Sabuesos digitales contra las descargas

Algunos servicios se dedican a rastrear en internet las copias no autorizadas de contenidos. Para ello utilizan huellas digitales únicas de cada archivo

BLANCA SALVATIERRA MADRID 20/07/2010 08:00 Actualizado: 20/07/2010 10:28

La creación de una huella digital única para cada archivo permite comprobar casi en tiempo real si ese contenido se está replicando en internet. Varias empresas han diseñado sus propias soluciones para informar al titular de los derechos de autor del recorrido que sigue su obra una vez colgada en la red y que decida si emprender medidas legales contra esa difusión o la rentabilice incluyendo publicidad. "Una de las demandas principales que nos hacían los usuarios que registran sus obras con nosotros era saber dónde se estaban difundiendo", explica Mario Pena, responsable del servicio online gratuito de registro de obras Safe Creative. Esta empresa acaba de poner en marcha un acuerdo con Attributor, una compañía creada hace cinco años por un alto cargo de Yahoo especialista en derecho que emplea esas huellas dactilares para identificar quién, cómo y dónde ha copiado un texto.

Pena defiende que "lo importante para un creador es tener la información suficiente para tomar decisiones con posterioridad". Con ello se refiere a que esta tecnología de seguimiento no tiene sólo un afán de demandar a quien copie, en todo o en parte, la obra registrada. "Nosotros somos neutrales, cada autor emplea la información como quiere. A aquellos que utilizan licencias Creative Commons (menos restrictivas que el copyright) lo que les interesa sobre todo es que quien ha reproducido el archivo haya reflejado su autoría o comprobar si un texto está teniendo relevancia en otras páginas web", añade Pena.

Attributor compara la huella digital del archivo con 35.000 millones de webs

El servicio que Safe Creative ofrece a través de la aplicación de Attributor funciona sólo con textos e identifica hasta un máximo de dos copias en internet de forma gratuita. Cada obra registrada muestra dos direcciones web que han replicado el texto y en qué porcentaje, así como la opción de enviar un correo electrónico al contacto que se muestra en la web para solicitarle que retire o modifique esos contenidos. De los más de 330.000 contenidos registrados en Safe Creative, un 67% se corresponde a obras con copyright, un 30% tiene licencias libres (que permiten su difusión bajo una serie de restricciones) y el resto se corresponde con licencias personales, en las que cada creador ha decidido qué derechos ceder.

Attibutor funciona en 18 idiomas y realiza el rastreo de los contenidos mediante una huella digital única asignada a cada archivo. Esta huella es en realidad un algoritmo, que se compara constantemente con una base de datos de 35.000 millones de páginas web, identificando los resultados de las copias "casi en tiempo real". La compañía ofrece la información de quién y en qué porcentaje está reproduciendo esos contenidos al titular de los derechos de autor, funcionando, tal y como lo califica el blog PaidContent.org, "más como un perro guardián que como un perro de presa" para los creadores de contenido.

Eliminación de archivos

"Los creadores quieren saber dónde se difunden sus obras"

Una de las empresas que ha decidido traspasar el papel de perro guardián en España e ir en contra de los que difunden contenidos de otros sin su permiso (ya sea música, películas, fotografías o textos) es la Asesoría Jurídica de las Artes, que ha constituido una línea de negocio centrada en localizar dónde están alojadas las obras de sus clientes para eliminarlas de la red. Su sistema, llamado Red Points, está basado en dos principios: no atacar a los internautas y utilizar fórmulas no judiciales para eliminar "casi por completo, en un 98%" los enlaces de descarga directa de una obra. Lo cuenta a Público Josep Coll, abogado y creador de esta aplicación. Su empresa ha decidido actuar evitando las fórmulas judiciales ya que, según explica, esto demoraría el proceso y porque, como detalla el propio Coll, los jueces han especificado en varias sentencias que no es ilegal albergar enlaces de descargas.

Las casi 20 personas que trabajan en Red Points para eliminar los contenidos que les solicita un cliente peinan la red para localizar qué servidor aloja los archivos cuya difusión no ha sido autorizada por sus titulares. A continuación, proceden a eliminar ese contenido. El último paso consiste en elaborar un informe en el que se indica al cliente el número de copias que se han eliminado, de qué servidores, si existía ánimo de lucro o no, etc. Los clientes de Redpoints son, en gran medida, productoras y discográficas que no quieren que la película esté disponible en internet antes incluso de su estreno en cines.

Pero, ¿cómo pueden eliminarse los millones de enlaces de descarga a, por ejemplo, una película que se acaba de estrenar? "Lo que hacemos es cortar ese enlace. Hay unos 150 servidores que albergan los archivos en sí y hemos hablado con todos ellos", explica Coll. Una vez localizado en qué servidor se encuentra el contenido, la Asesoría solicita que lo elimine y este, según Coll, lo hace.

Red Points asegura que elimina en un 98% los enlaces de descarga directa

El sistema, calificado de "amistoso", está basado en que el requerimiento que la empresa envía al servidor incluye argumentos legales sobre por qué debe eliminarse esa película, disco o libro. De esa forma, los millones de enlaces de descarga que apuntaban a ese servidor quedan inservibles. "Hemos llegado a eliminar 800 sitios de descarga en un día", añade.

El funcionamiento intrínseco de internet, capaz de replicar los contenidos una y otra vez desde millones de fuentes distintas, y una obra digital cuya calidad no se degrada con las sucesivas copias, se lo ponen un poco más difícil a negocios como el de Red Points. Pese a que la aplicación avisa de si el contenido, una vez eliminado, se vuelve a subir, Coll reconoce que es necesario estar pendiente de que no comienza una nueva difusión masiva.

¿Es necesario entonces que una productora de cine mantenga y pague de por vida este servicio para evitar que una película circule por internet? El abogado explica que la eliminación de una película de estreno suele durar entre tres y cuatro meses y que el servicio suele terminar cuando una película deja de ser una novedad. "El día que un usuario busque las novedades de películas que se están estrenando, no las encuentre y tenga que ir al cine para verlas, se acabará la piratería", resume.

El vídeo más visto en YouTube no es siempre el que ha subido su autor

Otros propietarios de derechos optan, en cambio, por aprovechar ese contenido subido a la red sin autorización para obtener ingresos añadidos, aunque no sea mediante los canales de pago por visión tradicional. Esta es la filosofía que intentan transmitir servicios como YouTube, que cuenta con una tecnología propietaria para localizar los vídeos que los usuarios suben al sistema sin el permiso de sus titulares.

Rentabilizar los enlaces

La herramienta Content ID, desarrollada en Suiza, ofrece a los propietarios de contenidos la localización automática de los vídeos incluidos en el sistema y su eliminación al instante. Pero también les ofrece la posibilidad de rentabilizarlos incluyendo publicidad en esas páginas. La Sexta y Antena 3 han elegido esta segunda opción.

"La mayoría prefiere rentabilizar en lugar de borrar", explican en YouTube

En YouTube, el vídeo más visto no es siempre el que el titular de derechos o sus autorizados han agregado al canal oficial. Si se añaden anuncios a esas fuentes alternativas, que están contribuyendo a la popularidad del contenido, el propietario de los derechos tiene más posibilidades de obtener ingresos.

