"La violencia se da en cualquier familia"
El 60% de las víctimas de este año fueron asesinadas por sus parejas
El 60% de las mujeres víctimas de violencia machista durante este año fueron asesinadas por sus parejas. Los datos de la Secretaría de Estado de Igualdad desmienten la teoría del obispo de Alcalá de Henares, Antonio Reig Pla, que afirmó que la violencia de género "se da sobre todo en aquellos procesos de separación o divorcio".
Sólo 28 de las 71 mujeres víctimas de esta lacra social murieron a manos de sus ex parejas o estaban en fase de ruptura.
Las cifras de la Secretaría de Estado de Igualdad también dibujan un perfil generacional de las mujeres asesinadas: casi la mitad tenían más de 41 años. "Eso indica que la relación de pareja es de mucho tiempo, la violencia, por tanto, es más prolongada y eso dificulta la salida del problema y también la prevención", afirmó recientemente a este diario el delegado del Gobierno contra la Violencia de Género, Miguel Lorente.
Las expertas en Violencia de Género coinciden con las asociaciones de mujeres en denunciar las declaraciones de Antonio Reig Pla por su falta de sentido. "La iglesia aprovecha cualquier cosa para defender su modelo de familia, incluso un tema tan delicado como la violencia machista", afirma Laura Nuño, catedrática de Violencia de Género en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid.
"En el Génesis ya aparece la frase Mujer, tú obedecerás", señala Nuño para demostrar que la violencia de género no es inherente al modelo de familia tradicional ni tampoco a las familias de hecho. "La violencia machista aparece en una relación desequilibrada, cuando él entiende que tiene el control sobre ella, y eso puede suceder en cualquier tipo de familia e incluso más, si cabe, en la tradicional", opina.
Aun así, no hay ningún modelo familiar ni ninguna clase social que sea más o menos proclive a la violencia machista. "Como establece la ONU, el único factor de riesgo de sufrir esta lacra es ser mujer", señala Nuño.
Violencia centenaria
En la misma línea, la presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial, Inmaculada Montalbán, recuerda que la violencia machista "es un factor estructural que arrastramos desde hace siglos", cuya vacuna solo puede ser "la educación en igualdad".
Ángela Cerrillos, de la asociación de mujeres juristas Themis, también hace hincapié en la historia. "La violencia de género se remonta a tiempos en los que el modelo de familia no era ni el de ahora ni el que defiende la Iglesia", afirma Cerrillos, quien insiste en que las "relaciones de sometimiento existen desde antes de que hubiera estadísticas".
79 Comentarios
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Hay que establecer nuevos vínculos de amor y solidaridad entre hombres y mujeres, desde la base de la igualdad radical. Pero esto no emana de un espíritu meramente causal como es el del PSOE, si no teniendo en cuenta que éste se trata de un sistema en el cual las relaciones de producción emanan de la explotación del hombre sobre el hombre, y son luego aplicadas sobre las relaciones sociales. Con lo cual, es imprescindible luchar contra el sistema para luchar por la igualdad de sexos.
SÍMBOLOS DE UNA REVOLUCIÓN: http://muertedelahistoria.blogspot.com
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vaya vaya, ya estamos con mi tema favorito.
Para empezar, ¡¡la verdadera LACRA,sois vosotr@s HEMBRIST@S!!
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Estaría bien completar los datos con todos los asesinatos en el ámbito familiar: parricidios, mujeres que asesinan a sus maridos, cuñados, hombres muertos a manos del ex de su pareja...
El sesgo informativo que existe en estos crímenes es bastante lamentable, y a la larga, causará problemas. Sin ir más lejos, no creo que el repunte tan lamentable de victimas este año no esté ligado directamente a bastantes de las medidas tan poco acertadas que se han llevado a cabo en los últimos años.
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¿ERES ABUELA DE UN NIETO VARON? ¿ERES MADRE Y TU HIJO ES HOMBRE? ¿ERES MUJER Y TIENES UN HERMANO MASCULINO?............¿ERES SIMPLEMENTE MUJER Y TE HORRORIZA TODO TIPO DE VIOLENCIA?.........................LEE POR FAVOR
Hoy Lunes 27 de Diciembre de 2.010 se han suicidado entre 3 y 4 hombres por la discriminatoria aplicacion de la ''LEY DE VIOLENCIA DE GENERO''.
Hoy Lunes 27 de Diciembre de 2.010 se han suicidado entre 4 y 5 hombres por mas por otras causas. (¿ tambien discriminatorias?).
SON SIMPLES ESTADISTICAS SIN NINGUN TIPO DE MANIPULACION, PERO NO ESPEREN ENCONTRARLAS EN NINGUN ESTAMENTO NI ''OBSERVATORIO'' DEL GOBIERNO FEMINISTA RADICAL DE ZP.
Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (ART.11)
¿CUANDO,TENDREMOS,VALOR DE HABLAR DE ESTO?.
Si eres hombre y no lo sabias.... AHORA LO SABES
Si eres mujer y no lo sabias.... AHORA LO SABES
Si eres HEMBRIST@ ya lo SABIAS.... AHORA TE LO RECUERDO
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VIRUS AHI TIENEN VIRUS...... DE VIOLENCIA DE GENERO
¡¡ Ojo,señor@s,no os equivoqueis, esto es un virus,que se ''solto'',en el ambiente y ha corrompido,a la practica totalidad de la sociedad Española (en otros Paises,se le aislo inmediatamente),la mayoria de la gente en nuestro pais, ignora, porque todos los medios lo silenciaron,que la comisiaria europea Viviane Reding,le dijo a Zapatero,que tamaña barbaridad,era una 'monstruosidad' de tal calibre Juridica y social,que de insistir,en su proposicion,automaticamente le llevaria frente al tribunal de luxemburgo........ y ZP,se la 'envaino', luego intento vengarse de la Reding,apoyando a Sarkozy en el tema de los 'gitanos', pese a que todo el Psoe estaba en contra, de ese apoyo........ Pero,el tiro le volvio a salir por la culata,..... Puesto que la comision Europea apercibio,(aprovechando,un programa de una productora Danesa,que acusaba al Ejecutivo de ZP,de admitir mas de 350 denuncias falsas al dia),de la mas que probable, ''ilegalidad'' de la ley de ''VIOLENCIA DE GENERO'', ZP y su alto mando Feminista Radical,en vez de escuchar,la 'advertencia',endurecio mas la represion, y se saco otra ley para retirar la custodia a los padres que tengan una 'sola' denuncia de maltrato.......... ¿Donde acabara,esta 'HUIDA',hacia adelante?...... solo,el tiempo nos lo dira,pero,esta situacion,ya no se trata de una 'simple',disputa de izquierdas y derechas,sino que ataca a todo el orden, esencia,y concepto estructural de nuestra sociedad, ''culpabilizando en la mayoria de las veces a la VICTIMA''.
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evidentemente lo que diga igualdad y el gobierno carecen hoy en dia de credibilidad, lo que ocurre que el cura ha dado en el clavo y ha tocado la herida de la sinrazon del gobierno.
que poco os cuesta sacar los datos de igualdad, y cuanto os cuesta publicar los asesinatos de los maridos por sus mujeres.
La desproteccion del hombre, esta agravando el problema, es evidente
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En mi familia la violencia la ejercia ella, fisica, estructural y antisexual. Espero que esa educacion para la igualdad tenga resultados positivos y la reeduquen.
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"domingo 26 de diciembre de 2010
Jueza Murcia divide al Tribunal Constitucional en recurso violencia género.El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado una vez más la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la titular del Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, María Poza, sobre dos artículos de la ley de violencia de género, en una sentencia resuelta por 6 votos a favor y 5 votos discrepantes que apoyaron las tesis de la magistrada. La Ley Integral de Violencia de Género 1/2004 fue desarrollada por l@s hembristas con plena libertad de actuación sobre el código penal anterior, donde est@s, modificaron leyes a su libre albedrío bajo un prisma de radical totalitarismo anti-hombre en las relaciones de pareja.Ninguna Ley ha planteado ni por asomo tantas cuestiones de inconstitucionalidad como las acumulados en el TC Tribunal Constitucional contra la Ley de Violencia de Género, de protección, integral, etc. http://www.adn.es/lavida/20101122/NWS-0438-Constitucional-Tribunal-Murcia-Jueza-violencia.html
LA PRIMERA VEZ QUE SE RECURRIO ESTA ABERRANTE LEY FUERON CUATRO LOS MAGISTRADOS DISCREPANTES YA SON CINCO....... TIENE LOS DIAS CONTADOS
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"JOSE ANTONIO HERNANDEZ - Madrid - 10/08/2010
Poco a poco van saliendo cada vez más casos de falsas denuncias, al mismo ritmo que el feminismo fanático las niega.
