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El juez tumba el boicot de Camps a Educación para la Ciudadanía

También declara nula la opción de que los alumnos se acojan a la objeción de conciencia

PÚBLICO. ES / AGENCIAS

Francisco Camps se ha topado de nuevo con la Justicia. 

La sección segunda de sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado la 'triquiñuela' ideada por el presidente de la Generalitat valencia, Francisco Camps, de impartir la asignatura de Educación para la Ciudadanía en inglés, prevista en una Orden de la Conselleria de Educación de esta comunidad. También anula la posibilidad de aprobar la asignatura mediante un trabajo y de presentar objeción de conciencia.

La Conselleria de Educación presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia.  El Ministerio de Educación ha expresado, por su parte, su satisfacción por el fallo. A través de un comunicado, señala que la decisión demuestra que los problemas surgidos en torno a la materia forman ya parte del pasado y que ha entrado en un contexto de 'normalidad'. Por ello, manifiesta su esperanza de que el Gobierno valenciano dedique a partir de ahora 'todos sus esfuerzos' a mejorar la educación de sus alumnos.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que la obligatoriedad de impartir esta asignatura en inglés, la posibilidad de aprobarla mediante la realización de un trabajo con enfoque transversal y la opción de que los alumnos pudieran acogerse a la objeción de conciencia de la materia son contrarios a derecho. Sobre el primero de los recurridos, señala en su sentencia que presenta una motivación 'confusa, contradictoria e incongruente' para argumentar la necesidad de que la asignatura se impartiera en inglés en los centros educativos de la Comunitat Valenciana.

La Sala, que tiene aún pendientes de resolver otros tres recursos presentados por sindicatos, añade la Generalitat ha defendido 'la imposición' de la impartición de una asignatura curricular en lengua extranjera por parte de la Generalitat cuando solo puede implantar un Programa Plurilingüe en el sistema educativo valenciano.

En cuanto a la llamada 'opción B' que contempla la Orden en su artículo 2, relativa a la realización de un trabajo con un enfoque transversal de, al menos, una periodicidad trimestral acerca de los contenidos de la materia, el fallo apunta que los alumnos que se acogieran a ella alcanzarán los objetivos de la materia pero solo atendiendo al tema elegido, con lo que resulta imposible aplicar los criterios de evaluación legalmente previstos.

Asimismo, el hecho de que sea la familia (o quien ejerce la patria potestad o tutela del menor) quien elija el texto que permita acceder a cada uno de los contenidos de la materia para luego elegir de entre los temas de ese texto, 'infringe de forma palmaria' lo establecido por ley de que en el ejercicio de la autonomía pedagógica corresponde a los Órganos de coordinación didáctica de los Centros Públicos adoptar los libros de texto y demás materiales que hayan de utilizarse en el desarrollo de las diversas enseñanzas.

La nulidad se apoya también en la doctrina 'reiterada' del Tribunal Supremo que desestima la declaración de objeción de conciencia a las asignaturas Educación para la Ciudadanía y los derechos humanos, Educación ético-cívica y Filosofía ciudadana formulada y señala la obligación de cursar las asignaturas y de asistir a las correspondientes clases.

La triquiñuela de Camps para boicotear Educación para la Ciudadanía en la Comunidad valenciana se topó con el rechazo de todos los partidos políticos de la oposición. PSOE, Bloc, Iniciativa del País Valencià, Els Verds-Esquerra Ecologista, Esquerra Unida y Esquerra Republicana firmaron un manifiesto que exigía la dimisión del conseller de Educación, Alejandro Font de Mora, y del presidente del Gobierno valenciano, Francisco Camps, si no daban marcha atrás en su polémica iniciativa.

La Federación de Enseñanza (FETE) de UGT-PV calculó que la implantación de Ciudadanía en inglés implicaba un coste adicional de entre ocho y 15,5 millones de euros.

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