Con 24 horas de vídeos subidas cada minuto a YouTube y 12.000 horas de visualización al mes en España según datos de la compañía, la inclusión de publicidad se plantea como una posibilidad atractiva para los creadores. "La mayoría de los productores prefiere rentabilizarlos en lugar de eliminarlos", explicó a Público el jefe de producto de YouTube en Europa, Matthew Wiseman.

El titular agrega al sistema los vídeos que quiere gestionar. La aplicación compara automáticamente los fotogramas de los vídeos que suben los usuarios a YouTube con la huella creada para cada archivo original, aunque se haya modificado la imagen o el sonido. Los resultados se envían al titular, que decide qué hacer. Wiseman especifica que estas herramientas permiten fines diferentes al del borrado. "También permiten conocer con antelación la aceptación que una nueva producción puede tener en un país o en un sector de la población", añade. 

30 Comentarios
  • Antisionista
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    120 i Antisionista 20-07-2010 10:29

    Mi padre, que es un hombre sabio, dijo en una ocasión: ¡hay que ver cuánto trabajan algunos para poder vivir sin trabajar!

  • Doraemon
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    100 i Doraemon 20-07-2010 10:35

    "El día que un usuario busque las novedades de películas que se están estrenando, no las encuentre y tenga que ir al cine para verlas, se acabará la piratería". Esto es erróneo. La gente (la mayoría) preferimos ir al cine, y vamos todo lo que podemos, pero por motivos de agenda, obligaciones familiares, económicos, o del tipo que sean, no podemos ver en cine todas las películas que quisiéramos. Así que vamos al cine a ver las que más nos interesan, y el resto las vemos en casa en vez de ver la tele. Eso explica por qué 2009 fue record histórico de asistencia al cine, en plena crisis, a la vez que aumenta el visionado de pelis bajadas de internet. Una cosa no tiene nada que ver con la otra. Si no encontramos las películas en internet, es iluso pensar que todas las pelis que vemos iremos a verlas al cine. Es materialmente imposible.

  • Doraemon
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    62 i Doraemon 20-07-2010 10:41

    Esto sirve para lo que sirve, y se nota que quieren venderlo, porque en el artículo están intentando vender la moto. Es falso lo que se deja entrever que cada vez que reproduces o intercambias una peli ese software se entere. Podría hacerse si el fichero tuviera DRM y notificara sin el consentimiento del usuario a alguien cada vez que se usa, pero este no suele ser el caso de las pelis intercambiadas, que son video y audio y nada más. Tampoco avisa en tiempo real si alguien sube un contenido... esto es falso, simplemente. Lo único que puede detectar este sistema es si encuentra accesible para descarga un fichero con esa huella, y entonces notificarlo. Para eso tienen que rastrear ellos la web con un motor de búsqueda del estilo de los buscadores, en los sitios más utilizados: rapidshare, megaupload, etc., y prácticamente 'pasar' del resto, porque el coste de bajarse cada fichero de la web... uf. De cualquier maner, esto no vale para el p2p.

    Y como en toda 'batalla', tienes su contramedida, que ya existe, no hay que esperar a que alguien la haga. No tienes más que encriptar el fichero para que cualquier huella digital sobre el mismo sea irreconocible. Esto se puede hacer de muchísimas maneras, la más sencilla es subir a megaupload el fichero comprimido en .rar con contraseña. Luego en tu página web publicas el enlace y haces pública esa contraseña. Y ya te has cargado todo este sistema.

  • Antisionista
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    68 i Antisionista 20-07-2010 10:49

    Doraemon, lo que dices es justo el gran error que está cometiendo la industria con respecto a la "piratería": creen que los usuarios se comprarían todo lo que se bajan si no pudieran bajárselo y, claro, se corren de gusto al pensar en los beneficios mientras se les pone el símbolo del dólar en las pupilas, como le pasaba al tío Gilito.

  • Bernard de Galves
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    -14 i Bernard de Galves 20-07-2010 11:17

    seguro que toda la derecha le echa la culpa a Zapatero, pero con Aznar también se descargaba, lo mismo que tambien se abortaba. Estos borregos peperos siempre comiendo el mismo pienso. Piensos Aznar. coma la ración diaria de piensos Aznar

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  • Doraemon
    #6 Vota Vota

    36 i Doraemon 20-07-2010 11:25

    Pues si, antisionista. Un chaval mileurista que paga 600EUR de alquiler, se baja 20 pelis y 10 discos al mes, a 7,5 euros la entrada y 25 euros el disco, son 400 euros todos los meses que ellos 'pierden'. Obviamente de no ser por internet y las mafias peligrosísimas, ellos ingresarían esos 400 euros todos los meses, quién lo duda... Si a eso añadimos el porno, ese chaval no tendría ni para comer, pero seguro que se compraría todo lo que se baja si no pudiera hacerlo de internet.

  • ramonchuhuelva
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    26 i ramonchuhuelva 20-07-2010 12:00

    A ver cuando nos enteramos: el hecho de descargarse 30 películas, 15 cds musicales y 7 libros, todo ello supongamos en un mes, no significa que la industria esté dejando de ingresar 400 ó 500 euros... Como mucho 6 euros, lo que te cuesta una entrada de cine. ¿Quién piensa a estas alturas que la persona que se descargue lo anteriormente descrito está dejando de comprar/asistir? No seamos ridículos, por favor...

  • jotagg
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    -46 i jotagg 20-07-2010 12:03

    Comentario oculto por la valoración de los lectores
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    Doraemon, si en tu pagina web pones el enlace y la contraseña, el sistema te encuentra igual y al haber personalizado el "delito" con tu elaboración, dejas la prueba de que eres culpable. No es una buena idea. Y el encriptado no hace desaparecer las marcas de agua. Te garantizo que los sistemas funcionan, unos mas que otros.

    Lo que piense el mileurista o tu sobre lo que piensan los propietarios de contenidos es irrelevante. Lo unico importante es que los propietarios de contenidos -autores, productores, distribuidores, etc- tienen derecho a decidir quien usa sus productors y a cambio de que y nadie esta autorizado a robárselos. Su calculo no es que si no te lo puedes bajar gratis te lo bajarás pagando, es que no quieren que te lo bajes mas que cuando ellos digan. Punto. Es su derecho. El tuyo es aceptarlo o pasar de la oferta, nunca robarles.

    Que alguien normal defienda lo contrario es inconcebible.

  • Antisionista
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    38 i Antisionista 20-07-2010 12:19

    jotagg dijo: "Lo unico importante es que los propietarios de contenidos -autores, productores, distribuidores, etc- tienen derecho a decidir quien usa sus productors y a cambio de que y nadie esta autorizado a robárselos."

    Pues a ver si ese derecho también se hace extensivo a los que fabricamos sillas: ¡qué es eso de que te compres una y se pueda sentar todo el mundo! ¡Yo quiero cobrar por cada persona que se sienta en una de mis sillas! ¡Me hacen perder mucho dinero los que me roban dejando que sus amigos y conocidos se sienten! Si no les dejaran sentarse, tarde o temprano me comprarían una silla, y yo ganaría más dinero. Pero, nada, ¡aquí todo el mundo a defender a los ladrones!