Un hombre pasa 18 meses en la cárcel por una denuncia falsa que su ex pareja le puso ""en un arrebato de rabia""
Antes de ingresar en prisión presentó una declaración de su mujer en la que ésta admitía que todo era una invención.El juzgado de Navalmoral siguió con los trámites de la denuncia falsa y, concluida la instrucción, remitió las diligencias a Plasencia para que fuese juzgada la mujer por denuncia falsa. El asunto recayó precisamente en el Juzgado de lo Penal 1 de Plasencia, que sentó a la mujer en el banquillo. Era el mismo juzgado que antes había juzgado y condenado a Juan Antonio y le había denegado la suspensión de la condena. El juicio contra ella por denuncia falsa se celebró el 5 de diciembre de 2007 y el juzgado, el mismo que había ordenado el ingreso carcelario de Juan Antonio por malos tratos, dictó días después otra sentencia, pero en esta ocasión condenando a la ex esposa por la falsa denuncia. El Juzgado declara en la sentencia que la denuncia falsa se produjo ""en un arrebato de rabia y que las lesiones se las había producido ella misma"". Pero entonces, Juan Antonio ya había cumplido los 18 meses de cárcel que le había impuesto, curiosamente, el mismo juzgado.
Siendo dicho Observatorio perteneciente al Consejo General del Poder Judicial, no es de extrañar que en el informe le nieguen la indemnización al hombre como han hecho.
Las encuestas de Sigma 2 revelan la pésima opinión de los ciudadanos acerca de la justicia en España, pero al CGPJ no le importa demasiado.
Siendo como es el órgano de gobierno de los jueces, debería preocuparles algo la opinión de los ciudadanos, pero prefieren seguir amparando el fraude, la impostura y el engaño, dándole la espalda a un hombre que pasó 18 meses en la cárcel siendo inocente.
Este Consejo está dominado por el feminismo fanático y es la vergüenza nacional, cabeza visible del lamentable estado de la justicia española, dominada por intereses políticos más que por algún mínimo sentido de la Justicia.
el Consejo General del Poder Judicial considera que esto no es un funcionamiento anormal de la justicia.
Lo normal para ellos es que los hombres sigan siendo condenados o víctimas de ordenes de alejamiento siendo inocentes.
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" Los procedimientos judiciales de la Inquisición no respetaban la presunción de inocencia y solían incurrir en absurdos lógicos de los que los acusados no podían salir (por ejemplo: si confiesas, eres culpable; si no confiesas, ni aun bajo tortura, es que el diablo te ha dado fuerzas para soportarla, y por tanto eres también culpable).
16/07/2010 RAFAEL DE LA HABA CRONICA DE SUCESOS Y TRIBUNALES: Acuchillado y detenido por maltrato
Un hombre al que agredió su mujer con un arma blanca acaba en el calabozo y critica que la jueza no adoptara contra ella medidas cautelares, ni tan siquiera orden de alejamiento.
.....PERO SIN EMBARGO---Atacado con un cuchillo por su mujer, agresión de la que salió con 3 heridas y 13 puntos de sutura, sin embargo fue detenido por maltrato, pasó 1 noche en los calabozos de la Policía y terminó imputado por un delito de lesiones y una falta de vejaciones tras pasar a disposición judicial.
Informes forenses
El forense, añade, informó de que el hombre presentaba 3 heridas inciso cortantes en 2 falanges de la mano izquierda y otra en la parte anterior de la muñeca derecha;
ella, un golpe en la espalda y arañazos en los brazos no compatibles con un cuchillo --inicialmente declaró que el marido se lo había arrebatado y agredido con él, lo que ya no sostuvo ante la juez--
No hay situación objetiva de riesgo para el hombre, dictó la jueza.
La prueba diabólica (en latín, probatio diabolica) o prueba inquisitorial es una expresión del ámbito del Derecho que describe la práctica de exigir una prueba imposible. En una probatio diabolica el interpelado deberá, por ejemplo, demostrar que algo no ha ocurrido, la inexistencia de algo, o su propia inocencia en un proceso judicial, cuando lo correcto según el Derecho moderno es que la «carga de la prueba» corresponde a quien ha de probar la existencia de algo, o probar la culpabilidad.
ZP & ALTO MANDO FEMINISTA RADICAL...........¡¡EL DIABL@ ES EL QUE HA IDEADO ESTE ENGENDRO DE '' LEY DE VIOLENCIA DE GENERO''!!.....Y L@S QUE LA APLICAN
http://www.diariocordoba.com/noticias/noticia.asp?pkid=573054
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Lo que realmente está surgiendo en el lado femenino con esta atroz filosofía de género, son escuadrones de enfermas mentales, insatisfechas neuróticas que culpan al hombre de su propio fracaso.
"Cualquier país que ha tratado de crear una solución política a los problemas humanos ha acabado con campos de concentración y gulags". (Erin Pizzey)
Durante un Divorcio, un hijo tiene básicamente un inmenso precio en su cabeza: El hijo típicamente es un valor de cientos de miles de dólares en pensión infantil para el progenitor que obtenga la custodia. Eeva Sodhi
Ya que el Ministerio de Justicia de Canadá ha consultado a los Canadienses en un numero de ocasiones sobre el tema de la custodia infantil, y el régimen de visitas. La respuesta ha sido siempre que la inmensa mayoría de los Canadienses, hombres y mujeres, profesionales y gente sencilla, considera que la custodia física compartida es la única alternativa que es en el mejor interés de los hijos. Eeva Sodhi
No importa por que lado examine uno el problema, una inexcusable "responsabilidad Parental" puede ser conseguida solamente mediante la custodia física compartida, con el concepto de total, incluyendo la financiera, responsabilidad de los hijos mientras estos están a su cuidado. Una vez que la posibilidad de utilizar a los hijos como ticket de comida, se elimine de la ley de familia, el acuerdo sobre la custodia no volverá a ser un problema.(Eeva Sodhi)
Erin Pizzey y Eeva Sodhi MUJERES Y FEMINISTAS.......PERO NO HEMBRISTAS ENLOQUECIDAS.........LIBERTAD...JUSTICIA....IGUALDAD.....PARA TOD@S.
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a ver si nos vamos enterando de una pùñetera vez... la violencia SOLO se da donde diga el sacrosantísimo Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial, cualquier otro dato que intente completar, rectificar o desmentir al Obsevatorio... va a ser declarado machista-misógino.
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Por más vueltas que le quieran dar al tema las feministas, es algo obvio y patente que a mayor inestabilidad social y familiar, más violencia de todo tipo (de "género", de padres a hijos, de hijos a padres, etc.). Vano intento el de descalificar una afirmación que es de cajón, porque la haya dicho un dirigente de una confesión religiosa con la que muchos no simpatizamos: Es cierto y es una evidencia, aunque nos joda que haya sido un obispo quien nos lo señale y recuerde.
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como de costumbre el pensamiento doctrinario unidireccional de género "ha votado" jajaja
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El machismo es algo antropológico, ancestral, está impreso en nuestro ADN (tanto de hombres como de mujeres).
La mujer es y ha sido objeto de sumisión, declarada inferior al hombre, socialmente, judicialmente, mentalmente y todos los "mente" que nos podamos imaginar. La historia es bien tozuda, sólo hace falta leerla, no hay nada que no esté escrito.
Que existen crímenes de todo tipo (como se comenta aquí) es cierto, las mujeres también matan y someten, pero hay una diferencia, y es que esto pasa de forma anecdótica, es decir, estadísticamente irrelevante cuando se compara con la violencia machista, mucho más abundante en todos los sentidos.
La Ley de Violencia de Género seguramente es mejorable, pero, afortunadamente, existe. España es uno de los pocos países que trata de forma seria y a nivel de la administración , un tema tan delicado como es éste de la violencia contra las mujeres. Otros países cercanos todavía no se han atrevido.
La igualdad llega (llegará) cuando somos, verdaderamente, educados en igualdad como seres humanos. Cuando el respeto hacia el otro sea el elemento básico de nuestra socialización.
El ser humano (sea hombre o mujer) es imperfecto, es mejorable en todos sus aspectos, incluso los más básicos. Hemos hecho grandes avances, científicos, tecnológicos, pero como especie humana hemos avanzado más bien poco.
La mujer y el hombre deben avanzar juntos e iguales, en derechos y deberes. La mujer hace tiempo que está soltando amarras, creciendo como ser humano de pleno derecho, decidiendo sobre su sexualidad, sobre su maternidad, sobre su pareja, sobre su trabajo, sobre sus estudios. Este avance de la mujer como individuo, pone al hombre (como individuo) en una situación de desventaja, porque es un fenómeno nuevo, porque antropológicamente no tiene referencia alguna. Es un cambio de paradigma muy grande y, como tal, lleva un tiempo más o menos largo de adaptación. Es un cambio social muy grande y debe quedar impregnado todo el tejido (social) para que este nuevo "giro copernicano" se asiente y se normalice.
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Pues si así fuera, Hipatia2, lo que está impreso en el adn no es modificable ideológica ni legislativamente, con lo cual estáis dando coces contra el aguijón inútilmente, sólo por armar follón. Si en nuestro adn fuera, nuestra conducta cambiaría cuando nuestro adn cambiara y, por ejemplo, nos salieran alas.
