El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha rebajado de veinte a quince años la pena impuesta a Rosario R.D. por asesinar en Valladolid a la bebé de seis meses a la que cuidaba, al considerar que el crimen se produjo con alevosía y por tanto fue asesinato, pero no con ensañamiento.
La resolución del TSJCyL, a la que ha tenido acceso Efe, se refiere a hechos ocurridos el 9 de agosto de 2007, cuando la encausada y la menor se encontraban solas en el domicilio donde la niñera cuidaba a la pequeña y la procesada golpeó y zarandeó a la niña.
La Audiencia Provincial de Valladolid redactó una sentencia en función del veredicto del jurado popular que deliberó sobre el caso y estableció que Rosario R.D. había actuado sin que la pequeña pudiera defenderse, lo que supone alevosía, y con ensañamiento, porque causó a la bebé más dolor del necesario para originar su muerte.
Sin embargo, el TSJCyL desecha la posibilidad de que existiera ensañamiento, por lo que rebaja la imposición de pena de veinte a quince años.
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