    Las sillas que yo fabrico me da igual que tú las compres: siguen siendo mías al menos durante 70 años, y quiero que hagas con ellas lo que yo te permito, no lo que tú quieras.

  • vasilia
    #10 Vota Vota

    16 i vasilia 20-07-2010 12:44

    Doraemon 20-07-2010 11:25.

    TE EQUIVOCAS. Las empresas no "pierden". Si yo descargo 10 peliculas de estreno (que no hago), a 8 euros la entrada (porque por donde vivo el cine esta a 8 euros), son 80 euros mensuales que tendria que disponer para ir a verlas. Pues no los tengo, asi que las descargue o no, el hecho es que no pagaria 80 euros por las 10 peliculas, con suerte pagaria 8 euros para ver una. Asi que las empresas no ganarian 80 euros, sino 8. Las empresas no pueden calcular como perdidas los 72 euros restantes, porque eso implicaria suponer que yo efectivamente iria a ver esas peliculas, lo que es absurdo. Nadie va a ver al cine todas las peliculas que se estan exhibiendo, nadie, asi que no pueden calcular con la idea de que yo realmente iria a verlas, o que tengo obligacion de verlas. No se puede hacer calculos de perdidas por lo que en la realidad no ganarian.

  • vasilia
    #11 Vota Vota

    30 i vasilia 20-07-2010 12:59

    jotagg 20-07-2010 12:03.

    yo como historiadora tengo mis hipotesis y mis ideas sobre Enrique VIII, por ejemplo, que en realidad era amante de Carlos I (V de Alemania), y escribo un articulo donde pongo esa idea que se publica en Historia National Geographic. de pronto, aparece Dan Brown y lee mi articulo, y escribe una novela tomando todas mis ideas. Yo no tengo derecho a cobrar derechos de autor porque los derechos de autor no protegen las ideas, yo a lo maximo que puedo aspirar es que se me cite como autora de esa hipotesis. Pero Dan Brown tiene derecho a cobrarlos, porque es un novelista, aunque el no ha creado nada, me ha robado mis ideas y mas encima se pasea por el mundo alardeando que son suyas. Pues eso, ejemplificado burdamente, es lo que realmente paso con el Codigo Da Vinci, porque nada (salvo los personajes) era algo que Brown hubiera investigado, no, es que el señor se robo una linea completa de investigacion sobre La Ultima Cena que tiene mas de un siglo. ¿Alguna cita de los historiadores de quienes tomo sus ideas? Cero.

    Los derechos de autor no protegen a los creadores reales de las ideas, protegen a quienes las patentan porque esas ideas tienen futuro comercial y son explotables economicamente. Les importa un comino a quien le roban las ideas, y vamos, historia del robo a los creadores hay cantidad. Asi que ladron que roba a ladron tiene cien años de perdon.

  • Berni
    #12 Vota Vota

    14 i Berni 20-07-2010 13:03

    No se yo si es muy legal eso de que las compañías sepan quien y donde han comprado sus discos.. derecho a la intimidad, además de que está la ley orgánica de protección de datos.

  • Doraemon
    #13 Vota Vota

    12 i Doraemon 20-07-2010 13:10

    jotagg: lo del enlace creo que van 8 sentencias que dicen que no es delito (incluso habiendo ánimo de lucro éste sería indiferente, porque enlazar no supone comunicar nada, y deben darse ambos hechos para que haya delito). Quizá tú sepas más de la ley que los jueces, no sé. El caso es que desde el caso sharemula repiten una y otra vez en todas las sentencias que enlazar por sí mismo no es ningún delito, y nunca se ha condenado a nadie por enlazar (y sí se ha absuelto a bastantes por inexistencia de delito), y por ese motivo la fiscalía a tenor de estas sentencias mantiene la directriz de que no se persigan las páginas de enlaces. Porque no hay delito, simplemente.

    Lo que dices de que al encriptar un fichero se mantiene su huella digital no tiene ningún sentido: obviamente mucho de informática no sabes. La mantiene el fichero cuando lo desencriptas, porque vuelve a ser como era antes, pero no se puede descubrir la huella si analizas el contenido del fichero encriptado, que es todo lo que puede hacer un sistema automático como éste, ya que automáticamente no puede conocer la clave. Manualmente si caes en la página donde se enlaza y vas y te descargas el fichero y con la clave lo desencriptas y lo compruebas, lo podrás verificar (si lo puede ver un usuario cualquiera, lo podrá ver el que busque manualmente 'infracciones' del copyright), pero como te digo, no se puede hacer de forma automática como pretenden: es imposible.

    Lo de que 'lo único importante' son los propietarios de los derechos, pues será para ti y para algunos propietarios de los derechos (hay que tener bastante cara dura para decir que lo ÚNICO importante es lo que le interesa a uno mismo). Al resto de la humanidad nos importan otras cosas más que eso, como puede ser el simple hecho de ver la peli. De todas formas no sé qué tiene que ver ese parrafito con lo que trata el ejemplo del mileurista: en absoluto se puede asegurar que una copia descargada sea una copia menos vendida o de asistencia al cine. Ese ejemplo demuestra que esta suposición no tiene ningún sentido. Que a ti te interese otra cosa, pues vale... a la mayoría nos interesa otra, cuya legalidad viene avalada unánimemente por bastantes sentencias. No tenemos por qué pasar de la obra, si queremos verla, la vemos, te guste o no, y no vas a poder hacer nada para impedirlo, ni técnica ni legalmente.

    Lo de "robar", vale ya de mentir, porfa. Para que haya un robo debe existir un bien que al pasar a manos de otro deje de estar en propiedad de su dueño original. Si yo me bajo un disco de Ramoncín, Ramoncín no deja de tener nada que antes tuviera. Luego no hay robo. Seamos un poquito realistas.

  • Doraemon
    #14 Vota Vota

    10 i Doraemon 20-07-2010 13:14

    vasilia: el comentario era irónico. Obviamente alguien que dispone de 400 euros para vivir, no se gastaría los 500 en que ellos valoran lo descargado si no pudiera descargarlo; ni queriendo podría hacerlo. Creo que la ironía era bastante evidente.

  • 1Qalkiera
    #15 Vota Vota

    12 i 1Qalkiera 20-07-2010 13:17

    jotagg: "Lo que piense el mileurista o tu sobre lo que piensan los propietarios de contenidos es irrelevante. Lo unico importante es que los propietarios de contenidos -autores, productores, distribuidores, etc- tienen derecho a decidir quien usa sus productors y a cambio de que y nadie esta autorizado a robárselos."

    Claro jotagg, lo que pensemos nosotros, la mayoría de los ciudadanos sobre el libre acceso a la cultura, cultura que dicho sea de paso está subvencionada en la gran mayoría de los casos con nuestros impuestos revolucionarios o no (ayuntamientos que pagan derechos de autor por la música, teatro, además de conciertos varios; subvenciones al cine, otros organismos oficiales que pagan a las gestoras de derechos de autor por el uso de material electrónico, etc) es indiferente. Lo importante es lo que piensan un grupo minoritario de empresarios adinerados, que lo único que quiere es controlar los canales de distribución, imponer sus precios y vivir del trabajo de los demás, porque eso es según tú la democracia, ¿no? ¡Qué hermoso porvenir nos espera con gente como tú!