Por cierto, ¿qué estudio científico afirma que el machismo esté impreso en nuestro adn? ¿Qué estudio demuestra que "machismo" sea un concepto válido para la ciencia y no una pura elucubración ideológica? ¿Es válido para la ciencia el concepto de "pecado"? Pues no creo que el de "machismo" tenga mayor validez científica que el concepto de "pecado".
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#15 Hipatia2
"La igualdad llega (llegará) cuando somos, verdaderamente, educados en igualdad como seres humanos. Cuando el respeto hacia el otro sea el elemento básico de nuestra socialización"
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Sin acritud ninguna, tus palabras son muy bonitas y cargadas de lo mejores deseos. La realidad en la educación reglada, y sé muy bien y de primera mano, está imbuida por la demonización de los jóvenes gracias a las políticas de género en la docencia. El profesorado, como funcionariado, acata la normativa y los planes prediseñados a tal efecto.
Es dificil hacer ver a los jóvenes varones que ellos no tienen la culpa de lo que hicieron las gneraciones anteriores a la suya. Aún así, se les castiga y señala como maltratadores en potencia, máxime cuando el sistema criminaliza la varón per se.
Si te das cuenta, todos los programas de "igualdad de género" ( o por lo menos en el actual sistema educativo) única y exclusivamente potencian a la mujer, relegando al hombre no a un nivel equitativo sino inferior. Eso no es educar en igualdad, es educar en el resentimiento.
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Porque el machismo es un pecado, ¿no, Hipatia2?
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"EL PAÍS - Cádiz - 28/10/2010 Vía libre a la indemnización del condenado por una violación que no cometió
Ricardi acepta medio millón de euros tras 13 años en prisión por error
En un mes o antes podría recibir 555.000 euros. Es la indemnización que Rafael Ricardi, el vecino de El Puerto de Santa María (Cádiz) que cumplió 13 años de cárcel por una violación que no cometió, ha aceptado. Su abogada cree que es poco, pero Ricardi no puede esperar los tres años que supondría un recurso por la precaria situación económica en la que vive. El Consejo de Estado ha dictaminado a favor de esta cantidad y, aunque su informe no es vinculante, ha dejado la vía libre para cerrar este caso.
Antonia Alba, abogada de Ricardi, explicó a Europa Press que, para los procesos indemnizatorios tiene que haber un informe del Consejo de Estado y que, normalmente, suele dictar que la indemnización no es precepiva. Este informe no es vinculante y el Gobierno es quien tiene la última palabra.
Ricardi no quiere esperar. Necesita el dinero y prefiere el dinero que pagará el Estado a un largo proceso en el que no hay garantías de que la indemnización vaya a ser revisada al alza.
La abogada considera ""poca"" la indemnización concedida, ya que pidieron 10 millones de compensación por 13 años encarcelado por un delito de violación que, finalmente, se pudo demostrar que habían cometido otras dos personas, ahora en prisión. ""Hasta un etarra está mejor mirado que un violador en los centros penitenciarios"", comentó la abogada para señalar el sufrimiento de su cliente.
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"3-NOV-010 Falsas denuncias Imagina que, meses después de separarte de tu mujer, te llega una denuncia falsa de malos tratos contra ella.
Imagina que se celebra el juicio por esos presuntos (y falsos) malos tratos y que lo pierdes aun sin pruebas concluyentes.
Imagina que la jueza te impone una pena de cárcel (que no cumples por carecer de antecedentes), así como una orden de alejamiento de 500 metros del domicilio de la demandante.
Imagina que la demandante vive en una céntrica y concurrida calle de Madrid.
Imagina que tú, el demandado, eres taxista de profesión.
Imagina que un día eres sorprendido por la demandante prestando un servicio, en tu taxi, a escasos 200 metros de su domicilio.
Imagina que ésta avisa a la policía y que la policía intercepta tu taxi, con tus clientes dentro, y te detiene por vulnerar la orden de alejamiento.
Imagina tu impotencia.
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Nota: No hace falta que lo imagines.
Escuché esta historia, ayer mismo, en boca del propio taxista demandado. Imagina que, meses después de separarte de tu mujer, te llega una denuncia falsa de malos tratos contra ella.
Imagina que se celebra el juicio por esos presuntos (y falsos) malos tratos y que lo pierdes aun sin pruebas concluyentes.
Imagina que la jueza te impone una pena de cárcel (que no cumples por carecer de antecedentes), así como una orden de alejamiento de 500 metros del domicilio de la demandante.
Imagina que la demandante vive en una céntrica y concurrida calle de Madrid.
Imagina que tú, el demandado, eres taxista de profesión.
Imagina que un día eres sorprendido por la demandante prestando un servicio, en tu taxi, a escasos 200 metros de su domicilio.
Imagina que ésta avisa a la policía y que la policía intercepta tu taxi, con tus clientes dentro, y te detiene por vulnerar la orden de alejamiento.
Imagina tu impotencia.
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Nota: No hace falta que lo imagines.
Escuché esta historia, ayer mismo, en boca del propio taxista demandado. http://blogs.20minutos.es/nilibreniocupado/2010/11/03/denuncias-falsas/
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#19 AKENATON54
Ricardi no quiere esperar. Necesita el dinero y prefiere el dinero que pagará el Estado a un largo proceso en el que no hay garantías de que la indemnización vaya a ser revisada al alza.
¿ TENDRA DERECHO A JUBILACION ESTE HOMBRE ?................creo que la Ley dice que no, pero claro como no ha pagado a la SS (seguridad social),......¡¡SOLAMENTE FALTARIA QUE NOSOTR@S,TUVIESEMOS QUE HACERNOS CARGO DE SUS IRRESPONSABILIDADES!!.
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#15 Hipatia2
Este avance de la mujer como individuo, pone al hombre (como individuo) en una situación de desventaja, porque es un fenómeno nuevo, porque antropológicamente no tiene referencia alguna.
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Un cosa es avanzar hacia la igualdad y otra es a costa de que. Por ejemplo, desde el feminismo, cada vez se alzan más voces contra el actual sego de género que no pone los medios para el igualitarismo, sino que pone los medios para degradar al hombre. Un claro ejemplo lo tenemos en Elisabeth Badinter en su obra "por mal camino" que no sólo pone en tela de juicio los derroteros politico-sociales que lleva el actual pensamiento de género sino que además lo rechaza porque, evidentemente, en sí, como medio no igulitariza sino que estigmaiza.
Te recomiendo la lectura del trabajo de una mujer investigadora del CSIC:
"Un acercamiento a las posiciones críticas con el feminismo establecido desde la documentación y el análisis de la producción científica" Ana LEÓN MEJÍA (IESA-CSIC, Córdoba). Espero que aceptes la veracidad de este trabajo tratándose del CSIC (un organismo independiente a las cuestiones de género).
Otro trabajo muy bueno, esté si en cuestiones de género, es
"Cuando abusamos del abuso machista" en Ekintza Zuzena Número 35. zenbakia
Maiatza - Mayo 2008.
La propia octavilla para le 8 de marzo de 2006 desmiente muchas cosas sobre el tema hombre-mujer e igualdad. Googlea: "cansadas: Octavilla para el 8 de marzo"
Otro de los grandes factores son las llamadas "nobles mentiras" que cota una cohorte de feministas de la segunda ola, ahora "feministas disidentes" han sacado a la luz del feminismo de género.
Ante tantas manipulaciones, acusaciones sin sentido ni fundamento... el varón tomará posiciones es esta guerra inventada donde se han sentado intereses económicos. Por favor, háztelo mirar, seguro que verás las cosas desde otro cariz.
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# 16 Pinchito, lo del ADN es una manera retórica de hablar.
Lo que no es una manera de hablar es que el tema "machismo" está bien documentado y estudiado, como comportamiento social. Lo puede encontrar en muchos libros o buceando tranquilamente por la red. El "machismo" no es equiparable al "pecado", éste último es un concepto que tiene que ver con las creencias de tipo religioso, es decir, sólo existe en la conciencia de quien sigue algún tipo de religión; no así el primero que es algo que existe en la sociedad, que es real y tangible, no es nada metafísico.
# 17 NOD, no estoy para nada de acuerdo en sus observaciones. Mi hijo (25 años) no se siente culpable de nada ni se siente inferior a las mujeres, tampoco mi sobrino (18 años), uno educado en centros públicos (escuela, instituto), otro educado en escuela concertada. No sólo la escuela, también la familia es transmisora de cierta ideología. La igualdad, para que nos entendamos, hay que "vivirla".
La enseñanza pública debe poder transmitir a nuestros jóvenes que, antes que nada, son seres humanos, iguales en derechos y deberes. Y esto no es nada difícil. Culpabilizar a la juventud de nuestros errores en el pasado no sería el buen camino; enseñarles cómo hay que avanzar y superar viejas heridas, en igualdad, debería ser un buen objetivo para los educadores.
