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El TS rebaja la pena al condenado por alojar al etarra que intentó matar al Rey

EFE

El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de 5 años a 2 años y medio de cárcel la pena a Pablo Aperribay Bediaga por alojar en su casa al etarra Xabier Pérez Aldunate, condenado a 41 años de prisión por planear un atentado contra el Rey en 2004, al aplicarle como atenuante el haber dejado de colaborar con ETA.

Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del TS en una sentencia, en la que estima el recurso que el condenado interpuso contra el fallo dictado por la Audiencia Nacional.

El TS, que aplica a Aperribay las circunstancias atenuantes de los artículos 21.4 y 21.5 del Código Penal, afirma que el comportamiento del acusado presenta una "indudable trascendencia por lo que tiene de contrario a los propósitos y las estrategias de la banda armada y por lo que supone de reafirmación y reencuentro con el orden jurídico, algo que siendo siempre valioso para la primacía de su vigencia, lo es especialmente en el campo del terrorismo".

En la vista oral para estudiar este recurso, el fiscal pidió al Supremo que confirmara dicha pena, mientras que la defensa reclamó que se anulara la sentencia y se aplicara una atenuante para "premiar su actitud de abandono de la lucha armada".

La Audiencia Nacional condenó a Aperribay por colaborar con ETA al considerar probado que alojó en una vivienda que alquiló en San Miguel de Basauri (Vizcaya) a Pérez Aldunate durante siete meses, entre 2004 y 2005, a quien ETA había encargado la formación del comando "Adur" para atentar contra las Fuerzas de Seguridad del Estado y políticos del País Vasco.

Cuando el etarra fue detenido el 11 de febrero de 2005 la Guardia Civil halló en la vivienda documentación manuscrita de Pérez Aldunate en la que se detallaba el seguimiento, vigilancia e información que había recopilado de "muchos políticos" de Euskadi, entre ellos del diputado del PP Leopoldo Barreda y de los miembros de la Guardia Civil de la Comandancia de La Salve (Bilbao), que destacaban por su grado de elaboración.

La sentencia del TS recuerda que en el juicio el acusado "manifestó estar en desacuerdo con la lucha armada -es decir con el terrorismo- y se negó además a pertenecer al colectivo de presos de dicha organización terrorista con la que había colaborado" y cuando fue detenido en Francia manifestó a los Tribunales franceses que aceptaba la extradición y que deseaba regresar a España para ser juzgado.

El TS concluye que la actitud y el comportamiento de Aperribay "implica un regreso al orden jurídico expresado en los términos y hasta donde en sus circunstancias le era posible".

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