  • Doraemon
    #16 Vota Vota

    16 i Doraemon 20-07-2010 13:23

    jotagg: esa gente normal que inconcebiblemente defiende lo contrario, escribió, entre otras, cosas como esta:

    Artículo 44

    1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

    (Constitución Española de 1978)

  • Klarise
    #17 Vota Vota

    12 i Klarise 20-07-2010 13:54

    "El día que un usuario busque las novedades de películas que se están estrenando, no las encuentre y tenga que ir al cine para verlas, se acabará la piratería" ¡Qué comentario más iluso, por favor! Los productores de contenidos audiovisuales inundan literalmente el mercado con sus productos (de peor calidad cada vez, por cierto) y pretenden que la gente se pase ¿cuatro horas todos los días en el cine, o algo así, para que ellos le puedan echar gasolina al yate?

    Si mucha gente ni nos molestamos en ir al cine es porque para las bazofias que se estrenan, mejor es quedarse en casa, o verlo (como mucho) por el ordenador y para pasar el rato, porque vaya porquerías de películas, por una buena un millón malas... Más les valdría centrarse en la calidad y no en la cantidad (si tuvieran algún talento para la cultura y la creatividad, no solo para el money).

    Además, por lo que veo, solo les interesa el usar y tirar, en cuanto la película deja de ser novedad y ya no está en cartelera... pues como que hay manga ancha: "la eliminación de una película de estreno (de internet) suele durar entre tres y cuatro meses y que el servicio suele terminar cuando una película deja de ser una novedad". Esa es la confianza que tienen en sus propios productos, el estreno de la siguiente bazofia borrará de la mentes de los aborregados consumidores la anterior... Ascopena.

  • mareaxe
    #18 Vota Vota

    4 i mareaxe 20-07-2010 18:31

    Reconozco que este es un tema apasionante desde el punto de vista jurídico, pero yo, que ignoro casi todo sobre temas de informática y de leyes, entiendo lo siguiente;

    En primer lugar, no creo que aquí se vean vulnerados los derechos de los creadores, sino el derecho de las distribuidoras y de las comercializadoras si un caso. La mayoría de los que se declaran creadores, sean músicos, escritores o cineastas por ejemplo, cobran un fijo por lo que crean y los derechos de su creación pasan a manos de las productoras, editoriales, etc.

    Son esas empresas las que están detrás de todo esto, pues los creadores digamos anónimos, están encantados con distribuir sus obras de forma gratuita en internet. Páginas como www.jamendo.com hacen un trabajo maravilloso de publicidad para grupos desconocidos que son marginados por "la industria".

    De todo esto nos beneficiamos los usuarios, pero yo tampoco creo que eso signifique de dejemos de comprar aquello que realmente nos interesa, bien sea por fetichismo o cualquier otra razón, tampoco dejamos de ir al cine si lo que nos apetece es ver una película en unas condiciones de calidad que en casa quizás no tengamos.

    Es curioso también ver como las salas de cine han aumentado sus beneficios, así como la asistencia de espectadores, ciudadanos que no solo dejan un beneficio con la compra de una entrada, sino además y por norma, con la compra de algún producto adicional, bien sean bebidas o aperitivos, que por cierto, intentan por todo los medios prohibir que los llevemos de casa u otro lugar, cuestión que si es ilegal. También los músicos se han visto beneficiados en su porcentaje de ganancias por asistencia de público a sus conciertos.

    Por todo ello creo que el problema es del sistema de comercialización, que está encaminado a exprimir al máximo las ganancias sin tener en cuenta para nada al usuario. Como se suele decir, ajo y agua.

    Por cierto, mi conexión a internet la hago mediante una red pública no protegida, así que si se ponen a buscar, que busquen, tengo 6 redes diferentes a mi alcance y suelo variarlas.

  • Jose Madrid
    #19 Vota Vota

    2 i Jose Madrid 20-07-2010 18:33

    Cuando me suban el sueldo, pagaré todos la música y videos que me bajo por internet... con la mierda de sueldo que tengo no me queda otra. Así que Señores Capitalistas, súbanme el sueldo y entonces podré pagar toda su música, películas, etc.

  • Daza
    #20 Vota Vota

    6 i Daza 20-07-2010 19:06

    A mi me molesta mucho que los perros vayan por ahí olfateandome. Como supongo que ya habrá contramedidas, o al menos alguien preparandolas, procedo a buscar más sobre el tema en los foros habituales... ¡Ay señor, señor..! ¿Cuando acabará esta estúpida carrera? Aún recuerdo Napster, y ha llovido, y mis discos duros no hacen más que crecer y crecer... Nosotros no nos vamos a rendir ¿Por qué no lo entienden de una vez, y se rinden ellos?

  • Hummun
    #21 Vota Vota

    10 i Hummun 20-07-2010 20:34

    Este es un supuesto que he planteado más de una vez y nadie ha podido rebatirlo de manera legal hasta el momento. Por que entre otras cosas está acorde a la legislación actual española.

    Yo, usuario de internet, comprador y consumidor de productos con y sin copyright, con derecho para hacer copia privada de dichos productos sin ánimo de lucro.

    Hasta ahí todo legal, según la legislación española.

    Lo que no especifica la legislación española, es, en que tipo de soporte tengo que hacer la copia. Si compro un CD virgen, pago un canon. Si compro un DVD tambien.

    Si compro un DD que no venga incluído en la compra de un ordenador, pago un canon. Si es un pendrive igual.

    Si compro un PC, pago un canon, lo dedique o no a hacer copias privadas de artículos adquiridos y bajo copyright.

    Si no lo uso para ese motivo, la industria me está pirateando mi dinero y alguien se lo reparte, sin decir nada ni quejarse del abuso que comete esta legislación, perjudicando a la gente honesta en beneficio de un grupo de empresarios y creadores del, para mí, mal llamado mundo de la cultura.

    Habría que entrar en el debate de si lo que algunos hacen puede denominarse cultura, o simplemente paripé.

    De repente, pienso que no me interesa tener una librería en mi casa para sostener lo que he ido comprando a lo largo y ancho de mi vida. Ni tener multiples estantes para sostener Cd's ni DVD's. Tampoco me interesa adquirir memoria fisica, ya que como todas las cosas está limitada en tamaño de soporte y además, ocupa lugar.

    Además tendría que pagar un canon por ese soporte y no me da la real gana de seguir incrementando los beneficios de nadie.

    Asique, dono mi colección de libros, Cd's y DVD's a una biblioteca, para que los más jovenes o los que no pueden económicamente adquirir adquirir dichos productos, puedan acceder a ellos sin coste alguno.

    Aquí estoy realizando una labor social, sin ánimo de lucro, y nadie puede poner objeción alguna a dicha labor.

    Pero, hay un inconveniente. No en todos los pueblos hay una biblioteca, ni una cinemateca, ni un lugar para deleitarse de la música, sin que alguien se lucre por ello.

    Asique, hago lo siguiente.

    Previamente a la donación, escaneo mis libros, copio mis CD's y DVD's, y hago una salvaguarda digital de todos ese volumen de cultura.