Los críos son una esponja y absorben todo cuanto les rodea, tanto lo bueno como lo malo. Están perfectamente capacitados para "vivir" la igualdad, ellos más que nadie, mucho más que nosotros, sus mayores.
A los dos gracias por leerme.
Cordiales saludos.
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Vamos a ver, el tema de las violaciones, separaciones, violencias, malos tratos y disputas se dan en los matrimonios católicos y no católicos. Son "cosas" que se repiten todos los años y siempre han existido en todo el mundo, civilizado o no civilizado, ¿de acuerdo?
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Mira, Hipatia2, lo que existe objetivamente son diferencias biopsíquicas entre machos y hembras en todas las especies de mamíferos, incluidas la humana, diferencias que conducen a comportamientos diferenciados en la vida social, esto es científicamente comprobable. Pero que luego alguien al observar esas diferencias haga su propia interpretación y las califique de "machismo" ya es subjetividad que nada tiene que ver con la ciencia. Para que me lo entiendas claramente, recurriendo nuevamente al tan poco científico concepto de "pecado": Es algo observable, objetivable y demostrable científicamente que entre hombres y mujeres se dan relaciones sexuales, pero si alguien al observar dichas relaciones las categoriza como "pecado", esto ya no es ni objetivo ni científico, es una interpretación conceptual añadida por la mente de ese observador, exactamente lo mismo que sucede con quien al observar las diferencias que siempre han existido entre hombres y mujeres lo califica de "machismo". Es exactamente lo mismo, una construcción-interpretación de la mente del observador, nada más que eso.
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Enri #24
Evidentemente todo eso siempre ha existido en todo el mundo, pero, ¿puedes demostrar que haya existido en la misma proporción e intensidad que se está dando actualmente en la sociedad española?
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# 22 NOD, la primera ola, la segunda ola, la tercera ola (en ella estamos ahora), muchos logros y también muchos errores.
Si se entra a mirar el término "feminismo" hay un montón de links que son como senderos que conducen a un sinfín de caminos. El feminismo nació en el siglo XIX, en la burguesía anglosajona, para reclamar el voto y el derecho a tener bienes propios, aunque suena muy reivindicativo, es un feminismo totalmente de clase. Claro que también hay que decir que se unió a los movimientos en contra del esclavismo y al de las mujeres trabajadoras (también un fenómeno nuevo en aquel tiempo). Cuando todos estos intereses tan dispares empezaron a aflorar, nacieron muchos otros caminos distintos y divergentes.
¿Qué quiero decir con esto? Que el "feminismo" no es algo monolítico, unidireccional, que sólo admite una única idea, sino que es algo nuevo (comparado históricamente), cambiante y en evolución.
El machismo es lo que se quiere combatir, es esta idea la que está en mente. No al hombre, como ser humano, con los mismos derechos y deberes que la mujer.
El feminismo es un movimiento, una ideología, que es imparable. La mujer ha tomado conciencia de sí misma y ha creado un nuevo modelo, imperfecto, mejorable, pero nuevo.
Que hay muchas mujeres a favor de ciertas tendencias, otras en contra, renovadoras, detractoras, y un sinfín de divergencias, es más que evidente. Nadie está en posesión de la verdad absoluta, afortunadamente.
Queda mucho camino por recorrer hacia la igualdad, camino que el hombre y la mujer deben hacer juntos. El cambio no es sólo en femenino, también lo es en masculino. El "giro copernicano", el cambio de paradigma, lo es para ambos, igual de difícil para uno que para otra.
Leeré con curiosidad lo que me indica. Gracias.
Saludos.
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#23 Hipatia2
No sólo la escuela, también la familia es transmisora de cierta ideología. La igualdad, para que nos entendamos, hay que "vivirla".
¿COMO SE VIVE?, ¿ESPERANDO EL DIA QUE ''TU'' MUJER DECIDA QUE ESTA MALTRATADA?.....TE DENUNCIE Y TE DETENGAN?.
Mi hijo (25 años) no se siente culpable de nada ni se siente inferior a las mujeres, tampoco mi sobrino (18 años),.............UNA COSA ES NO ''SENTIRSE'' Y OTRA COSA ''SERLO''...........ESPERA QUE RECIBAN UNA DENUNCIA.......¿Y VEREMOS SI SE SIENTEN Y LO SON.?
La prueba diabólica (en latín, probatio diabolica) o prueba inquisitorial es una expresión del ámbito del Derecho que describe la práctica de exigir una prueba imposible. En una probatio diabolica el interpelado deberá, por ejemplo, demostrar que algo no ha ocurrido, la inexistencia de algo, o su propia inocencia en un proceso judicial, cuando lo correcto según el Derecho moderno es que la «carga de la prueba» corresponde a quien ha de probar la existencia de algo, o probar la culpabilidad.
¿COMO PUEDES PROBAR QUE NO HAS HECHO, LO QUE NO HA SUCEDIDO?
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# 25 pinchito, siento decirle que la Sociología le contradice.
Pero Vd. es perfectamente libre de sacar las conclusiones que quiera. Aún así, el machismo no dejará de tener ni vigencia ni presencia.
Saludos.
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Hipatia2, el machismo no es más que un término inventado. Como ya le hice ver a PatriciaG en otra discusión, es fácil inventarse términos semejantes a ése, como por ejemplo "adultismo" (la manera displicente, autoritaria y subordinadora en que los adultos, tanto ahora como a través de la historia, tratan y han tratado a niños y a ancianos), y si a partir de aquí formamos un gran follón mediático llevando una contabilización día a día de las injusticias, malos tratos, y muertes inflingidas por los adultos a niños y a ancianos, llevamos a cabo constantes campañas mediáticas contra el "adultismo", etc., ya hemos liado el gran follón. Lo que pasa es que niños y ancianos no tienen la capacidad organizativa y defensiva-ofensiva que tienen las mujeres adultas, claro está, y por esto el adultismo no tiene resonancia social. Pero el machismo no es más ni menos real socialmente que el adultismo, o que cualquier otro concepto interpretativo de realidades sociales tomadas fragmentariamente que quisiéramos inventarnos.
¿No existe el adultismo, Hipatia2?
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#27 Hipatia2
.............Queda mucho camino por recorrer hacia la igualdad, camino que el hombre y la mujer deben hacer juntos. El cambio no es sólo en femenino, también lo es en masculino. El "giro copernicano", el cambio de paradigma, lo es para ambos, igual de difícil para uno que para otra.
LA PREPOTENCIA Y LA ARROGANCIA ES UN CAMINO QUE DERIVA EN LA AUTODESTRUCCION ( B.Gracian)
¿Hipatia2?.........¿De verdad crees que nunca nos vamos a defender y ''contra atacar''?....¿de verdad crees que la mujer es superior?.......Y DE SEGUIR ASI VA A DOMINAR AL HOMBRE?
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#27 Hipatia2.
evidentemente hay varios feminismos y olas (por cierto, aún se está discutiendo si hay o no tercera ola llamada postfeminismo).
Lo quie a mi, personalmente me preocupa es que políticamente se ha optado por el feminismo de género. Éste, por muy duro que parezca, de igulitarista no tiene nada.
Lo que no se quieren dar cuenta las adalides de la "liberación de la mujer" es que los medios empleados son los mismo que criticaban en el machismo. Solo véase el excelente artículo "CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO: CÓMO EVITAR UN TRATAMIENTO PERNICIOSO
Como contra el terrorismo, también hay formas contraproducentes de combatir la violencia de género" de la FUNDACION GESO que habla del caso español como la peor forma de aplicar la "igualdad".
También debe darse cuenta que el giro copernicano que se ha dado y se sigue dando lleva unos derroteros misándricos, que por fortuna, muchas asociaciones feministas están criticando en las legislaciones actuales y en las feministas que las aconsejaron.
Entienda que deseo tanto o más que usted ese igualitarismo mútuamente construido por la obviedad de su bondad pero no estoy dispuesto a tolerar ni a aguantar como varón que los intereses creados en el inventado conflicto de género ningunen a la mujer como persona ni a mí por lo mismo. Supongo que aún no sabrá que las teorías-doctrinas de género DESMENTIDAS y TOTALMENTE REBATIDAS (véase el caso Jane/Joan para ver el intencionado invento del género como instructor de la personalidad).
Un placer contratar con usted. un saludo
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Lo único que ha hecho la Iglesia es publicar unas estadísticas y sólo por eso vais a saco contra ella. Es como si criticáis a la Iglesia por decir que estos días hace frío. No os entiendo.
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# 31 AKENATON54, su nombre hace referencia al décimo faraón de la dinastía XVIII de Egipto, su reinado inicia el Período de Amarna, impulsó transformaciones radicales en la sociedad, entre ellos el culto a un único dios, Atón.
Supongo que la elección del nombre del faraón no habrá sido en vano.
¿De verdad piensa Vd. que lo que digo en mi post se resume en lo que dice en el suyo?
Si es así, lamento haberme explicado tan mal. Disculpe.
Saludos.
