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Los nuevos enemigos de la ley 'Sinde'

El Ministerio de Cultura estudia rectificar el reglamento de la norma antidescargas por las 'contradicciones' recogidas en los informes del Consejo Fiscal y del Poder Judicial

JESÚS MIGUEL MARCOS

'Hay un dicho catalán que le viene como un guante a la ley Sinde: Arrancadas de caballo y paradas de burro'. Lo cumple completamente'. Lo dice el abogado Josep Jover y no es para menos: meses y meses después de que se empezara a hablar de la polémica norma, aprobada sobre la bocina junto a una disparatada enmienda del PP y con el rugido de una descomunal avalancha de críticas de fondo, han llegado las dos instituciones judiciales que deben pronunciarse sobre su viabilidad y han destapado importantes incoherencias.

Tanto el Consejo Fiscal como el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) advierten de lo de siempre principalmente, que el enlace no vulnera la propiedad intelectual, pero con algunos sorprendentes añadidos.

'Tenemos que modificar algunos aspectos', señalan fuentes de Cultura

Sus informes, de carácter no vinculante, han encendido las alarmas en el Ministerio de Cultura, que ya está estudiando modificar el borrador del reglamento de la norma antidescargas. 'Los informes son básicamente positivos, pero sí que hay puntos que nos indican que tenemos que modificar algunos aspectos', señalaron ayer a Público fuentes de Cultura.

Sin embargo, una lectura detenida a los papeles de las dos instituciones descubre aspectos que ponen en cuestión la naturaleza exprés del procedimiento con el que la ley Sinde pretende cerrar páginas de enlaces.

«Se tendrá que replantear todo», analiza el abogado David Maeztu

El proceso administrativo no puede enjuiciar delito

En primer lugar, el Consejo Fiscal deja bien claro que, si a la sección segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual, que será la que decida el cierre de webs que vulneren los derechos de autor, llegan hechos 'constitutivos de delito', esta debe denunciar el caso ante las autoridades competentes. 'La comisión, que es un órgano administrativo, se verá obligada a remitir el caso a un juzgado de lo penal, con lo que el proceso previsto por la ley Sinde, que es cerrar webs por la vía rápida, se desarmaría', explica el abogado especialista en propiedad intelectual David Maeztu.

El reglamento no exige formación jurídica para la sección segunda

El Consejo Fiscal hace referencia expresa al artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que sería el procedimiento a seguir a partir de ese momento. 'Esto es definitivo y les obliga a replantearse todo, porque no van a conseguir la efectividad que quieren', añade Maeztu.

La extraña composición de la sección segunda

Javier de la Cueva: 'Esto demuestra que la ley Sinde' es una ley política'

Pero los agujeros negros del reglamento de la ley Sinde no terminan ahí: al Consejo Fiscal, que hizo público su informe este sábado, le ha extrañado mucho la composición de la ya famosa sección segunda. El reglamento no exige que los miembros de esta comisión tengan formación jurídica, sino solamente que sean funcionarios 'con titulación superior que reúnan conocimientos específicos acreditados en materia de propiedad intelectual'.

Según el informe del Consejo Fiscal, 'atendida la naturaleza relativamente compleja y la trascendencia de tales funciones de la misma, con incidencia directa en el marco jurisdiccional y consecuencias ejecutivas para los derechos de los ciudadanos, sería deseable asegurar una adecuada formación jurídica de los miembros de la referida sección'.

El CGPJ recalca que los enlaces no vulneran los derechos de autor

'Es una chapuza técnica', sostiene el abogado especializado en propiedad intelectual Javier de la Cueva. 'Esto demuestra que la ley Sinde es una ley política y no jurídica, que en realidad lo que busca es el control de internet. Lo que menos les importa es si vulnera la propiedad intelectual. No tiene sentido que la sección que tiene que valorar si se comete una infracción no tenga conocimientos jurídicos', añade.

La famosa sección segunda, que hasta cuenta con un grupo de detractores en Facebook, estará compuesta por el subsecretario del Ministerio de Cultura (o la persona en la que este delegue), que ejercerá la presidencia, y por cuatro vocales en representación de los ministerios de Economía y Hacienda, Industria, Turismo y Comercio, Presidencia y Cultura.

