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El padre que espió a su hija en el baño había sido procesado por agresión sexual y exhibicionismo

Un juzgado de Lleida procesó el año pasado a Jorge M.V. y a su padre por delitos de exhibicionismo y agresión sexual

EFE

Jorge M.V., el vecino de Balaguer (Lleida) condenado por instalar una cámara de vídeo para espiar a su hija, está también imputado, junto a su padre, en un caso de exhibicionismo y agresión sexual a una de sus hijas.

Jorge M.V. ha sido condenado esta semana a un año de prisión y a cinco años de alejamiento de su ex mujer y de sus dos hijas por instalar una cámara de vídeo doméstica en el baño de la vivienda familiar -durante dos semanas- al sospechar que una de las hijas sufría bulimia y se provocaba vómitos, lo que ella no admitía.

Las últimas informaciones han revelado que, paralelamente, un juzgado de Lleida acordó el año pasado el procesamiento de Jorge M.V. y de su padre por los delitos de exhibicionismo y agresión sexual, resolución que los imputados recurrieron argumentando que la niña les había denunciado instigada por la madre, en el marco del proceso de separación de la pareja.

En el auto de la Audiencia de Lleida, el tribunal considera que existen indicios de que la denuncia de la menor por agresión sexual y exhibicionismo puede ser verídica, ya que tanto los equipos de atención a la víctima como el educador social que la examinaron le dieron credibilidad.

Además, prosigue el auto, 'en la causa constan testimonios de amigas de la menor que corroboran un comportamiento en el padre compatible con los hechos investigados, así como del facultativo que la trata (...)'.

El auto de la Audiencia en el que se rechaza el recurso concluye señalando que el relato ofrecido por la menor 'no ha sido siquiera cuestionado por las diligencias de investigación desplegadas a raíz del mismo', sino que, 'por el contrario, existen elementos de valoración que lo reafirman'.

En el juicio por la instalación de la vídeocámara casera, Jorge M.V. aceptó la condena de un año de prisión, la mínima por un delito contra la intimidad, y cinco de alejamiento de su ex mujer y sus dos hijas.

El condenado alegó que colocó la cámara para comprobar si una de sus hijas o su ex mujer sufrían bulimia, pero grabó indiscriminadamente con la cámara a su otra hija e incluso a amigas de las menores.

Así, aunque al condenado se le aplicó una atenuante por cumplimiento del deber, deberá indemnizar a su hija mayor y a su ex mujer con 3.000 euros a cada una y no podrá acercarse a ellas ni a su otra hija a menos de 150 metros durante los próximos cinco años.

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