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"25 de Noviembre de 2010
Cada día las maltratadoras arrasan los juzgados con denuncias falsas para ver si cuelan ,pero el chollo se empieza a acabar.
Condenada por presentar una falsa denuncia de maltrato contra su ex pareja
Una mujer ha sido condenada a pagar una multa de 1.350 euros por presentar una falsa denuncia de maltrato contra su ex compañero sentimental, al que acusó de haberla agarrado del cuello y propinarle una patada en el caserío de Oñati (Guipúzcoa) en el que reside el varón.
http://www.sospapa.es/ver_noticia.php?id=129
1.350 EUROS POR UNA DENUNCIA FALSA, QUE DE PROSPERAR, LE HUBIERA COSTADO AL HOMBRE AL MENOS TRES AÑOS DE CARCEL..........¿¡¡ BONITA VARA DE MEDIR!!?......¡¡A ESO SE LE LLAMA ''TALANTE Y ECUANIMIDAD''!!
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En 2010 ha habido 19 hombres asesinados por sus mujeres. ¿Alguien ha visto este dato publicado en algún medio? Vais a ver como por dar este dato, que no es más que la REALIDAD, me van a puntuar negativo los utópicos comunistas, porque los utópicos viven en el mundo de las ideas irrealizables, no en el mundo de la REALIDAD. Así les ha ido a los países comunistas: han acabado en la ruina más absoluta.
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# 30 pinchito, existen todos los "ismos" que queramos y más.
El ponerlos de manifiesto es un acto que hacemos entre todos, los que están a favor, pero también los que están en contra.
Socializamos cualquier expresión, con cualquier terminación, cuando lo decidimos entre todos.
El mal trato a niños y ancianos no es un tema menor. El ser humano es imperfecto, cruel y arbitrario, sea hombre o mujer. Nunca es despreciable el sufrimiento ajeno, venga de quien venga, y siempre es denunciable.
Hacer visible los malos tratos, que sufrimos y padecemos todos, en mayor o menor medida, es trabajo de todos. Y no hay que desfallecer, es un trabajo lento y difícil.
Saludos.
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Las denuncias falsas se acabarán el mismo día que legislativamente se disponga que quien "denunciare" en falso cumplirá la misma pena que le hubiera correspondido según Ley al denunciado si se hubiera probado la veracidad de lo denunciado. Es decir que si alguna mujer pusiera una denuncia falsa cuyos hechos, de ser probados, implicaran una denuncia de hasta cinco años de cárcel al denunciado, la señora cumpla cinco años de cárcel cuando se pruebe que denunció en falso. Esto sería justicia, y sería efectividad, las multas no son un elemento suficientemente disuasorio, pues las denunciadoras en falso las pueden ver como una pequeña inversión económica a cambio de la cual pueden conseguir grandes beneficios patrimoniales y familiares (custodia de los hijos) y una gran y muy satisfactoria venganza contra el exmarido. Nada de multas, a la cárcel con las que denuncian en falso, y tantos años como le hubieran tocado al injustamente denunciado.
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#36 neoyorquino
Creo que no sabes muy bien de lo que hablas, y veo que me precipité al darte un voto positivo (no había acabado de leer tu comentario). Yo soy comunista, no creo que el comunismo tenga nada de utópico, bastaría con que el onmipresente y superdepredor capitalismo dejara de perseguirlo, boicotearlo y cercarlo, para que hubiera triunfado y sin duda creado una sociedad incomparablemente más justa que la que estamos viviendo ahora en España, la UE, y el mundo capitalista en general.
Y una vez dicho esto, te aclaro que en ningún país comunista se permitió la creación de movimientos feministas, por su evidente carácter socialmente destructivo. Se le ofrecían a las mujeres las mismas oportunidades de formación, laborales y profesionales que a los hombres, pero sin permitir la creación de organizaciones feministas (y menos aún "de género") que crearan una gran guerra en toda la sociedad e incluso dentro de las propias familias. El comunismo ha sido, y es, mucho más sensato de lo que lo queréis pintar algunos, y desde luego incomparablemente más sensato y justo que el capitalismo, sistema en el que por tal de explotarnos cada vez más, permiten e incluso alientan todo tipo de enfrentamientos sociales entre los ciudadanos que nos debiliten cada vez más.
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Hipatia2 #37, no hablo de maltrato a niños y a ancianos, sino de ADULTISMO, ¿no captas la diferencia?
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Bueno, lo que es innegable es que la iglesia católica ha adoctrinado a las mujeres en la sumisión, con lo que muchas han aguantado y siguen aguantando lo inaguantable simplemente porque "tienen fe", como dice este malhadado obispo.
Para él por lo visto es preferible ese "modelo", todo queda entre la mujer y su confesor, que le seguirá diciendo que "dios ha dispuesto" y que "la vida es sufrimiento" y todas esas zarandajas.
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Ore #41
Que la vida es sufrimiento ("valle de lágrimas") los curas lo decían a todos, mujeres y hombres. A ver si no aprovechamos cualquier cosa para arrimar el ascua a la propia sardina; precisamente de eso acusan algunos/as al obispo y luego ellos hacen lo mismo.
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Bien, adiós a todos, me voy a comer.
Ha sido interesante
Saludos.
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un placer hipatia... buen provecho¡¡¡
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#42 pinchito: no, no aprovecho "cualquier cosa". Es totalmente pertinente mi comentario porque el obispo dice que en la familia católica hay menos casos de violencia doméstica y que éstos se dan más en procesos de separación o divorcio, cuando no sólo es falso, sino que además ellos han propugnado un modelo de mujer sumisa en el matrimonio, lo que ha producido ese tipo de mujer que en muchas ocasiones no habrá muerto a manos de su maltratador, pero sí habrá vivido un auténtico infierno.
Y muchas mujeres creyentes, cuyo único escape era el "confesor", se encontraban con que su mensaje frente a los abusos o al maltrato recibían ese magro "consuelo".
O sea que en esta ocasión es más pertinente mi crítica hacia ese comentario porque está en el contexto de la barbaridad que dijo el obispo.
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#34 Hipatia2......Si es así, lamento haberme explicado tan mal. Disculpe.
"La Ley de Violencia de Género introdujo en nuestro Código Penal aberrantes discriminaciones contra el hombre, una de ellas es la de las amenazas leves. Si una mujer amenaza a su marido se considera falta y se castiga con pena de multa (artículo 620 del Código Penal), si el que profiere la amenaza es el marido contra su esposa automáticamente, por el mero hecho de la condición masculina de su autor, se considera delito con pena de hasta un año de prisión pudiendo perder la patria potestad sobre sus hijos (artículo 171 apartado 4º del Código Penal).
Esta es la igualdad que impera en nuestro Derecho. Bajo esta normativa subyacen las tesis del Derecho Penal del Enemigo desarrolladas por el jurista alemán Günther Jakobs y adaptadas para la ocasión por el hembrismo de género. Las ultras feministas consideran que todo hombre es un enemigo del Estado, un ser malo por naturaleza y un maltratador en potencia, por lo que la respuesta del Estado debe ser más agresiva, hay unas penas para los miembros comunes de la sociedad, las personas, y otras más graves para los enemigos del Estado: los hombres. La Ley de Violencia de Género se aprobó por mayoría absoluta del Congreso en 2004. Tened cuidado a quien votais en las próximas elecciones. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (ART.11) EN ESPAÑA ¡¡NO!!
Si es así, lamento haberme explicado tan mal. Disculpe...............
......Es muy sencillo Hepatia, usted no tiene mas que decir en este foro publicamente : '' ESTOY EN CONTRA DE CUALQUIER DISCRIMINACION SEA DE QUIEN SEA, Y PROVENGA DEL SEXO QUE PROVENGA Y ESTA LEY COMO ARRIBA ESTA EXPUESTA ES DISCRIMINATORIA ATENTA CONTRA LA DIGNIDAD DEL HOMBRE Y ES CONTRARIA A LOS DERECHOS HUMANOS.
HEPATIA ENTONCES LE CREERE Y SABREMOS QUE USTED DESEA,LO MISMO QUE NOSOTROS..... SIMPLEMENTE IGUALDAD.
PD Por cierto Hepatia, sI Akenaton abolio la esclavitud en Egipto 3.300 años antes, de que este Gobierno vuelva a implantar la ''legalidad'' de AM@S contra SIERV@S
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No, Ore, no es pertinente tu comentario, ya que has afirmado que los curas predicaban a las mujeres la necesidad de resignarse al sufrimiento con el fin de hacerlas "sumisas", pero te repito que eso no es cierto, que esa resignación al sufrimiento de la recomendaban a todo el pueblo, a las clases populares, con el fin de mantenerlos sometidos al poder establecido, no sólo a las mujeres. Por consiguiente, me veo obligado a repetirte que no uses esto como un argumento profeminismo, pues utilizado así es una evidente falsedad.
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¿Por qué ningún medio giliprogre dice que mas de la mitad de los asesinatos de violencia de género están perpetrados por inmigrantes?