    Como tengo amigos que me conocen y saben que siempre adquiero libros, musica o cine, en la medida de mis posibilidades, muchos me solicitan en calidad de préstamo algún ejemplar. La mayoría son cuidadosos y los devuelven sin deterioro. Pero no siempre uno está libre de desgracias.

    Y a veces se pierden ejemplares por que un bebé devolvió la papilla, o pasó con el triciclo por encima y el disco se rayó... ¿A quien no le ha pasado algo semejante alguna vez? Todos cometemos torpezas.

    Asique decido que dicha copia digital debo almacenarla en algún lugar al cual, cualquiera de mis amigos, pueda acceder a ella cuando sienta la necesidad de hacerlo.

    Me pongo en contacto con una empresa de hospedaje, alquilo un espacio virtual y pago religiosamente. La empresa me garantiza que pondrá todos los medios posibles para guardar la confidencialidad de lo que allí se almacena. Y puede hacerlo. Y además me garantiza que no insertará ningún tipo de publicidad ni cobrará absolutamente nada a quienes accedan a dicho almacén.

    Yo monto un servidor FTP, bajo una licencia Creative Commons. No hay lucro ni negocio alguno asi que la aplicación no me cuesta nada. Es para uso privado y no incumplo ninguna legislación ni derecho de autor alguno.

    A continuación monto un blog, y en él, publico mi lista de ejemplares y cualquiera de mis amigos que quiera acceder a ellos solo tendrá que solicitarlo.

    Como respuesta recibirá un enlace para acceder a dicha copia y una clave de acceso para poder descargarlo con su herramienta favorita de descarga de FTP's.

    Listo...

    Sin empresas intermediarias, ni herramientas P2P, ni publicidad alguna, ni lucro, ni ná de ná... Y además, sigue siendo una simple difusión de la susodicha "cultura".

    Tan sencillo como eso....

    ¿A qué se iban a agarrar los susodichos propietarios de los derechos de autor?

    Ya me pueden enviar a su mejor bufete de abogados.

    Se iban a estampar de frente ante un hecho.. la propia legislación.

    Lo saben de sobra...

    Y por eso, quieren modificar la legislación para poder controlar los contenidos que se suben a la red. Es la unica manera de que todos paguen. pero hay un inconveniente... ¿Que partido político aprobaría una ley que pusiera un veto a la más universal de las maneras de difundir la cultura, Internet?

    Jamás en la vida podrían alegar defender nada.

    Y da igual que sea de iz

  • Hummun
    #22 Vota Vota

    8 i Hummun 20-07-2010 21:11

    Continúa desde el comentario #21.

    (No sé por qué se ha cortado el final).

    Decía que ... da igual que sea de izquierdas, de derechas, de centro, de arriba, de abajo o de la quinta dimensión.

    En lo que a mí respecta, jamás, en lo que me resta de vida, recibirían voto alguno.

    Y me plantearía la posibilidad de buscar gente afín a esta manera de pensar y crear el medio necesario para revocar dicha legislación. Defender una idea y luchar por ella es lo más digno que una persona puede hacer.

    La alternativa que les queda es alejar el centro de legislación de los ciudadanos. Y así poder alegar que los Estados vienen obligados a cumplir las leyes que proceden de una instancia supranacional, y cuyas normas y leyes se superponen a las Constituciones de cada uno de los países integrantes.

    Solo les queda Europa.

    Pero a poco que a los parlamentarios europeos se les caiga la cara de vergüenza, van a tener complicado hacer allí lo que no se atreverían a hacer en cualquiera de los estados.

    En caso contrario, tendríamos, los ciudadanos europeos, que plantearnos la disyuntiva de si merece la pena sostener un mercado común a cambio de la pérdida de derechos.

    Y es que los lobbies del capital y del mercantilismo se mueven de manera muy persistente en el entorno del Parlamento y del Consejo europeos.

    No hace mucho han intentado colar una legislación laboral cuyos efectos sobre los ciudadanos de los países de la comunidad economicamente más bajos, permitiría utilizarlos como mano de obra barata en los países económicamente más pudientes. Se le llamó Directiva Bolkenstein.

    Hubo sus más y sus menos, y al final acabaron sacando otra Directiva adelante.

    La Directiva de Servicios. Que si bien no es tan cruda como la anterior, facilita lo primordial de la susodicha.. A tragar.

    Pero mientras tanto que traguen ellos...

    Yo seguiré con lo mío, mientras la ley me lo permita... Y el día que no lo haga lucharé por revocarla.

  • Doraemon
    #23 Vota Vota

    0 i Doraemon 21-07-2010 09:46

    Hummun: se podrían agarrar (lo podrían intentar con alguna probabilidad de éxito) a que estás haciendo una "comunicación pública" de su obra. En tanto no haya ánimo de lucro penalmente no hay delito alguno, pero aun sin ánimo de lucro podría incurrirse en una infracción civil dependiendo que el juez entendiera que hay o no "comunicación pública" (nota que al colgar un contenido en un servidor FTP ya no estás prestando ejemplares físicos), ya que éste es un derecho que la ley reserva al titular de la obra que podría demandar una compensación por las pérdidas que pudiera justificar. En el caso del peer to peer ya hay sentencias que dicen que no hay comunicación pública; en el caso de que lo cuelgues de un servidor FTP y esté accesible en cualquier momento, podría interpretarse quizá como tal por el supuesto i) del artículo 20 de la LPI. Este supuesto venía destinado a asimilar como comunicación pública (puesta a disposición de una pluralidad de personas) las plataformas de video bajo demanda, donde estrictamente no se comunica simultáneamente a una pluralidad de personas, ya que cada acceso es independiente, pero se amplía este concepto a que una pluralidad de personas pueda acceder en cualquier momento y lugar a esa obra. Esto no es aplicable al p2p en tanto en este sistema que pidas algo no significa que lo encuentres ni que te lo envíen, sino que te lo enviará el otro peer cuando a él le dé la gana (no permite un acceso en cualquier momento y en cualquier lugar, es decir, no es un sistema 'on demand'). Pero claro, esto en el FTP si el sistema está abierto a todos, es otra cosa. Estaríamos en un conflicto entre el derecho a la copia privada y la restricción de la comunicación pública que no tengo ni idea cómo podría ser valorado por un juez.

    Dos puntualizaciones: 1. los PCs (ordenadores) no pagan canon; los discos maestros destinados a la instalación de un SO necesario para el funcionamiento de un sistema están exentos, y no se aplica tampoco al resto de componentes o al conjunto. 2. Lo de la licencia CC del servidor FTP... hay cientos de implementaciones libres; no necesitas ni siquiera una con CC, y es el software como producto el que puede tener licencia o ciertos derechos, no el servicio en sí, que no tiene derechos.

  • Hummun
    #24 Vota Vota

    0 i Hummun 22-07-2010 00:36

    Doraemon:

    En lo referente a la "comunicación pública", primero tienen que demostrar que la hay.

    Y asignar un enlace por correo electrónico, o simplemente a través de las multiples herramientas de comunicación social, es indetectable, a no ser que alguien intente meter las narices en la comunicación privada de las personas...

    Para hacer eso tengo entendido que se necesita una orden judicial.

