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Más de 68.000 euros para la familia de una mujer que falleció por falta de camas en el hospital

El Servicio Madrileño de Salud deberá abonar la cantidad a los familiares de la enferma, que no ingresó en el hospital hasta tres días después de sufrir un infarto.

SERVIMEDIA

Hasta 68.322 euros tendrá que pagar el Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a la familia de una paciente que falleció debido a la falta de camas en el hospital. Así lo ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que en su sentencia reconoce que se produjo retraso en el ingreso de la enferma. 

Según ha informado la Asociación 'El Defensor del Paciente', María R. M., de 72 años de edad, acudió hasta en dos ocasiones , el 14 y el 19 de octubre de 2004, a los Servicios de Urgencias del Hopital de la Princesa de Madrid, aquejada  de un fuerte dolor torácico.

La mujer era diabética tipo 2 en tratamiento y, además, seguía revisiones periódicas cardiológicas por estar diagnosticada de valvulopatía reumática en fibrilación auricular. En la segunda de esas visitas al Hospital de la Princesa se le diagnosticó 'posible tendinitis del manguito de rotadores'.

A pesar de sufrir un infarto, la mujer no ingresó en el hospital hasta tres días después

El 31 de octubre se le diagnosticó de síndrome coronario agudo y el 3 de noviembre sufrió un infarto agudo de miocardio. Como no había camas disponibles, su ingreso en la Unidad Coronaria de dicho hospital no se produjo hasta tres días más tarde, padeciendo en ese momento edema agudo de pulmón.

El 8 de noviembre se le practicó un cateterismo cardíaco y una coronariografía en la que se observó una doble lesión mitral de grado severo. La mujer falleció días después.

La sentencia reconoce que la enferma debió haber ingresado en la Unidad de Cuidados Coronarios desde el mismo día 29 de octubre, cuando se iniciaron los cambios enzimáticos y en el electro acompañados de dolor. 'No se debió esperar a su entrada en edema agudo de pulmón, ni siquiera al infarto agudo de miocardio ocurrido entre los días 3 y 4 de noviembre, pues ello constituye una pérdida de oportunidad', señala el fallo judicial.

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