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#34 Hipatia2
Hipatia2, he repasado las votaciones de los comentarios en general......y he visto que usted vota en ''negativo'' simples enlaces que relatan casos patentes de ''abusos'' y ''discriminacion'', ¿esa es su forma de expresar que esta en contra de la ''sudo dicha discriminacion''?.................¿no le parece que algo no concuerda ahi?....me gustaria que me contestara, yo no tengo por sistema ese prejuicio tan extendido aqui de ''matar al mensajero'', y no quisiera tacharl@ de Hembrista,antes de saber el ¿porque?.
¿ Si es tan amable podria responderme ?
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Para vosotros ''HEMBRISTOS''
Cuando la ''Stassi'' hembrista vino a llevarse al vecino del 3º
guardé silencio,
porque yo no era el vecino del 3º
Cuando comenzaron a encarcelar a los primeros Padres
guardé silencio,
porque yo no era Padre,
Cuando vinieron a buscar a los hermanos mayores,
no protesté,
porque yo no era hermano mayor,
Cuando vinieron a llevarse a mis amigos,
no protesté,
porque pense, ya no son mis amigos y algo habran hecho,
Cuando me acusaron de maltratador y vinieron a buscarme,
¡¡ protesté !!
Pero, ya no había nadie más,....... que pudiera protestar.
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#48 pinchito: ¿tendré que explicarte mi comentario frase por frase? porque es evidente que no lo has entendido o que tienes mala fe.
Yo dije:
"Bueno, lo que es innegable es que la iglesia católica ha adoctrinado a las mujeres en la sumisión, con lo que muchas han aguantado y siguen aguantando lo inaguantable simplemente porque "tienen fe", como dice este malhadado obispo."
Esto quiere decir que la doctrina de la iglesia católica ha propugnado el modelo de mujer sumisa a su marido; de hecho hasta hace bien poco la pregunta a la mujer incluía la obediencia al marido. Es decir, una mujer que se casaba por el rito católico si realmente tenía la fe que exige la iglesia (esa que te hace ser acrítico con "la santa madre") aceptaba a ciegas todos estos postulados, y por tanto, cuando tenía dudas que preguntaba -era lo habitual- a su confesor, ocurría lo que expuse en el siguiente párrafo:
"Para él por lo visto es preferible ese "modelo", todo queda entre la mujer y su confesor, que le seguirá diciendo que "dios ha dispuesto" y que "la vida es sufrimiento" y todas esas zarandajas."
Por tanto el contexto es el que es pertinente a la noticia, no pretendas cambiarlo tú. Aunque no haces más que darme la razón: el aceptar el sufrimiento que ha utilizado la iglesia como parte de la estrategia de "legitimar" la sumisión al poderoso, que en el caso particular del matrimonio era el marido. Que es lo que yo estoy diciendo, que la iglesia ha adoctrinado a las mujeres en la sumisión en el matrimonio.
No es un argumento "profeminista"; es como la iglesia ha entendido ese matrimonio que "proclama" el obispo como "libre de violencia doméstica" y que pretende poner como ejemplo. El propio código canónico está plagado de ejemplos.
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#49 pepelu
¿Por qué ningún medio giliprogre dice que mas de la mitad de los asesinatos de violencia de género están perpetrados por inmigrantes?
................pepelu, tristemente no lo dice ningun medio giliprogre ni tampoco los medios antigiliprogres.................EN ESO TODOS ESTAN DE ACUERDO : ¡¡LO UNICO POLITICA Y SOCIALMENTE CORRECTO ES ACUSAR AL HOMBRE DE TODA LA VIOLENCIA!!
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"Europa Press Europa Press.Sevilla.miércoles 01/12/2010
El juez Francisco Serrano cree que la ley establece un 'derecho penal de autor'
En respuesta a Soledad Cabezón, secretaria de Políticas de Igualdad del PSOE
El juez de Familia de Sevilla y presidente de la Plataforma Ciudadana por la Igualdad, Francisco Serrano, ha asegurado que la ley de violencia de género ""establece penas distintas por los mismos hechos por cuestión de sexo, y establece un derecho penal de autor".
En este sentido, ha recordado que hasta 4 magistrados del Tribunal Constitucional (TC) "criticaron" lo mismo que él en sus votos particulares sobre la ley, y en esa misma línea, según ha añadido, se sitúa el informe realizado sobre la ley en el año 2004 por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
En su currículum destaca ser el primer magistrado en firmar una orden de alejamiento. En 2001, cuando la ley de Violencia de Género no estaba ni pensada, recibió el premio Amuvis por defender a la mujer maltratada."
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No es pertinente, Ore, y no hace falta que me expliques nada, sino que dejes de explotar la eterna vena victimista del feminismo, según la cual había una gran conspiración, que por supuesto incluía a la Iglesia, para hacer sufrir exclusivamente a las mujeres.
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"Denuncian en Bruselas la ley de violencia de género por 'su inspiración totalitaria'
Las federaciones, que no descartan interponer un recurso ante el Tribunal General de Justicia de la UE, han remitido una copia a la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento Europeo para que abra una investigación.
Medio centenar de asociaciones en defensa de la custodia compartida de toda España remitieron hoy sendas cartas a las distintas instituciones europeas para denunciar que la Ley Integral contra la Violencia de Género quebranta de forma directa los derechos de igualdad y presunción de inocencia.
Para los firmantes la nueva legislación civil fruto del encaje de la Ley Integral de Violencia de Género ""conlleva una falta evidente de garantías procesales y una pérdida de derechos fundamentales en la ciudadanía, especialmente en el caso de los hombres, pero también de las mujeres"".
En esa línea, se afirma que la ley aprobada por el Gobierno para dar respuesta a la violencia doméstica tiene ""una clara inspiración totalitaria"".
En otro punto se denuncia que ""en España se mezclan intencionadamente los conceptos de violencia doméstica y violencia de género, se manipulan las estadísticas y no se permite el acceso a los hombres a las políticas llamadas de género"".
Finalmente, apuntan ""observar con estupor"" cómo la Presidencia española ""pretende aprovechar su momento para generalizar a Europa políticas llamadas de género"" que, según la carta, ""se han demostrado claramente contraproducentes, discriminatorias y lesivas para los Derechos Humanos"".
En el texto reclaman que una denuncia por malos tratos no implique que se descarte la custodia compartida sin esperar al juicio ni a la sentencia -como prevé la ley- pues va ""contra la presunción de inocencia"" y constituye ""el origen de la proliferación de denuncias falsas"".
Los políticos, PSOE, PP y toda la cámara que votó a favor de esta abominable Ley de Violencia ""de Género"" derogaron la Constitución de facto. a zp le tienen que decir en europa lo que sus socios de gobierno no le dicen,que todo lo que propone es falso o esta mal hecho. ¡¡al fin un poco de cordura!!
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/06/15/espana/1276608214.html
"
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HASTA EN COLOMBIA HAY LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA
Proyecto de Ley No. 249 de 2008 SENADO Por medio de la Cual se establece el régimen de Custodia Compartida de los hijos menores. El Congreso de Colombia Artículo 3º.Reparto de la Custodia y Cuidado Personal de los Hijos.El menor habitará con cada uno de sus progenitores en meses alternos, estando los meses pares con la madre y los impares con el padre, cambiando esta distribución cada año. Durante la estancia con uno de los progenitores, el juez de familia fijará un régimen de visitas en favor del otro progenitor para los periodos durante los que no ostente la custodia y un régimen especial para los periodos vacacionales. Cada progenitor se encargará de los gastos ordinarios del menor durante el tiempo que conviva con él, mientras que los gastos extraordinarios se fijaran por mitad. http://lacomunidad.elpais.com/antoniopegaso/2008/5/13/custodia-compartida-colombia-ley-2
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# 46 AKENATON54, que pena da ver en como degeneran los faraones !!,
¿No le apetece dar su propia opinión, sin copiar y pegar?.
Que pase Vd. una buena tarde.
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#59 Hipatia
Hola ''BRUJA''.......no has tardado mucho en responder a mi pregunta.
El dinero y la maldad son dificiles de ocultar eh?........
¿esta clara mi opinion Bruja?.
PD ¿Lo de Hepatia sera solo un anuncio verdad?......tu de la Verdadera Hepatia, no tienes ni la ''H''
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#59 2iHipatia
# 46 AKENATON54, que pena da ver en como degeneran los faraones !!,
¿No le apetece dar su propia opinión, sin copiar y pegar?.
ASI FUNCIONA EL HEMBRISMO RADICAL :
1º Si das tu opinion eres un ''Machista visceral''.................
2º Si das hechos y datos, no tienes opinion.
