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El TS tramitará la recusación de Garzón a cinco magistrados

Uno de los recusados admite que la Sala se contaminó con labores instructoras

ÁNGELES VÁZQUEZ

'Considero que los temores y recelos expresados' por Baltasar Garzón sobre el tribunal previsto para juzgarle por haber abierto la primera causa penal por los crímenes del franquismo 'son serios y fundados'. Es la opinión de uno de los cinco magistrados recusados por el juez de la Audiencia Nacional el pasado 16 de diciembre. Joaquín Giménez entiende que 'el tribunal ha dado la apariencia de tener una idea preconcebida acerca de su culpabilidad, tanto desde la perspectiva del recurrente, como también, y muy singularmente, desde la perspectiva de un observador externo'.

Y como Giménez al igual que en su día hizo el fiscal, ha informado a favor de uno de los dos motivos de recusación planteados por el juez Baltasar Garzón, el instructor del incidente, el magistrado del Tribunal Supremo Julián Sánchez Melgar, se ha visto obligado a admitirlo a trámite.

Giménez afirma que 'los temores' de Garzón 'son serios y fundados'

De esta forma, la decisión sobre quién compondrá el tribunal de siete magistrados que juzgará a Garzón por haber abierto la primera causa penal por los crímenes del franquismo será determinado por la Sala del 61, encargada de resolver este tipo de incidentes.

Mientras se decide si se estima o rechaza la recusación, la causa queda en manos de otros siete magistrados: el propio Sánchez Melgar, Andrés Martínez Arrieta, Ramón Soriano, José Manuel Maza, Miguel Colmenero, Perfecto Andrés Ibáñez y Carlos Granados, como presidente.

La Sala del 61 fijará el tribunal de la causa por investigar el franquismo

Los motivos que han llevado a Giménez a apoyar la recusación son varios, pero resulta fundamental que, a su juicio, la Sala recusada haya retenido 'importantes facultades de instrucción', manifestando en sus resoluciones que 'de alguna manera el juez instructor', en este caso, Luciano Varela, 'es un delegado de la Sala' y, como tal, no podía contradecir la decisión de admitir a trámite la querella mediante su archivo, salvo en el caso de que apareciesen datos nuevos.

Pero, para Giménez, que aparezcan datos nuevos en este caso es complicado, al tratarse de un delito de prevaricación judicial en el que los hechos no se cuestionan (nadie duda del auto dictado por Garzón en el que se declaró competente para investigar los crímenes franquistas). 'El debate se centra sobre una valoración jurídica la controvertida y su admisibilidad, dicho de otra manera, en la determinación de la relevancia penal de unos hechos no cuestionados', señala Giménez.

Ante este informe, Sánchez Melgar señala que 'no puede inadmitir de manera preliminar' la recusación, por lo que la remite a la Sala del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para que sea ella la que determine si el tribunal designado desarrolló labores instructoras que le contaminaron de cara al juicio.

Los otros cuatro magistrados, Juan Saavedra presidente de la Sala Segunda, Adolfo Prego, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo, no ven motivo alguno para quedar apartados del juicio.

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