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La CNMV multa al Popular con un millón por una infracción "muy grave" en la venta de bonos convertibles

Los inversores en estos títulos llegaron a perder un 81% de su dinero. Desde el banco aseguran que la operativa se ajustaba a la normativa entonces vigente.

Un hombre con un casco de motorista pasa por delante de una sucursal del Banco Popular en Madrid. REUTERS/Susana Vera

PÚBLICO / AGENCIAS

MADRID.- La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha sancionado al Banco Popular con un millón de euros por una infracción "muy grave" en la comercialización de productos financieros entre enero de 2009 y noviembre de 2011. Se trata de una emisión de bonos necesariamente convertibles en acciones con los que los inversores perdieron hasta el 81% de su dinero debido a la caída de la cotización del banco en bolsa.

El banco lanzó inicialmente una emisión de 700 millones en bonos necesariamente convertibles en 2009 para cumplir las instrucciones del Banco de España de reforzar su capital para responder a la crisis financiera, que vendió a unos 22.000 clientes. Los títulos vencían en octubre de 2013; pero  un año antes de esa fecha, y a la vista de que los inversores ya habían perdido un 52%, el banco les ofreció renovar la emisión durante otros dos años con una mejora de los intereses. El 95% de los afectados aceptó esta renovación. Pero el Popular siguió cayendo en bolsa, hasta que las pérdidas alcanzaron un 81% en noviembre del año pasado, cuando se realizó el canje.

La disposición, publicada este miércoles por el Boletín Oficial del Estado (BOE), confirma la multa impuesta mediante orden ministerial en abril de 2015, al considerar que el banco infringió el artículo 79 bis de la Ley del Mercado de Valores, que obliga a las entidades que presten servicios de inversión a mantener "adecuadamente informados" en todo momento a sus clientes por medio de comunicaciones imparciales, claras y no engañosas.

El texto prevé que todos los inversores, incluidos los cualificados, reciban, de manera comprensible, documentación acerca de los riesgos asociados a los instrumentos financieros.

La resolución, firmada por la presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez, únicamente es firme en vía administrativa, lo que ha permitido a la entidad a presentar un eventual recurso ante la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Popular apela al "sesgo retrospectivo"

Banco Popular ha recurrido ante la Audiencia Nacional la sanción y ha pedido la suspensión de esta multa al considerar que existe "sesgo retrospectivo" al aplicar una normativa posterior a los hechos inspeccionados, según han explicado fuentes de la entidad.

El banco presidido por Ángel Ron ha argumentado que la operativa de la entidad cumplía "escrupulosamente" la normativa vigente en el momento de su realización. "La operativa se ajustaba a la normativa entonces vigente y, además, las deficiencias puestas de manifiesto en la inspección han sido corregidas en su totalidad", han subrayado las fuentes.

El presidente del Banco Popular, Ángel Ron, durante su intervención hoy en el curso de verano organizado por la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE) en la UIMP. EFE/Pedro Puente Hoyos

El presidente del Banco Popular, Ángel Ron. EFE/Pedro Puente Hoyos

Desde el Popular han recordado que la CNMV sanciona a Popular en primer lugar porque entiende que el test de conveniencia de la entidad no recogía toda la información "normativamente exigible" para evaluar los conocimientos y experiencia del cliente respecto a determinados productos financieros. Además, el supervisor considera, han indicado las fuentes, que el test de conveniencia del banco no estaba "bien confeccionado", puesto que tenía determinados sesgos que favorecían que los productos se calificaran como convenientes para los clientes.

Y en segundo lugar, la entidad ha afirmado que la sanción se explica por no haber acreditado que se realizaron las preceptivas advertencias en caso de no realización del test de conveniencia o si el resultado era 'no conveniente'.

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