VOLVEMOS A LA ''PROBATIO DIABOLICA''
La prueba diabólica (en latín, probatio diabolica) o prueba inquisitorial es una expresión del ámbito del Derecho que describe la práctica de exigir una prueba imposible. En una probatio diabolica el interpelado deberá, por ejemplo, demostrar que algo no ha ocurrido, la inexistencia de algo, o su propia inocencia en un proceso judicial, cuando lo correcto según el Derecho moderno es que la «carga de la prueba» corresponde a quien ha de probar la existencia de algo, o probar la culpabilidad
CHAO ''BRUJA''
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"La Ley de Violencia de Género introdujo en nuestro Código Penal aberrantes discriminaciones contra el hombre, una de ellas es la de las amenazas leves. Si una mujer amenaza a su marido se considera falta y se castiga con pena de multa (artículo 620 del Código Penal), si el que profiere la amenaza es el marido contra su esposa automáticamente, por el mero hecho de la condición masculina de su autor, se considera delito con pena de hasta un año de prisión pudiendo perder la patria potestad sobre sus hijos (artículo 171 apartado 4º del Código Penal)".
Esto es lo que nos dice AKENATON54, y estos son los artículos a los que alude. Que cada uno analice lo que crea más conveniente:
Artículo 620:
Redacción según Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre.
Serán castigados con la pena de multa de diez a veinte días:
1. Los que de modo leve amenacen a otro con armas u otros instrumentos peligrosos, o los saquen en riña, como no sea en justa defensa, salvo que el hecho sea constitutivo de delito.
2. Los que causen a otro una amenaza, coacción, injuria o vejación injusta de carácter leve, salvo que el hecho sea constitutivo de delito.
Los hechos descritos en los dos números anteriores sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
En los supuestos del número 2 de este artículo, cuando el ofendido fuere alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2, la pena será la de localización permanente de cuatro a ocho días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de cinco a diez días. En estos casos no será exigible la denuncia a que se refiere el párrafo anterior de este artículo, excepto para la persecución de las injurias.
Artículo 173.2:
2. El que habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente, o sobre los menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de dos a cinco años y, en su caso, cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de uno a cinco años, sin perjuicio de las penas que pudieran corresponder a los delitos o faltas en que se hubieran concretado los actos de violencia física o psíquica.
Se impondrán las penas en su mitad superior cuando alguno o algunos de los actos de violencia se perpetren en presencia de menores, o utilizando armas, o tengan lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realicen quebrantando una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad o prohibición de la misma naturaleza.
Artículo 48:
1. Redacción según Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos impide al penado residir o acudir al lugar en que haya cometido el delito o falta, o a aquel en que resida la víctima o su familia, si fueren distintos.
2. La prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado acercarse a ellos, en cualquier lugar donde se encuentren, así como acercarse a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ellos, quedando en suspenso, respecto de los hijos, el régimen de visitas, comunicación y estancia que, en su caso, se hubiere reconocido en sentencia civil hasta el total cumplimiento de esta pena.
3. La prohibición de comunicarse con la víctima, o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado establecer con ellas, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual.
4. El juez o tribunal podrá acordar que el control de estas medidas se realice a través de aquellos medios electrónicos que lo permitan.
Artículo 171.4:
4. Añadido por Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre. El que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectiv
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Este es el trozo que faltaba al artículo 171.4:
4. Añadido por Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre. El que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.
Igual pena se impondrá al que de modo leve amenace a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
Saludos.
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#56 pinchito: ante tu incapacidad de aceptar lo evidente, apelando a "conspiraciones" de las que no he hablado, demuestras una vez más que es una pérdida de tiempo intentar que gente como tú entienda algo.
La iglesia católica, aunque te empeñes en lo contrario, tradicionalmente ha impuesto la sumisión de la mujer al hombre en el matrimonio, estando incluso recogido en el código de derecho canónico antes del concilio vaticano II que la mujer debía obediencia a su marido.
Por eso es particularmente perverso lo que dijo este obispo, porque muchas mujeres han sido víctimas de violencia dentro del matrimonio simplemente porque tenían que someterse al marido, y de hecho este tipo de matrimonio indisoluble hacía que estas situaciones se perpetuaran, convirtiendo en muchos casos a las mujeres en auténticas esclavas.
Otra cosa es que todo esto te importe una mierda porque no "encaja" con tu particular cruzada contra las mujeres.
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# 64 Ore, paciencia, mucha paciencia.
Ya ve Vd. como está el patio, el tema Iglesia/Feminismo/Machismo, es algo que enciende pasiones desbocadas, como se puede comprobar en más de un post (no daremos pistas...).
Mi solidaridad total.
Un saludo.
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No, Ore, por más vueltas que le des y más que insistas desde tu victimismo feminista, no es cierto lo que dices: La Iglesia Católica predicaba la sumisión y la resignación a todo el pueblo, no sólo a las mujeres. Esa imagen que pretendéis transmitir de eterno sufrimiento de las mujeres y de continuos goces y privilegios en los hombres es completamente falsa, un mínimo de conocimiento histórico la derrumba en un instante.
Me armaré de paciencia yo, Hipatia2, y se lo explicaré a Ore cuantas veces lo necesite, hasta que por fin lo entienda.
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#65 Hipatia2: gracias, hace falta esa paciencia que veo que no le es ajena. Saludos.
#66 pinchito: si tuviera la música de "barrio sésamo", la pondría aquí mismo para que la explicación tuviera la ambientación precisa.
Diferencia entre SÓLO y TAMBIÉN.
La iglesia ha predicado la aceptación de los avatares del destino sobre todo a los desfavorecidos (hombres, mujeres, niños, etc.), lo que servía de eficaz método de control para los poderosos (ése sí que ha sido un matrimonio fecundo a lo largo de la historia: iglesia/poder). (PINCHITO DICE QUE LA IGLESIA PREDICABA "SÓLO" ESTO)
Curiosamente, TAMBIÉN predicaba (y en este caso además recogiéndolo en el derecho canónico) que la mujer, dentro del matrimonio, debía obediencia al marido; matrimonio que además debía ser indisoluble. (ORE -yo sólo pasaba por aquí-, EL CÓDIGO CANÓNICO Y LA REALIDAD DICEN QUE LA IGLESIA PREDICABA "TAMBIÉN" ESTO OTRO).
Te empeñas en plantear situaciones como incompatibles cuando no lo son. Espero que hayas entendido la diferencia entre "sólo" y "también".
De hecho, en las sociedades donde la población más pobre es profundamente creyente (generalmente más las mujeres que los hombres), se da la terrible situación de que muchos hombres, que ven como en su vida diaria deben someterse a cuánto le rodea, en su casa sin embargo "debían" mandar, lo que da lugar frecuentemente a ese binomio "alcoholismo-maltratador", refrendado por el indebidamente utilizado "débito conyugal", que es un término precisamente de origen religioso y que sólo continúa vigente en el derecho canónico.
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De hecho, resulta bastante triste tener que discutir sobre una de las instituciones más machistas y misóginas que existen, como es la Iglesia Católica.
Aunque por fortuna cada vez se va superando más, la tozuda realidad es que el machismo ha estado presente de manera muy conspicua en la historia, por eso es tan fácil encontrarlo tan arraigado en nuestras costumbres.
Tal vez sea por eso que alguna gente no le llama machismo, sino "las cosas han sido siempre así".
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Hay algunas que tampoco veis el adultismo, Ore, y pensáis también que las cosas siempre han sido así.
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Sí, Ore, y la Iglesia también predicaba que los hijos debían obediencia a los padres, y éstos debían respeto a los ancianos, etc... ¿Y???
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#69 pinchito
Te he votado en contra equivocadamente.
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A QUIEN PUEDA INTERESAR :
TODO LO EXPUESTO #62 #63 POR LA MANIPULADORA HEMBRISTA Hipatia2 O BIEN ESTA DEROGADO O BIEN SUSPENDIDO EN APLICACION PREVENTIVA Y/O CAUTELARMENTE PRIMANDO EN CUALQUIER CASO LA APLICACION DE : '''la de las amenazas leves. Si una mujer amenaza a su marido se considera falta y se castiga con pena de multa (artículo 620 del Código Penal), si el que profiere la amenaza es el marido contra su esposa automáticamente, por el mero hecho de la condición masculina de su autor, se considera delito con pena de hasta un año de prisión pudiendo perder la patria potestad sobre sus hijos (artículo 171 apartado 4º del Código Penal)'''.
Y AHORA VEAN LA REALIDAD DE ESA LEY ANTICONSTITUCIONAL QUE HEMBRISTAS COMO Hipatia2 INTENTAN OCULTAR Y QUE LOS MEDIOS RARAMENTE PUBLICAN POR TEMOR A REPRESALIAS :
PARTE I
¿SOLO EL JUEZ SERRANO EH BRUJA HEPATIA?
Ninguna Ley ha planteado ni por asomo tantas cuestiones de inconstitucionalidad como las acumulados en el TC Tribunal Constitucional contra la Ley de Violencia de Género, de protección, integral, etc.
"De facto" es una Ley anticonstitucional, pero como la corporación del derecho vs políticos son unos vagos perezosos, aparte de sinvergüenzas...
¿Os imagináis lo que ocurriría si ahora reconocen su inconstitucionalidad?...
