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El Supremo avala la multa de 10 millones a REE por apagón de Barcelona del verano de 2007

El tribunal avala que la compañía encargada de la red eléctrica "infringió la obligación legal de garantizar la continuidad del suministro".

Imagen de archivo de un mosso d´ esquadra que dirige el tráfico en el distrito del Eixample en pleno apagón registrado en Barcelona. EFE/Albert Olivé

EFE

MADRID.- El Tribunal Supremo ha confirmado la multa de diez millones que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) impuso a Red Eléctrica por el apagón del 23 de julio de 2007 en Barcelona, que dejó sin servicio a 323.000 usuarios durante tres días.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado así el recurso que interpuso la compañía contra la sentencia del TSJC, que rebajó a su vez de once a diez millones la sanción que le había fijado la Generalitat por una infracción muy grave para equipararla con la aplicada a Fecsa-Endesa.

Según había dictado el alto tribunal catalán, Red Eléctrica "infringió la obligación legal de garantizar la continuidad del suministro eléctrico, pues siendo titular de la línea de 220 kilovatios incumplió la obligación de mantenerla en las adecuadas condiciones".

Imagen de archivo de una cacerolada en Barcelona de afectados por el apagón que afectó a varias zonas de la ciudad en el verano de 2007. EFE/Albert Olivé

Imagen de archivo de una cacerolada en Barcelona de afectados por el apagón que afectó a varias zonas de la ciudad en el verano de 2007. EFE/Albert Olivé

El histórico apagón, ocurrido a finales de julio de 2007, comenzó en la subestación de Collblanc de Barcelona con la caída de un cable de Fecsa-Endesa sobre las instalaciones de REE, lo que derivó en un incendio en la subestación de Maragall propiedad de esta última compañía.

Ambas empresas se responsabilizaron mutuamente del apagón, pero la Generalitat acabó multando tanto a REE como a Fecsa Endesa a once y diez millones, respectivamente.

El Supremo avala la valoración que dio el TSJC a las pruebas periciales solicitadas por la compañía sobre el origen del incendio de la subestación de Maragall y el funcionamiento del sistema de protección de las instalaciones de transporte de energía eléctrica. Y concluye que esas periciales no desvirtúan el análisis efectuado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Cataluña y por la Comisión Nacional de Energía.

Imagen de archivo del propietario de una tienda del barrio del Eixample afectado por  el apagón que sufrió Barcelona en julio de 2007.EFE/Andreu Dalmau

Imagen de archivo del propietario de una tienda del barrio del Eixample afectado por el apagón que sufrió Barcelona en julio de 2007.EFE/Andreu Dalmau

Dichos análisis apreciaron, recuerdan los magistrados, "la existencia de deficiencias en la configuración y el estado operativo de la línea subterránea de transporte de energía eléctrica de 220 KV Collblanc Urgell-Maragall", propiedad de Red Eléctrica, "de la que es particularmente destacable el fallo en el aislamiento de dicho cable que no reunía las adecuadas condiciones de seguridad".

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