Público
Público

El sistema informático que explica
el surrealista 'no fichaje' de De Gea por el Real Madrid

El registro en la sede de LaLiga se produjo a las 00:28 horas. Cualquier fichaje internacional tiene que quedar registrado en el sistema de transferencias de la FIFA (TMS) y el Real Madrid intentó acceder a él a las 00:02 horas, fuera de tiempo. En anteriores ocasiones, nunca se permitió a los clubes inscribir a jugadores fuera de plazo.

De Gea hace una parada en un partido amistoso de verano entre el Manchester United y el Barcelona. /AFP

MADRID.- Estrambótico, sorprendente, surrealista... Cualquier adjetivo sirve para calificar lo vivido en la operación de David De Gea con el Real Madrid. Traspaso que, con todo acordado y cerrado entre Real Madrid y Manchester United, no le permite al portero poder vestirse de blanco y sentirse como nuevo jugador madridista. A día de hoy y, salvo sorpresa, no podrá serlo hasta la nueva apertura del mercado de fichajes prevista para el 1 de enero de 2016. O, en el peor de los casos, habría que esperar hasta el 30 de junio próximo, fecha en la que expira el contrato de David de Gea con el conjunto inglés.

La pregunta es: ¿Cómo es posible que estando firmado el acuerdo entre los dos clubes, el del Real Madrid con el jugador, la operación no se haya dado por válida? La respuesta es sencilla, ese contrato o el Certificado Internacional que lo valida llegó tarde a la sede de la LaLiga, organismo responsable de validarlo, bastantes minutos después de la hora límite establecida para el cierre del mercado que estaba fijada a las 24:00 horas. Estaba fuera de plazo, lo que invalida su inscripción como nuevo jugador del Real Madrid. El club blanco ha explicado que intentó introducir los datos de De Gea a las 00:02 horas en el TMS y ya no pudo acceder. Aun así, recibió una invitación a las 00:26 para meter los datos y entrega en ese momento la documentación a la LFP, aun sabiendo que ya está fuera de plazo.

La pregunta que surge ahora es: ¿Qué puede hacer el Real Madrid? ¿Puede recurrir esta decisión y ante quien? Legalmente, y tal y como recoge el Reglamento sobre el Estatuto de Transferencia de Jugadores de FIFA, el conjunto blanco tiene la opción de poder recurrir en primera instancia ante el Juez Único de la Comisión del Estatuto del Jugador de la propia FIFA y, en último lugar también ante el propio Tribunal de Deporte (TAS), la última instancia de la justicia deportiva internacional. Sin embargo, el club blanco ya ha anunciado que no recurrirá ante ninguna instancia.

La segunda pregunta que surge es: ¿Hay posibilidades de que le puedan dar la razón probando que el contrato estaba firmado por las partes antes de las doce de la noche? La clave y la respuesta está en la hora en la que ambos clubes completaron el TMS y se generó el Certificado de Transferencia Internacional, requisito indispensable de FIFA sin el cual no se puede dar validez a ninguna operación internacional donde estén involucradas dos asociaciones distintas.

Y ahí, el Real Madrid ha explicado que el "Manchester United introdujo en el TMS los datos de la operación de David de Gea, no así los de Keylor Navas, a las 00:00 hora española, remitiendo simultáneamente al Real Madrid los contratos de transferencia firmados. El Real Madrid recibe esa documentación completa a las 00:02 e intenta acceder al TMS pero este ya se encontraba cerrado".

¿Qué son el TMS y el CTI?

El TMS es un sistema de correlación de transferencia de jugadores vigente en el Reglamento FIFA desde el 1 de octubre de 2010 y obligatorio para todas las transferencias internacionales entre jugadores profesionales de fútbol. Los dos clubes implicados están obligados a rellenarlo dado que, una vez completado correctamente en su totalidad, se genera el CTI o Certificado de Transferencia Internacional que permite al jugador poder ser inscrito con su nuevo club en la nueva liga. Mientras el club comprador o la nueva asociación donde va a jugar el futbolista no tenga este CTI que el propio sistema genera una vez que toda la documentación aportada es correcta, la operación no tiene validez alguna.

Todo este proceso que puede parecer farragoso está perfectamente explicado en el artículo 8 del Anexo 3 del propio Reglamento FIFA relativo al procedimiento administrativo para la transferencia de profesionales entre ambas asociaciones.

