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Redes gratuitas de la mano delos ayuntamientos

B. S.

No es la primera vez que la CMT regula en favor del acceso común a redes WiFi. Este organismo se pronunció el pasado abril sobre los requisitos que tenían que cumplir las administraciones interesadas en ofrecer redes WiFi gratuitas. Tras una resolución en la que la Comisión impuso al Ayuntamiento de Málaga una histórica multa de 300.000 euros por ofrecer WiFi gratis a sus vecinos, la CMT publicó los requisitos que tenían que cumplir todos los consistorios. Para que un ayuntamiento ofrezca WiFi gratis sin límite de tiempo está obligado a inscribirse en el registro del regulador, excluir de la cobertura de la red edificios de viviendas u oficinas y limitar la velocidad a 256 Kbps. La primera de las condiciones fue la que incumplió el Ayuntamiento de Málaga y, según lo que reconoció la propia CMT, era el problema más habitual con los consistorios.

Las administraciones están obligadas a orientar las antenas hacia lugares públicos, de forma que no se facilite el acceso a internet a las viviendas cercanas. De cualquier forma, la CMT puntualizó que, con la proliferación de este tipo de servicios públicos, era probable que alguna vivienda pudiera tener acceso a internet de forma aislada.

Las operadoras siempre se han mostrado en contra de que los ayuntamientos puedan ofrecer WiFi públicos a sus ciudadanos. Estas entienden que este tipo de servicios dificultan el desarrollo de una oferta privada competitiva al entender que el acceso gratuito a una red, aunque fuera en una zona limitada, creaba barreras para la contratación de nuevas líneas. Este fue uno de los motivos por los que la CMT introdujo el máximo de 256 Kbps.

El regulador entendió que esta velocidad era suficiente para la navegación, pero que no suponía una competencia real para la oferta de las operadoras en redes fijas o móviles. Para los consistorios interesados en ofrecer a sus ciudadanos una velocidad superior a esos 256 Kbps, la CMT establecía nuevos requisitos, como la necesidad de constituirse como una empresa independiente. Siguiendo algunas de las alegaciones planteadas por las operadoras a este tipo de servicios, la CMT especificó que los consistorios no podían financiar con dinero público una oferta que pudiera competir con el desarrollo de nuevas redes privadas.

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