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Sobreseída una querella de Fabra contra 'Interviú'

La Audiencia Provincial de Madrid recuerda que informar sobre el patrimonio de una 'autoridad' no es delito

PÚBLICO.ES/EUROPA PRESS

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado un recurso interpuesto por el presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, contra la revista Interviú por considerar que diversas informaciones sobre su patrimonio constituían delitos de revelación de secretos oficiales e información privada, injurias y calumnias.

La resolución judicial representa una bofetada en la cara de Fabra: 'No se puede pretender que una investigación fiscal con evidente interés público permanezca en secreto, e imputar semejantes delitos por el hecho de su publicación', señala la sentencia.

'El derecho al honor, a la buena imagen pública e, incluso, a la intimidad, deben ceder en favor del Derecho Constitucional a emitir y recibir información veraz', zanja. 

El auto confirma una resolución del juzgado de instrucción número 4 de Madrid que decretaba el sobreseimiento provisional y el archivo de la querella.

La defensa del presidente de la Diputación castellonense y del PP en la provincia recurrió esa decisión y ahora la Audiencia Provincial la ratifica y destaca que tuvo una 'impecable motivación'.

En los razonamientos jurídicos, se explica que la querella parte de la 'evidente' revelación por parte de un funcionario de la Agencia Tributaria (AEAT) de información sobre el patrimonio de Fabra.

Pero lo que no está demostrado, añade, es que este funcionario anónimo haya sido quien ha facilitado la información a los querellados, un punto 'importante, pues, al tratarse de una causa pericial, no caben las suposiciones sino los elementos constatados por prueba directa o, al menos, indiciaria'.

Del mismo modo, argumenta que 'no está justificada la finalidad de perjudicar al querellado; lo único que consta es la finalidad de publicar determinada noticia, de emitir información'.

Asimismo, hace hincapié en que estas noticias 'no hacen referencia a un particular, sino a toda una autoridad, nada menos que el presidente de la Diputación de Castellón'.

'El comportamiento cívico de las autoridades es cuestión de especial interés para el ciudadano y su conocimiento también lo es'

En esta línea, sostiene que en el presente caso que los ciudadanos conozcan las investigaciones fiscales de Fabra 'nunca podría constituir los delitos que imputa, dada su condición de autoridad pública'.

'No se han publicado en este caso datos reservados de su patrimonio, sino una investigación sobre el proceder patrimonial y fiscal de un hombre con responsabilidades públicas, que gestiona ingentes sumas de dinero, también público, y del que su comportamiento presenta un indudable interés para los ciudadanos de la provincia de Castellón y de todo el país', recalca.

La sala subraya que la jurisprudencia va en este camino y hace notar que 'el sistema democrático español no ha podido evitar la crisis de moralidad que padece en la actualidad la clase política, pero tiene indudables ventajas, y una de ellas, esencial, es la que permite la transparencia y el conocimiento de los datos referidos a personalidades públicas'.

'El comportamiento cívico de las autoridades es cuestión de especial interés para el ciudadano y su conocimiento también lo es', sentencia.

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