En este artículo 8 y dentro de su apartado uno se describe el procedimiento que se debe seguir en toda operación como la que tenían previsto realizar Manchester United y Real Madrid. Siguiendo las directrices del citado artículo, y como ya exponíamos anteriormente, “todo jugador profesional perteneciente a un club afiliado a una asociación únicamente podrá inscribirse en un club a otra asociación una vez que la anterior, en este caso sería la inglesa, haya entregado el CTI (certificado de transferencia internacional) y la nueva asociación haya confirmado la recepción del mismo.  El CTI se tramitará exclusivamente a través del TMS. No se reconocerá ningún CTI que no haya sido creado por el TMS”. Este vídeo de la FIFA explica con detalles en qué consiste el TMS:

LaLiga solo puede inscribir jugadores si posee el CTI

Una vez que queda bien claro que sin este Certificado Internacional generado por el Sistema de Transferencias de jugadores es imposible inscribir a ningún jugador; conviene saber qué pasos deben dar para conseguirlo los dos clubes implicados en la operación.

Siguiendo con el modus operandi establecido en el punto uno del artículo 8 del citado reglamento, la nueva asociación, en este caso la española y el propio Real Madrid, es quien solicita el CTI a través del TMS y es la asociación anterior, en este caso la inglesa y el propio Manchester United, quien carga en el TMS una copia del pasaporte de jugador para crear el CTI para la nueva asociación.

La siguiente pregunta que surge entonces es: ¿Y qué documentación debe incluirse dentro de este sistema de transferencias FIFA? Como bien recoge el propio reglamento, debe estar incluidos documentos como la copia del contrato entre el nuevo club y el jugador profesional; la copia del contrato de transferencia firmado entre el nuevo club y el club anterior; una copia del documento que certifique la identidad, nacionalidad, fecha de nacimiento del jugador o una copia del documento que certifica la fecha de finalización del último contrato del jugador y el motivo de la terminación. Toda esta documentación se carga en el programa informático de FIFA TMS.

La hora de carga del TMS, clave en la operación

Y la tercera y última pregunta: ¿Hasta cuando tienen de tiempo los clubes implicados para poder formular toda esta operación del TMS que genera el Certificado Internacional? Pues como bien recoge el apartado 2 del mismo artículo 8 esto “debe coincidir durante uno de los períodos de inscripción establecidos por dicha asociación”. Es decir todo debe estar perfectamente cargado dentro del sistema antes de que finalice el plazo de inscripción, en este caso antes de las doce de la noche de ayer 31 de agosto del 2015.

Algo que no sucedió en este caso. Si bien, el Manchester United sí introdujo los datos de De Gea a las 00:00 horas, no ocurrió lo mismo con los de Keylor Navas. Y el Real Madrid ya no pudo acceder al sistema a las 00:02 horas, cuando lo intentó.

Como decimos, sólo en el caso de haberse realizado completamente todo antes del minuto 1 del 1 de septiembre, entonces la operación de David De Gea podría tener validez aun habiendo enviado la documentación a la sede de LaLiga minutos más tarde de las doce de la noche. Si bien, la documentación no se cargó totalmente en el TMS hasta cerca de las doce y media de la noche.

Los precedentes, en contra del Real Madrid

Visto que tiene todas las de perder, el Real Madrid ha decidido no presentar ningún recurso para poder inscribir a De Gea. Además, los precedentes tampoco le favorecen. El caso más reciente le sucedió al Eibar en el pasado mercado de invierno. Un error administrativo a la hora de completar el TMS impidió al equipo eibarrés conseguir la cesión del jugador del Liverpool Rafa Páez. Si bien el club decidió recurrir ante FIFA; el Juez único dictaminó que no era posible porque la documentación había sido remitida fuera de plazo.

Pero existen muchos otros casos con clubes españoles. Otro muy conocido fue la operación de Javito al Deportivo de la Coruña. El jugador español llegó al Deportivo en el mercado de invierno del 2010 procedente del Aris de Salónica. Una serie de despropósitos a la hora de completar el TMS por parte de ambos clubes propició que el sistema se bloqueara y el jugador no pudo ser inscrito. El Deportivo de la Coruña decidió también recurrir ante el Juez Unico de la Comisión del Estatuto del Jugador solicitando el transfer, petición que fue denegada tres meses después.

Y un tercer caso afecta al Real Valladolid y el jugador William Ferreira. Todo sucedió en enero de 2011 cuando el equipo vallisoletano trató de ficharlo procedente del Bolivar boliviano. También un problema con el TMS impidió su fichaje. El club pucelano llegó incluso a denunciarlo ante el TAS que desestimó la petición de club español.

Así pues parece claro que el Real Madrid tiene complicado cualquier vía de recurso ante la FIFA como ante el TAS, más si se confirma que el TMS no registró la operación hasta pasadas las doce de la noche hora española. Independientemente del horario existente en Inglaterra. Ahora falta saber la vía que adoptará el conjunto blanco y si estará dispuesto, llegado el caso, de acudir a la última instancia deportiva como es el TAS.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?