    Analizar los datos que se transmiten por la red, si no se hace con una orden judicial, no sirve como prueba en ningún juicio.

    Es más, usar dicha información, al menos en este país crearía un conflicto con la Ley de Protección de Datos.

    El correo electrónico, en España, disfruta de la misma protección que el correo ordinario.

    En cuanto al soporte físico o no, es irrelevante, por que lo que realmente se transmite es una información. La propia red es un soporte fisico, que permite la transmisión de información entre dos sujetos. Lo importante es la información que se transmite.

    Si hago una copia de un CD, el soporte es otro CD, un pendrive, o cualquier otro soporte. Lo mismo que si le presto el original. Si fotocopio un libro, el soporte es el papel de la fotocopia.

    Lo que tu denominas soporte no es más que el medio que se utilice para transmitir la información. Y el medio es lo que resulta intrascendente.

    Cuando adquieres un objeto sometido a derechos de propiedad intelectual, te comprometes a disfrutarlo en la intimidad. Tu hogar, tu automovil o cualquier otro espacio que no sea público.

    Yo vivo en una urbanización, y disponemos de una zona ajardinada, con piscina, y en el verano, los vecinos compartimos las tardes en comunidad.

    A veces alguien baja una minicadena y pone un poco de música.

    Eso si que es una comunicación social. Pero no hay lucro alguno. Es indemostrable, y la SGAE lo sabe, pero no puede hacer nada. Por que es un recinto privado, aunque comunitario en su disfrute.

    Sin embargo, si la asociación de vecinos, en un lugar público, es decir, una calle o plaza, organiza una fiesta comunal, verbena o un concierto, sí que es un acto público, hay comunicación social. Y normalmente también lucro.

    Si un grupo de amigos, se reune y organiza un club de lectura, se produce una comunicación social, se difunde una obra, pero tampoco hay lucro.

    Sin embargo, si una entidad pública, como lo es un colegio, organiza una obra de teatro para recaudar fondos para que un grupo de niños pueda ir de excursión, si se produce una comunicación social, en un recinto público y hay un lucro. Los propietarios de los derechos de autor estarían en su derecho de solicitar una prestación a cambio de ello. La ética no entra en juego. El hecho es el hecho.

    Un servidor FTP es un soporte de almacenaje, igual que lo es un CD virgen o un pendrive. Basicamente es un disco duro. Pero no es un lugar público. Ni un objeto público. Es una prolongación de tu hogar. Exactamente lo mismo que una segunda residencia. Cuando alquilas un espacio en un servidor, lo que haces es alquilar un continente, y pasa a ser un lugar privado. Luego lo decoras con lo que a ti más te guste.

    Si no cobras por el acceso, ni haces ningúna transacción comercial, ni hay publicidad, no hay lucro. Y el servidor FTP sigue siendo un espacio privado.

    Es facilmente argumentable delante de cualquier juez.

    Si no hay lucro, no hay delito, ni penal ni civil.

    El tan cacareado lucro cesante, ya lo compensan con el canon que le cobran a la gente que adquiere objetos susceptibles de ser utilizados para la copia privada.

    El problema es que el servidor FTP puede está ubicado en alguno de esos paises que no han legislado absolutamente nada en materia de Propiedad Intelectual. O que no disponen de ninguna entidad de gestión de Derechos de Autor autorizada a percibir canon alguno.

    De esta manera, podría cumplir con mi deseo de divulgación social, y los propietarios de los derechos de autor no percibirían absolutamente nada.

    Tienes razón, en parte, en lo que dices respecto a los PC's adquiridos con una unidad de disco duro. Es necesario para la ubicación de un SO que gestione el sistema. Faltaría más. Y no estaría sometido a canon.

    Pero hoy en día, se comercializan PC's, publicitándolos con una gran capacidad de almacenamiento...1Tb, 2Tb... etc... Pero no en un único disco, si no en un disco maestro y en un esclavo o más de uno. Y el esclavo sí está sometido a canon. Y te lo cobran. Puedes preguntar en cualquier comercio informático.

    En cuanto al propio servidor FTP, y las licencias, sé perfectamente que hay variedad de ellas, como GPL y demás... Lo de CC era un ejemplo, válido para explicarlo. No era transcendente.

    Creo que es suficiente para explicar mi idea. Podría ser muc

  • Hummun
    #25 Vota Vota

    0 i Hummun 22-07-2010 00:51

    Podría ser mucho más radical incluso, pero no es necesario.

    Igualmente, es innecesaria tanta noticia y tanto bombo que le dan los medios de comunicación al hecho de compartir lo que uno tiene, con aquellos a los que uno aprecia. Sin embargo, muchos medios de comunicación, ( prensa, radio, televisión, y demás ), se empeñan en meter a todos los que comparten algo en la red, con o sin derechos de autor, en el mismo saco. Todos somos piratas.

    Reproducen una y otra vez la denominación preferida por aquellos que defienden su derecho a compensar económicamente la difusión de una obra, y lo hacen por un motivo.

    Dichos autores, son una fuente muy importante de ingresos para ellos. Cada vez que se habla, escribe, o retransmite acerca de la obra o cualquier situación que acontezca respecto de un autor, se rellena un espacio, y se vende, o se complementa dicho espacio, con otro espacio en el que se publicita cualquier cosa, tenga o no que ver con dicho autor.

    Los medios de comunicación depredan cualquier acontecimiento, acto o situación y lo explotan, vendiendo el soporte en el que va reflejado, o vendiendo espacio publicitario.

    Por ello muchos medios, y en particular muchos que se hacen llamar periodistas, (y se lo creen), inciden en el susodicho término, piratería, englobando a todos los que tienden a compartir algo en la red, haya lucro o no lo haya.

    No son más que voceros, que repiten, una otra vez, el soniquete, usado por aquellos que les proporcionan un medio de vida...

    Por el interés te quiero Andrés.

    Ni caso... Cada vez que a algún espabilado le da por decir que tiene la piedra filosofal para acabar con la la copia y con la compartición de obras en la red, solo está vendiendo un producto. Y la historia tarde o temprano, les demuestra, que ante una acción hay una reacción... Y si no que les pregunten a los ideólogos del DRM.

    Pero hay mucho arrejuntaletras, que de esto sabe lo que lee, lo que oye o lo que se rumorea, y que enmarcándolo en un gran titular, ya cree que se ha ganado las habas. De estos, casi todos los medios escritos disponen de uno.

    No entro a debatir, si lo hacen conscientes o no de su condición, pero el hecho es que los hay.

    Un saludo.

  • juancasas
    #26 Vota Vota

    0 i juancasas 22-07-2010 06:05

    Hola, he leído todos los comentarios y me ha encantado la polémica. De a ratos me convenzo de que uno tiene razón y de a ratos creo que la tiene otro que lo contradice.

    Yo tengo una pregunta y les pido que me la respondan. Será muy útil para mí porque de la respuesta decidiré cómo proseguir con las Noticias que recojo en la Prensa Digital para mi Plog.

    Hace tiempo dejé de copiar de los diarios digitales porque me han ahuyentado con su amenazas de pleito ("Avidos Legales"), y ahora tomo las noticias de Creative Commons (preferentemente las que admiten propósito comercial en la reproducción).

