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La Generalitat, condenada a devolver un niño a su madre

El hijo fue dado en acogida tras diagnosticar a la mujer como enferma mental

GUSTAVO FRANCO CRUZ

África Morera no tiene una enfermedad mental. Tampoco es toxicómana. Es más: se encuentra perfectamente para criar a su hijo de 3 años. Es lo que recientemente ha resuelto la titular del Juzgado de primera instancia número 19 de Barcelona. Todo lo contrario de lo que dijeron durante tres años los informes de la Direcció General d'Atenció a la Infància i l'Adolescència (DGAIA), dependiente de la Generalitat catalana, que el 10 de mayo de 2007 determinaron el desamparo del menor.

'Mi hijo sólo tenía tres días de haber nacido y me dijeron que podría recuperarlo cuando mejorase mi situación económica', explica la mujer, de 41 años y que actualmente trabaja en un restaurante. Del otro lado de esta historia está la familia de acogida, que ha tenido en su casa durante tres años al pequeño.

La sentencia dice que 'debe evitarse un daño irreparable para el menor'

La medida de desamparo, según la jueza Yolanda Sánchez Gucema, está basada 'en un diagnóstico inicial erróneo (...) de manera que todos los documentos adjuntados efectúan el seguimiento de una enfermedad que la señora Morera no padece'. Aquel diagnóstico equivocado se remonta al año 2003. Pero fue dado como cierto por los servicios sociales, sin que sometieran a la madre a exámenes más rigurosos y actualizados. Por ello, la magistrada ha resuelto ahora 'revocar el acogimiento familiar preadoptivo' y el 'reintegro del menor' de forma inmediata con su madre.

África dejó de ver a su hijo durante tres años. Aún con la sentencia en su poder, con fecha 22 de marzo de 2010, no pudo iniciar el régimen de visitas que ordenaba la jueza. La Generalitat presentó un escrito de oposición el pasado junio. Pero la respuesta del juzgado fue clara: 'No corresponde a la Direcció d´Atenció a la Infància determinar la forma en que ha de llevarse a cabo la sentencia dictada'. Además, la jueza exige que se lleve a cabo su ejecución a fin de 'evitar (al menor) un perjuicio irreparable'.

El Departament de Acció Social i Ciutadania de la Generalitat explicó a este diario que se toman medidas cuando un funcionario comete una negligencia. 'Pero este no es el caso', informó un portavoz del Departament. La garantía que tienen los progenitores como África, para revertir decisiones administrativas, es la vía judicial. 'Como lo demuestra esta sentencia', añadió el portavoz.

África Morera ve ahora a su hijo cada 15 días tras tres años sin contacto

La mujer ha vuelto a ver a su hijo cada 15 días. Es lo que tiene de momento, el niño tiene que ir acostumbrándose muy poco a poco a África, y cuando esté del todo adaptado, los servicios sociales aprobarán el retorno definitivo.

África se queja de que ha habido 'errores muy graves'. 'Como cuando apareció mi hijo en los informes con el apellido del padre, a pesar de que antes de dar a luz yo no tenía relación con él y ni siquiera me preguntaron qué nombre deseaba ponerle. Así que tuve que acudir personalmente al Registro Civil para inscribirlo con mis apellidos', explicó Morera.

El perito judicial declaró en el juicio que hubo 'una serie de errores cometidos al comunicar la noticia a la afectada de que su recién nacido quedaba en preadopción, sin que se elaborara una fase de aclimatación, notificación y acomodación (...). 'En el presente caso la noticia por parte de la Direcció d'Atenció a la Infància fue dada sin seguir las instrucciones de las guías profesionales existentes', denuncia el perito.

'En ambientes y entornos sociales marginales con un estado económico muy inferior al de África Morera, aún en la pobreza, en el chabolismo y nula escolarización, los niños conviven con sus padres sin que las instituciones de protección adopten otras medidas que las de un seguimiento y vigilancia', concluyó el abogado de la madre, Xavier Piera Coll.

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