claro" que "se demoró mucho" la asistencia a la mujer en la comisaría y, "sin justificar" la reacción de la condenada, señala que estuvo motivada por dicha tardanza.

La resolución confirma que la mujer al decirle los agentes que esperara el turno, salió de la comisaría y volvió a entrar "con un cuadro más acentuado de nerviosismo y ansiedad profiriendo gritos gritos" y dando patadas a un agente.

El alto tribunal estima que se debe valorar las circunstancias personales de la condenada, la situación que estaba pasando y "sobre todo la excitación de los hechos".

Según el Supremo, "todo tiene su origen en una situación previa de maltrato familiar" y el hecho "ofrece bases suficientes para considerar u otorgarle una mayor entidad u obcecación de la acusada".

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