    El artículo de Público que ustedes comentan, por ejemplo, lo leí en http://search.creativecommons.org/ y pensaba colgarlo en mi Blog. Pero...

    si bien lo estoy copiando de una página que dice ser CC, la nota proviene de Público que tiene el "Aviso Legal" amenazante.

    Entonces: ¿Lo puedo copiar?

    Francamente, me da miedo de que Público alguna vez me enjuicie (especialmente si logro vender alguna publicidad que me permita rentabilizar el blog). Sería suficiente, en tal caso, que yo alegue que la noticia estaba en CC Search. ¿O me responderán que alguien la puso allí sin permiso y que yo debí hacer caso del Aviso Legal?

    Yo no vivo en España y mi servidor está en EEUU,¿eso incide de alguna manera?

    Espero sus respuestas y cualquier comentario que me arroje luz sobre este tema.

    Gracias

  • Doraemon
    #27 Vota Vota

    0 i Doraemon 22-07-2010 10:23

    Hummun: no es que lo defienda, pero para nada es irrelevante el soporte o el medio en que se comunique una obra. Me refiero al plano legal; la LPI define la comunicación pública como "todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas". Es decir, legalmente NO ES LO MISMO prestarse libros entre un grupo de personas (un club de lectura) y dejar que cada uno lo lea su ejemplar, que leer el libro en voz alta a todos ellos. El soporte o medio en que se haga la 'transmisión' de la obra importa, y mucho. Tampoco es lo mismo copiar una peli a 20 personas y regalarles el CD a cada uno, que emitir la peli en streaming para que 20 personas la vean. Será todo lo estúpido que quieras, pero nuestra ley es así. Lo de enviar el enlace es lo de menos (sea correo electrónico o en una web abierta), porque publicar el enlace no es lo delictivo en ningún caso, sino que sólo puede serlo en algún caso transmitir (comunicar) la obra en sí. Personalmente ya te digo que no vería ilegal nada de lo que propones, como tampoco lo es el p2p. Pero la diferencia es que la interpretación de qué puede ser o no comunicación pública en ciertos casos es peliaguda y para nada es algo trivial. En el caso del p2p ya se ha dictaminado judicialmente que no existe comunicación pública. En el caso de colgarlo en un FTP ya no lo tengo tan claro y no pondría la mano en el fuego; en cualquier caso da igual que el disco donde estén los datos esté en tu casa y sea privado: la comunicación se hace a una pluralidad, los cuales acceden desde fuera de tu casa, y eso es lo que cuenta en este tipo legal. De todas maneras si lo que quieres es demostrar que es imposible frenar legalmente la copia por internet, no sólo ya tenemos el p2p que es legal, sino que en lo mismo que dices tu, basta con que envíes por correo electrónico el disco en vez del enlace sin necesidad de ningún FTP, y ya está, y ahí sí que no hay ni comunicación pública ni leches, y eso sí que es inatacable legalmente, no sólo por el hecho de que puedan demostrarlo o no sin invadir tu privacidad, sino porque en sí no hay nada ilegítimo.

    "Si no hay lucro, no hay delito, ni penal ni civil.". Esto es falso. La concurrencia del ánimo de lucro es una condición necesaria para la apreciación del delito penal, pero no para el civil. Ley en mano no puedes representar una obra de teatro de un autor aunque no cobres, ni poner un disco en una verbena o en una discoteca si no pagas, aunque no ganes nada y sea un acto gratuito. Porque la comunicación pública de una obra es un derecho reservado al titular de esa obra, y éste puede demandar una compensación por toda comunicación pública que se haga de su obra (no es que lo defienda, es lo que dice la ley, ojo). Si pones un disco en una fiesta sin permiso del autor (o sea, sin pagar a la SGAE) no te pueden meter en la cárcel porque no hay delito penal si no hay ánimo de lucro, pero sí te pueden demandar por lo civil y exigirte una compensación, sólo por el hecho de hacer una comunicación pública de una obra.

    Lo del PC... normalmente cuando se vende nuevo tienen un único disco duro, más o menos grande, y no un segundo disco. Más que nada porque aparte del ahorro de espacio y mano de obra de tener un único disco, siempre es más barato un disco de capacidad 2X que dos discos de capacidad X. Sólo se usan segundos discos internos cuando se te queda corto lo que compraste y tienes que ampliarlo. Pero vamos, dices en la tienda que es para reemplazar el primero y tampoco pagas ;) Los discos externos son otra cosa; ahi interesa comprar por separado la carcasa y el disco para que éste puedas comprarlo como maestro y no pagar el canon. O bien comprarlo por internet en el extranjero, claro, y tampoco pagas.

  • Hummun
    #28 Vota Vota

    0 i Hummun 22-07-2010 22:43

    Doraemon:

    Un placer debatir contigo. Siempre se aprende algo.

    Sigo diciendo que tienes razón, en lo que respecta a la comunicación pública en el entorno en que lo planteas.

    Solo se puede producir una comunicación pública en un entorno en el que cualquier persona puede acceder a dicha comunicación. Es decir, solo puede haber comunicación pública en un entorno público.

    Una fiesta en un entorno privado, por ejemplo, una fiesta familiar en el jardín de tu casa es un entorno privado y una comunicación pública hacia los invitados a la misma. Amenizarla con música, no es penable ni por lo civil ni por lo penal.

    Y ningún propietario de los derechos de autor te puede reclamar nada.

    Aunque la musica sobrepase los límites de tu entorno privado.

    Otra cosa es que algún vecino se queje del volumen de la misma o de tu gusto musical. En algún país hasta te pueden demandar por tortura psicologica si siempre repites la misma canción y se escucha fuera de los límites de tu propiedad.

    Pero esto último no viene al caso.

    La ley distingue precisamente lo que es una comunicación pública de una comunicación privada. Y lo distingue precisamente por el ámbito en el que se realiza.

    La ley tambien distingue entre lugar público y lugar privado.

    El problema, en el ámbito de internet, radica en qué es público o privado.

    Todo aquello que se publicita, al igual que en el mundo real, pertenece al entorno público de la red.

    Los espacios compartidos por cualquiera que acceda a ellos, tambien se integran en la parte pública de la red.

    Caso del irc, los grupos abiertos en el entorno de la mensajería instantanea, etc...

    Como bien dices el P2P se desarrolla en un entorno privado, pero tal y como han legislado algunos paises, en el caso de Napster, Kazaa, y otros muchos, se han visto demandas simplemente por disponer de archivos en un espacio compartido de un disco duro... Y han sido millonarias las sanciones en algunos casos.

    Un enlace en sí, aunque sea público, no es más que una dirección que indica que algo está depositado en algún lugar.

    Los enlaces P2P apuntan a un servidor, en el que no se halla depositado archivo alguno, pero que conoce exactamente donde se halla o hallaba en algun momento, parcialmente o en su totalidad el objeto buscado.

    Tampoco debería ser delito el conocimiento de las cosas, sin embargo los legisladores consideran en algunos casos que eso debería ser considerado como tal. Es el caso de Suecia y The Pirate Bay.

    La legislación sueca obligó a los propietarios de dicho servicio a radicar sus servidores fuera del ámbito territorial sueco, pero siguen siendo perseguidos.

