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Reforma de la ley hipotecaria Los bancos ya no podrán ejecutar una hipoteca hasta que el impago del crédito alcance el 3% del capital pendiente

Hasta ahora, el impago de tres cuotas de un crédito inmobiliario permite a los bancos aplicar la "cláusula de vencimiento anticipado". Con la reforma de la Ley Hipotecaria, el criterio a tener en cuenta será un porcentaje, entre el 3% y el 5%. Eso dará a los clientes más tiempo para afrontar su deuda.

Una mujer pasa frente a un anuncio de hipotecas. EFE

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El Gobierno prepara una nueva ley hipotecaria que entre otras cosas endurecerá las condiciones para que los bancos puedan iniciar un proceso de ejecución hipotecaria que, andado el tiempo, suele terminar casi siempre en un desahucio.

Hasta ahora, el impago de tres cuotas de un crédito inmobiliario permite a los bancos aplicar la "cláusula de vencimiento anticipado", o lo que es lo mismo, resolver el contrato de la hipoteca antes de su finalización y, por tanto, llegar al desahucio. Pero con los cambios que prepara el Gobierno, para que ese proceso pueda iniciarse el cliente deberá haber dejado de pagar un porcentaje que oscilará entre el 3% y el 5% del capital aún pendiente de pagar según el sea la duración del crédito.

Hace ya casi un mes, el ministro Luis De Guindos adelantó las que serían las líneas maestras de la reforma de la Ley Hipotecaria. Entonces dijo que el criterio a tener en cuenta ya no será un número determinado de cuotas impagadas, sino un porcentaje sobre el capital pendiente.

La cadena Ser ha adelantado el borrador del anteproyecto de ley. En concreto el artículo 15 del borrador dice así: "Cuando el prestatario se encuentre en mora en el pago de sus cuotas de amortización; cuando las cuotas de amortización vencidas y no satisfechas equivalgan, al menos, al 3% del valor del préstamo, si el plazo de amortización de la obligación garantizada fuera inferior a 10 años o, en el caso de ser a diez años, el incumplimiento se produjera dentro del período de los diez primeros años de dicho plazo".

Además, si el crédito tiene un plazo superior a 10 años, el proceso se podrá iniciar cuando las cuotas impagadas supongan el "5% del valor del préstamo, si el plazo de amortización de la obligación garantizada es superior a diez años y el incumplimiento se produce más allá del período de los diez primeros años de dicho plazo".

El importe medio de una hipoteca en España es de 112.800 euros a enero de 2017. Eso implica, que el hipotecado tendría que dejar de pagar entre un mínimo de 3.874 euros y un máximo de 5.640 euros. 

Por otra parte, la Ser informa de que la nueva norma obliga a mejorar la información que se ofrece al cliente antes de la firma de la hipoteca. Esa fue una de las novedades que adelantó Guindos hace un mes. El ministro de Economía aseguró que la reforma de la ley incrementará “muchísimo” la transparencia en todo el proceso porque obligará a los bancos a explicar todas las cláusulas, los tipos de interés, los intereses de demora y demás.

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