A ninguno de estos funcionarios se les exige conocimientos en Derecho, todo lo contrario que a los miembros de la sección primera. Según el Consejo Fiscal, para estos miembros 'se establecen condiciones mucho más exigentes, en cuanto se les requiere la cualificación de expertos de reconocida competencia en materia de propiedad intelectual', a lo que se añade de manera expresa la valoración adicional de su experiencia y conocimiento en los ámbitos del derecho económico y de la competencia, y mercado audiovisual y de las comunicaciones electrónicas'.

Es improbable que los procesos se inicien antes de las elecciones

Lo más curioso es que, como dice el propio Consejo Fiscal, la sección primera es un órgano de mero arbitraje, un mediador, mientras que la labor de la sección segunda opera en 'un marco sustantivo y procedimental de estricta dimensión jurídico-pública, debiendo llevar a cabo tareas de calificación jurídica, admisión, depuración y apreciación de pruebas', entre otras tareas de carácter judicial.

La sección primera está compuesta por dos catedráticos y un profesor titular de Derecho. Según Javier de la Cueva, es la constatación de que 'se quieren aplicar criterios políticos y no jurídicos'. 'La sección primera es una mediadora, con que fueran personas sensatas y con carisma sería suficiente, porque de lo que se trata es de que dos partes lleguen a un acuerdo. No necesitan conocimientos de derecho, pero se los exigen. Y a la sección segunda, que va a manejar contenidos jurídicos, no se le exige', denuncia el abogado.

Los enlaces no vulneran la propiedad intelectual

Por enésima vez, los enlaces vuelven al centro del debate y el informe del CGPJ se pronuncia con contundencia: 'Conforme al sentir de la mayoría de la doctrina y de la jurisprudencia menor que ha recaído sobre el tema, no se les puede atribuir una vulneración de derechos de propiedad intelectual por más que las páginas o contenidos a los que enlacen hayan sido ilícitamente subidos a la red en origen, ya que en rigor los enlazadores no estarían reproduciendo, comunicando públicamente ni efectuando en suma una conducta que pueda ser calificada como de explotación de derechos de propiedad intelectual'.

Para esquivar la invulnerabilidad del enlace, se creó la sección segunda, un órgano administrativo que identifica a los presuntos infractores de los derechos de autor y deja al juez en un lugar secundario del proceso. Sin embargo, este procedimiento sigue generando muchas dudas entre los expertos. 'Por ejemplo, si hay que identificar al administrador de una página web de enlaces, la ley Sinde establece que debe ser un juez el que solicite esa información al proveedor de internet. Pero el juez puede decir: oiga usted, no puedo pedirle que se identifique porque esta página no está cometiendo ninguna infracción', explica David Maeztu.

Una vez concluya las modificaciones que crea convenientes, el Ministerio de Cultura enviará el borrador del reglamento al Consejo de Estado, el último escollo para que la ley Sinde entre en vigor. Dado que el dictamen del consejo puede tardar entre 15 días y un mes, es improbable que los procesos se inicien antes de las elecciones. Cuando la ley Sinde comience a aplicarse, Sinde ya no estará allí.

¿Invalidan estos informes el reglamento?

No. Los informes del Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial funcionan como indicadores consultivos, pero no son vinculantes. Ahora es labor del Gobierno adecuar el reglamento a sus recomendaciones. Sin ser de obligado cumplimiento, sí que podrían ser tenidos en cuenta en los procesos judiciales futuros.

¿Qué es la sección segunda?

Se trata de una nueva instancia en la Comisión de la Propiedad Intelectual, que se encargará de dirigir el proceso de cierre de webs que vulneren los derechos de autor. Este órgano administrativo tendrá el papel principal en el procedimiento, dejando la figura del juez en un segundo plano. El informe del Consejo Fiscal critica que en el borrador del reglamento de la ley Sinde' a los miembros de esta sección no se les exige formación jurídica.

¿Cuál es el siguiente paso?

Una vez termine de estudiar los informes del Consejo Fiscal y el CGPJ, el Ministerio de Cultura enviará el borrador del reglamento al Consejo de Estado, último escalón antes de que ser aprobado en el Consejo de Ministros. 'Aunque tampoco es vinculante, es el informe más relevante, ya que es el cuerpo jurídico por excelencia', apunta Javier de la Cueva.

¿Cuándo se iniciarán los procesos?

Una vez el Consejo de Ministros apruebe el reglamento, el Gobierno designará a los miembros de la sección segunda. A partir de ese momento, la sección comenzará a recibir denuncias y la ley Sinde' se aplicará.

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