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El Supremo niega al juez Garzón sus pruebas en el juicio

Rechaza que declaren los juristas que comparten sus criterios en los crímenes contra la humanidad

ÁNGELES VÁZQUEZ

Ninguno de los juristas y expertos en crímenes contra la humanidad que el juez Baltasar Garzón quería que declararan en su juicio lo podrá hacer. El Tribunal Supremo ha rechazado sus testimonios en el auto en el que fija las pruebas que se realizarán en la vista oral en la que se dilucidará si el juez de la Audiencia Nacional prevaricó por haber abierto la primera causa penal para investigar los crímenes del franquismo.

Los únicos testimonios solicitados por Garzón con los que contará para su defensa serán los de representantes de asociaciones de memoria histórica, que denunciaron los crímenes que intentó investigar en la Audiencia Nacional. El magistrado pidió a una veintena de ellos como testigos y también a dos de sus abogados, Fernando Magán y Joan Garcés.

El tribunal dice que los testimonios no guardan relación con la prevaricación

Pero no estarán en el juicio ni el ex fiscal jefe Anticorrupción Carlos Jiménez Villarejo, ni el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, ni los magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que discreparon de la mayoría y entendían que la investigación abierta por Garzón sí correspondía a su tribunal.

Tampoco podrán declarar a favor del juez la ex fiscal jefe del Tribunal Penal de La Haya Carla del Ponte, el juez del Supremo Argentino Eugenio Zaffaroni, el ex juez del mismo país Juan Guzmán, el coordinador del Programa de Justicia Internacional de Amnistía Internacional, Hugo Relva, ni el ex presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Sergio García Ramírez.

El ponente llama 'obra literaria' a una investigación sobre el robo de niños

La Sala Segunda del Supremo considera innecesarios sus testimonios porque sus actuaciones 'ya constan en las causas judiciales correspondientes' y no es 'procedente que sean llamados para que aporten su opinión personal sobre los hechos objeto de enjuiciamiento'. Por si no queda claro, añade: 'Por otra parte, los jueces y magistrados no pueden prestar declaración testifical sobre las actuaciones realizadas o el contenido de las causas en las que hayan intervenido'.

La defensa pretendía demostrar que en la investigación de crímenes contra la humanidad no se consideran aplicables las leyes de amnistía ni las normas de prescripción de los delitos comunes. Estos dos aspectos son clave para determinar si Garzón prevaricó al investigar los crímenes del franquismo.

En cuanto al testimonio de Jiménez Villarejo, el auto, del que ha sido ponente el magistrado Adolfo Prego, dice que, si hizo un informe en la causa de la memoria histórica como 'experto', constará en ella; pero, si no lo emitió, 'no se aprecia que su testimonio guarde relación con el delito de prevaricación'. Garzón se enfrenta a 20 años de inhabilitación, que es la pena que para él solicita el autodenominado sindicato de funcionarios Manos Limpias y la asociación, también de corte ultraderechista, Libertad de Identidad.

Pero el tono de Prego se deja sentir especialmente a la hora de rechazar la comparecencia del historiador y profesor de la Universitat de Barcelona Ricard Vinyes, al calificar de 'obra literaria sobre un suceso histórico concreto' el ensayo Los niños perdidos del franquismo, delitos en los que la Ley de Amnistía y la prescripción son de mucho más dudosa aplicación.

La sala ha admitido las pruebas solicitadas por el fiscal, que se limitaban a pedir la declaración de Garzón y que se incluyeran diversos documentos. En cambio, ha rechazado la petición de Manos Limpias de que se determinaran los gastos que la causa abierta por Garzón supuso a la Administración de Justicia. El Supremo le recuerda que como acusación popular no puede exigir responsabilidad civil como indemnización.

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