    En cualquier caso, si bien en un priincipio, por temor de los usuarios, se consiguió que las descargas disminuyeran, hoy en día, ha vuelto a producirse un incremento importante ante la visión de que la justicia es incapaz de contener y ni tan siquiera investigar tal movimiento de información y de tránsito de objetos como pulula por la red.

    En Francia se aprobó la Ley Hadopi. Más de lo mismo... Los primeros en objetar han sido los operadores de red y los ISP. La caída del mercado de las telecomunicaciones sería brutal. Consecuencia, los usuarios han vuelto a lo suyo, subir y bajar archivos.

    En el mundo anglosajón, pasa más o menos lo mismo. Tan solo Irlanda ha aprobado una ley bastante dura... pero ya se temen, que de llevarla a su aplicación, haría que buena parte de los servidores allí ubicados se trasladasen a otro lugar y que los usuarios cancelasen la suscripción a la banda ancha.

    Es el principal problema de los Gobiernos...o son permisivos, o toda esa inversión multimillonaria en red y equipos no serviría para nada.

    El mercado publicitario decaería, y los medios de comunicación en el ámbito de la red se vendrían abajo.

    Para enviar un correo electronico no se necesita banda ancha. para una videoconferencia tampoco. Puedes hacerla en el entorno de la telefonía movil.

    Para transmitir un fichero pesado, tardarías un poco más... pero la gente ya había vivido sin ello, antes de internet, y no había tanto problema.

    La red se quedaría para los organismos gubernamentales, y para los adictos a ella.. pero la gente común podría prescindir de ella.

    No es algo fundamental para vivir.

    Pero si para negociar.

  • Hummun
    #29 Vota Vota

    0 i Hummun 22-07-2010 22:45

    Si no hay clientes no hay negocio. Más dinero tirado al río...

    Esto es solamente una pequeña parte de lo que ocurriría...

    En cuanto a los PC's, DD maestros o esclavos, tambien tienes razón...

    Darle la vuelta a la ley y mirarla desde atrás siempre ha sido util para eludirla o cuando menos para circunvalarla.

    El caso de los DD es precisamente gracioso... Tan sólo es necesario como bien dices alegar que es para sustituir a otro maestro para que el canon no se aplique. Pero, como siempre los lobbies presionan y los fabricantes tambien juegan a circunvalar la ley y sacarle provecho.

    Lo recaudado por canon en DD no se ingresa automaticamente ni en Hacienda ni en ninguna entidad de gestión sino que se realiza una liquidación cada cierto tiempo...

    El intervalo de tiempo es muy importante para los recaudadores, ya que durante ese intervalo disponen de una cantidad de dinero que no les corresponde pero a la que le pueden sacar un rendimiento...Depositos a corto plazo.

    Se obtiene un beneficio sin tener ningún gasto... Y tributas por los beneficios.

    Pero no has arriesgado nada.

    Por eso, les interesa vender DD con canon.

    Al venderlos por separado se tropieza con el aspecto circunvalante de los clientes, quienes no tienen que entregar un disco maestro a cambio del adquirido nuevo y de esa manera justificar su uso como maestro.

    Pero pueden vender ordenadores con más de un disco, y recaudar un canon por ello... Puro negocio.

    Hay una ley de proporcionalidad en el mundo gafe. Cuantas más partes móviles tenga un artefacto, más probabilidades hay de que una de dichas partes falle.

    Ventas por reposición. Más negocio.

    Todo es negocio... y nosotros, los que pagamos directa o indirectamente todo ese negocio.

    Si la gente se limitara a escuchar la radio, en lugar de adquirir la música para disfrutarla en el lugar y en el momento que más le guste, no habría tanto follón, y los autores tendrían que trabajar más para ganarse el sustento.

    Además se verían forzados a la movilidad, y a venir a contentar al oyente.. si quiere ganarse un euro.

    Habría más conciertos, y la gente distinguiría mejor, quien es bueno y quien no.

    Tanto sampleo en la música y en la voz, tan poca imaginación a la hora de escribir, tanta versión cover, aunque sea hecha por el famosillo o la famosilla de turno, les ha vuelto vagos y avariciosos. La venta a distancia tambien les ha aportado grandes beneficios a lo largo de decenios.

    Pero la gente se ha cansado de pagar por lo mismo y se las ha ingeniado para circuvalar tanto gasto...

    Y eso a los avariciosos los ha puesto en pie de guerra.

    Siempre he considerado a los artistas, escritores en su mayoría,( de estos ultimos, a muchos no los considero como tal ), musicos y faranduleros, las cigarras de la sociedad y a esta última el hormiguero al que poder extraer las migajas del sustento.

    Existen cigarras en todos los ámbitos de la sociedad, y es el precio que hay que pagar muchas veces por acomodaticios, pero a veces tambien se las expulsa cuando se propasan en el saqueo.

    Un saludo.

  • Doraemon
    #30 Vota Vota

    0 i Doraemon 23-07-2010 10:02

    Sí, claro, con lo de la fiesta me refería a una fiesta en un lugar público. Obviamente por poner un disco en tu casa no tienes que tener permiso ni pagar aunque lo escuchen mil personas (aunque no me extrañaría que algún día los ramoncines lo reclamaran...). Un caso que se deduce de nuestra ley en esto es el absurdo de que si eres rico y tienes una mansión o un jardín y puedes hacer en él una boda, ya puedes poner cuanta música quieras que nadie te podrá pedir compensación, porque estás en tu casa. En cambio si tienes que acudir a un local contratado, ahí sí que tienes que pagar por poner música, ya que el local es público, y eso aunque el acceso esté restringido a los invitados y te lleves tú tus propios discos... si tienes mala suerte puede pasar por ahí un detective de la sgae, y te tocará pagar, ya que no es tu domicilio. Tengo mis dudas de si tampoco puedes usar un equipo reproductor sin auriculares en una habitación compartida en un albergue, pero en principio es algo que creo que no puedes hacer... el absurdo de nuestra ley es tremendo.

    Lo de que el irc o el p2p sea un 'lugar' público o privado importa menos. Obtener ficheros por esas vías, como es un intercambio directo entre personas únicas a las que se les transmite la copia y no se les 'reproduce', no es comunicación pública sino copia privada. Y para la copia privada da igual que el lugar donde se haga la copia sea público o privado, sólo importa que el DESTINO de la copia sea el uso privado.

    Lo de los problemas legales de TPB y otros son en otros países que tienen otras legislaciones que no conozco, luego no te podría decir gran cosa.

    Lo que está claro es que tanto en España como en el resto de países, la legislación está anticuada, porque usa figuras que tienen sentido en el ámbito de la imprenta y el cassette y no hoy, donde para aclarar qué se está haciendo se han de poner comparaciones con lo podría ser equivalente en el mundo tradicional de la actividad en las redes. En el mundo digital no tiene sentido que en el mundo anglosajón todavía el autor tenga derechos exclusivos de 'copia' y no puedas en teoría ni mover un fichero de un disco duro a otro si tiene derechos porque eso supone copiar, o que aquí en España se distinga entre 'copia' y 'comunicación' cuando en internet son exactamente lo mismo.

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Generado: 2012-05-28 22:23:31