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Los afectados por las cláusulas suelo niegan que la devolución del dinero cree riesgo de insolvencia a la banca

"Lo máximo que puede ocurrir es que las entidades financieras reduzcan su beneficio pero no un riesgo de insolvencia", asegura un abogado. El Tribunal Supremo español ya declaró nulas estas cláusulas al considerarlas abusivas. 

Protestas de afectados por la cláusula suelo. / Archivo.

EFE

LUXEMBURGO.- La defensa de afectados por las cláusulas abusivas de sus hipotecas abogaron este martes en una vista oral en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por que se les devuelva todo el dinero que perdieron por su aplicación, y afirmaron que esto no causa un riesgo sistémico a la banca.

El letrado Daniel Pineda Cuadrado, en defensa de Francisco Gutiérrez Naranjo en su caso contra BBK Cajasur, recordó que en este proceso no se valora si las cláusulas en cuestión son o no abusivas, ya que el Tribunal Supremo español ya las consideró como tal y las declaró nulas en su sentencia del 9 de mayo de 2013.

Pese a esto, y para evitar un impacto en la banca, el Tribunal Supremo español determinó que las entidades no devolvieran el dinero cobrado antes de que se dictase la sentencia, una decisión que la defensa cuestiona.

El abogado señaló que las cláusulas, al ser nulas, conllevan un "principio de no vinculación" del consumidor con sus condiciones, por lo que afirmó que la devolución del dinero que dejaron de percibir por su aplicación debería aplicarse "desde el principio y hasta el final".

Sobre el argumento de que esto causaría trastornos graves, el letrado afirmó que "no existe riesgos graves (...) y la devolución de entre 4.000 a 6.000 euros (por afectado) no va a producir un riesgo sistémico".

"Lo máximo que puede ocurrir es que las entidades financieras reduzcan su beneficio pero no un riesgo de insolvencia"

En cualquier caso, Pineda Cuadrado afirmó que "el riesgo de trastornos graves no debe confundirse con la obligación del sistema bancario de devolver unos 5.000 millones de euros que han sido arrebatados a más de dos millones de familias españolas por casi todas las entidades financieras".

"Lo máximo que puede ocurrir es que las entidades financieras reduzcan su beneficio pero no un riesgo de insolvencia. Además no de manera inmediata, sino paulatina, durante años, según los tribunales vayan declarando abusivas las cláusulas", dijo.

El abogado Francisco García Cerrillo, defensor de Emilio Irlés y Teresa Torres contra el Banco Popular Español, criticó la decisión del Tribunal Supremo de establecer unos límites a las devoluciones "amparados en conceptos genéricos, ambiguos como la buena fe o los riesgos de transtornos graves".

Consideró que si bien se argumenta que si la banca sufre perjuicios por las devoluciones, los consumidores también sufrirían consecuencias, también se puede decir que el pago de las cantidades puede tener beneficios económicos.

Incentivo al consumo

"Inyectar cantidades que pueden oscilar entre 5.000 y 6.000 euros conllevaría incentivar el consumo, la posibilidad del ahorro y el cumplimiento correcto de las obligaciones que esos ciudadanos puedan tener con esos bancos", aseguró. "No es por tanto una razón de peso" para limitar las devoluciones, consideró.

Pineda Cuadrado recordó también que "600.000 familias han sido desahuciadas de sus hogares en España cuando muchas veces tuvieron que pagar créditos hipotecarios que contenían cláusulas suelo".

El abogado Francisco Javier Zambudio Nicolás, en nombre de Ana María Palacios, enfrentada con el BBVA, consideró que el Tribunal Supremo español tiene autonomía a la hora de decidir cómo aplicar las normas europeas de protección del consumidor, pero consideró que no en el sentido de limitar los efectos retroactivos.

Recalcó también que la sentencia del Supremo consideraba que las cláusulas suelo eran "engañosas" y "es por tanto un contrasentido (...) que se pretenda amparar en la buena fe la limitación de los efectos de nulidad de la cláusula".

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