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Los blogueros, desprotegidos ante la indefinición jurídica

Varios administradores de bitácoras pagan por los comentarios y enlaces ilícitos de sus usuarios 

ÁNGEL MUNÁRRIZ / RAÚL BOCANEGRA

Un internauta accede a un blog y busca una entrada antigua, que ya nadie frecuenta. Introduce, entre un mar de comentarios, uno suyo. Y en él, se insulta a sí mismo. Se amenaza y atenta contra su propio honor. Parece una ridiculez, pero una conducta así puede constituir un negocio redondo: la escasa aplicación de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI), que establece que los administradores de las espacios virtuales no son responsables de los comentarios, puede hacer pagar a los dueños de los blogs por comentarios cuya existencia desconocían. “Alguien podría hacer algo así para cobrar indemnización”, dice Axier Ruiz, administrador del blog Desvariandoando. “Vamos a tener que cerrar los comentarios”, lamenta Antonio Cambronero, de Blogpocket.

Una sentencia civil ponía de relevancia hace unas semanas hasta qué punto este problema es cada vez más importante: el bloguero de Merodeando, Julio Alonso, ha sido condenado a pagar 9.000 euros por la vulneración del derecho al honor de la SGAE por 22 comentarios ajenos. “Existe un gran desconocimiento de Internet por parte de los jueces”, afirma Alonso, que recurrirá.

Carlos Sánchez, socio del bufete Almeida, especializado en Internet, afirma que existe “una inseguridad jurídica total” y apela a la LSSI. Su artículo 16 establece que “los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio [blogs, webs...] no serán responsables por la información almacenada a petición del destinatario”, a no ser que sepan que la información es ilícita o, conociéndolo, no la retiren diligentemente.

La LSSI desarrolla, a su vez, la Directiva Europea sobre Comercio Electrónico, de 2000, cuyo artículo 15 arranca así: “Los Estados no impondrán a los prestadores de servicios una obligación general de supervisar los datos que transmitan o almacenen”.

Sin doctrina coherente

“Los juzgados civiles, donde está presentando las demandas la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), no aplican esta ley”, lamenta Carlos Sánchez. Otro abogado especializado en Internet, Javier de la Cueva, reflexiona: “Si llenáramos todas las webs de la administración pública de comentarios, ¿los responsables serían los alcaldes o ministros? Es absurdo”.

“Los cinco años de vigencia de la ley no han sido suficientes para dar lugar a un cuerpo de doctrina claro”, escribe Miguel Peguera, profesor de Derecho y Nuevas Tecnologías, en su artículo La apreciación del conocimiento efectivo y otros problemas en la aplicación judicial de la LSSI, publicado en septiembre de 2007 en la Revista de Derecho y Política de la UOC. El abogado De la Cueva coincide con Peguera. “Se están valorando cosas distintas según sean juzgados penales, en los que se están valorando los enlaces, o civiles, donde se ven los comentarios”, afirma el letrado, que añade que “no se puede meter la LSSI con calzador”, sobre todo porque no está claro que todos los blogs sean “prestadores de servicios”.

La casuística es variada. El administrador de Ajoderse fue absuelto pese a que entre sus hiperenlaces había algunos que remitían a páginas donde podía verse TV de pago, como denunció ONO por la vía penal. La sentencia apoyaba sus fundamentos jurídicos en la LSSI. Otra absolución en el ámbito penal, en este caso de Alejandro Marín, propietario de Forocoches, consideraba sólo la incapacidad de Marín para controlar los enlaces de la página que administraba anteriormente, Chicaerotica, a partir de los cuales podía llegarse, navegando, a páginas con contenidos ilegales.

Advertencia previa

La sentencia contra Merodeando le reprocha que no retirase los comentarios injuriosos cuando la SGAE contactó con él. La LSSI presume que existe un conocimiento de los contenidos ilícitos por parte de los intermediarios desde que se produce una notificación fehaciente. A partir de ahí, no habría excusa. “La clave es que haya habido o no una notificación previa”, afirma De la Cueva, para quien “no se puede presentar el caso de Merodeando como de defensa de la libertad de expresión, ya que hubo una advertencia previa”.

Pero esta variable no es siempre determinante. “La primera noticia” que tuvo de la SGAE Vicente Herrera, ex administrador de Frikipedia, fue que le había demandado. Fue condenado en un juicio civil por un artículo de un tercero que, según la sentencia, atentaba contra el honor de la entidad.

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