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Confirmado: pitar al rey y al himno de España no es delito

La Audiencia Nacional ratifica que en la final de la Copa no hubo injurias ni ultraje

ÁNGELES VÁZQUEZ

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional confirmó ayer la decisión del juez Santiago Pedraz de rechazar la querella presentada por la Fundación Denaes (para la Defensa de la Nación Española) por los pitidos que se produjeron durante la final de la Copa del rey que jugaba el F. C. Barcelona y el Athletic de Bilbao el pasado 13 de mayo en el estadio de Mestalla.

La querella consideraba que los hechos podían ser constitutivos de los delitos de ultraje a la nación española, injurias al rey o apología del odio nacional, pero la Sala de lo Penal no ve en lo sucedido nada de eso, por más que considere que no es 'ejemplo ni de educación ni del civismo mínimo exigible para ser respetado'.

Mientras Pedraz entendía que lo sucedido en Mestalla se amparaba en la libertad de expresión, la Sección Cuarta de lo Penal no menciona este derecho, pero llega a una conclusión similar. 'Este tribunal entiende que no encaja en los preceptos penales denunciados el comportamiento más que desagradable que hubieron de soportar los monarcas y (...) cualquiera que no se identifica con tales actitudes'.

La Sala señala que ni los pitidos, ni la pancarta que decía 'Good bye Spain', ni las opiniones sobre la necesidad de que haya una selección vasca y catalana, son delito, 'sino que responden a los mecanismos de que se valen disidentes a lo establecido en las ansias de alcanzar otro marco distinto al que dibujó' la Constitución.

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