Tendrían que revisar más de 1 millón de sentencias penales y de divorcios dictadas desde la entrada en vigor de la Ley contra la Violencia de Género desde finales de 2004.
EL NEGOCIO HEMBRISTA DE LA LIVG VINCULADA AL NEGOCIO DEL DIVORCIO LO HAN HECHO HERMETICO Y "NO SE PUEDE RETROCEDER"
Os muestro algunas de las cuestiones de inconstitucionalidad presentadas contra la ley de violencia de género y sus ramificaciones en el código penal y civil de familia,,, todas ellas desestimadas o no admitidas.
HEMBRIST@S NO DECIS QUE SOLO EL LOCO DEL JUEZ SERRANO Y MARIA SANAHUJA ESTAN EN CONTRA DE LA INFAME ''LEY DE VIOLENCIA DE GENERO''
640-2005 cuestión de inconstitucionalidad planteada por Juzgado de lo Penal nº 2 de Arenys de Mar, en relación con los arts. 57.2 y 48.2 del Código Penal, por posible vulneración de los arts. 1.1, 10.1 y 17 de la Constitución.
3916-2005 Cuestión de inconstitucionalidad planteada por Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valladolid, en relación con el art. 57.2 del Código Penal, por posible vulneración
de los arts. 1.1, 10.1, 18.1, 24.1 y 25.1 de la Constitución.
4976-2005 Cuestión de inconstitucionalidad planteada por Juzgado de lo Penal nº 20 de Madrid, en relación con el art. 57.2 del Código Penal, por posible vulneración de los arts. 1.1, 10.1, 9.3, 24.2 y 25.1 de la Constitución.
5983-2005 Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los artículos 9.3, 14, 17.1, 24.2 y 25 de la Constitución Española.
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AHORA VEAN LA REALIDAD DE ESA LEY ANTICONSTITUCIONAL QUE HEMBRISTAS COMO Hipatia2 INTENTAN OCULTAR Y QUE LOS MEDIOS RARAMENTE PUBLICAN POR TEMOR A REPRESALIAS :
PARTE II
¿SOLO EL JUEZ SERRANO EH BRUJA HEPATIA?
6618-2005, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Valladolid, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
6660-2005, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Toledo, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
7258-2005, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Orihuela, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
7259-2005, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Arenys de Mar, en relación con el artículo 57.2 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.
5438-2006, Cuestión de Inconstitucional presentada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Toledo en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
6563-2006, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lérida en relación con el artículo 57.2 del Código Penal.
8109-2006, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004,de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
8197-2006, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria, en relación con los artículos 153.1 y 3; y 171. 4 y 5 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 14, 25 y 117 de la Constitución.
8231-2006, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
8232-2006, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
8295-2006 Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
9765-2006 Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal n.º 4 de Murcia en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
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Y AHORA VEAN LA REALIDAD DE ESA LEY ANTICONSTITUCIONAL QUE HEMBRISTAS COMO Hipatia2 INTENTAN OCULTAR Y QUE LOS MEDIOS RARAMENTE PUBLICAN POR TEMOR A REPRESALIAS :
PARTE III
¿SOLO EL JUEZ SERRANO EH BRUJA HEPATIA?
9804-2006, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Valladolid, en relación con el párrafo primero de los arts. 153.1 y 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración del art. 14 de la CE
10662-2006 Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, en relación con los arts. 153.1 y 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género por posible vulneración de los arts. 1.1; 9.1, 2 y 3; 10; 14; 17; 24.2 y 25.1 de la Constitución.
305-2007 Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Cáceres en relación con el art. 57.2 CP.
954-2007, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal (BOE 281, 24.11.1995, corrección 54, 2.3.1996), en la redacción dada por la Ley orgánica 1/2004, 28 diciembre por posible vulneración de los arts. 9.3, 10, 14, 17.1, 24.2 y 25 de la Constitución.
1264-2007, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal (BOE 281, 24.11.1995, corrección 54, 2.3.1996), en la redacción dada por la Ley orgánica 1/2004, 28 diciembre.
1415-2007, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Valladolid, en relación con el art. 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 14, 24 y 25 de la Constitución.
2083-2007, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal (BOE 281, 24.11.1995, corrección 54, 2.3.1996), en la redacción dada por la Ley orgánica 1/2004, 28 diciembre por posible vulneración de los arts. 9.3, 10, 14, 17.1, 24.2 y 25 de la C.E.
2848-2007 Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Toledo, en relación con el art. 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1, 9, 10.1, 14, 17.1, 24.1, 24.2 y 25.1 de la Constitución.
3088-2007 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, en relación con el art. 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 9.3, 10, 14, 17.1, 24.2 y 25 de la Constitución.
3340-2007 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Toledo, en relación con el art. 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1, 9, 10.1, 14, 17.1, 24.1 y 2 y 25.1 de la Constitución.
6968-2007, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley orgánica 1/2004, 28 diciembre
7616-2007, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal (BOE 281, 24.11.1995, corrección 54, 2.3.1996), en la redacción dada por la Ley orgánica 1/2004, 28 dic.
8972-2007, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley orgánica 1/2004, 28 diciembre.
9746-2007 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, en el procedimiento abreviado 303/2007, en relación con el art. 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 10, 14, y 24.2 de la Constitución.
9194-2007 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 12 de Valencia, en
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Y AHORA VEAN LA REALIDAD DE ESA LEY ANTICONSTITUCIONAL QUE HEMBRISTAS COMO Hipatia2 INTENTAN OCULTAR Y QUE LOS MEDIOS RARAMENTE PUBLICAN POR TEMOR A REPRESALIAS :
PARTE IIII
¿SOLO EL JUEZ SERRANO EH BRUJA HEPATIA?
59/2008. Cuestión de inconstitucionalidad contra el art. 153.1 del Código Penal, en el que se castiga más gravemente el menoscabo psíquico o lesión no definidos como delito, causadas por un hombre sobre una mujer, cuando sea o haya sido esposa, o mujer que haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, que el causado por esta contra un hombre, que sea o haya sido su pareja sentimental, aún sin convivencia.
543-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Valladolid, en el procedimiento abreviado núm. 395/2006, en relación con el art. 153.1 del Código Penal en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género por posible vulneración del art. 14 de la Constitución.
716-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 12 de Valencia, en el procedimiento abreviado 476/2007, en relación con el art. 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.3, 10, 14, 17, 24 y 25 de la Constitución.
1039-2008 Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, en el juicio rápido núm. 653/2007, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal en la redacción dada por la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la Constitución.
1877-2008, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 26 de Madrid, en el juicio oral núm. 523/2007, en relación con el artículo 171.4 y último párrafo del punto quinto del mismo artículo del Código Penal, según redacción dada por Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género por posible vulneración de los arts. 1, 10 y 14 de la Constitución Española,
2315-2008, Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Murcia, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley orgánica 1/2004, del 28 diciembre.
2857-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Valladolid, en el procedimiento abreviado núm. 268/2007, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal según redacción dada por Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género por posible vulneración del art. 14 de la C.E.
3177-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por Juzgado de lo Penal nº 1 de Valladolid, en el juicio rápido núm. 3/2008, en relación con el artículo171.4 del Código Penal según redacción dada por Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género por posible vulneración del art. 14 de la C.E.,
3802-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 12 de Valencia, en el procedimiento abreviado núm. 47/07, en relación con el art. 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.3, 10, 14, 24 y 25 de la Constitución.
5752-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, en el procedimiento abreviado núm. 52/2008, en relación con el art. 171.4 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la Constitución.
5753-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, en el juicio rápido núm. 40/2008, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la C.E.,
5756-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, en el juicio rápido núm. 738/2007, en relación con el art. 171.4 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medid
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Y AHORA VEAN LA REALIDAD DE ESA LEY ANTICONSTITUCIONAL QUE HEMBRISTAS COMO Hipatia2 INTENTAN OCULTAR Y QUE LOS MEDIOS RARAMENTE PUBLICAN POR TEMOR A REPRESALIAS :
PARTE IIII
¿SOLO EL JUEZ SERRANO EH BRUJA HEPATIA?
6621-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, en el juicio rápido núm. 73/2008, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17 y 24.2 y 25.1 de la C.E.
6734-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, en el procedimiento abreviado núm. 97/2007, en relación con el art. 171.4 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la Constitución,
6777-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, en el procedimiento abreviado 399/2007, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la C.E.
6954-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, en el procedimiento abreviado núm. 117/2007, en relación con el art. 171.4 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la Constitución,
8437-2008 cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete, en el juicio rápido núm. 128/2008, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género por posible vulneración de los arts. 1.1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la C.E.,
Bien,,, aunque esto también se oculta, hay casi mil cuestiones de inconstitucionalidad sobre la LIVG que llegan al TC,,, muy triste para nuestra legislación que no alcanza un mínimo de respeto sobre los derechos fundamentales, donde con ella siguen muriendo muy pocas pero más mujeres, que es lo que pretenden l@s hembristas victimistas, y donde cada dia hay muchas y más denuncias falsas. Todo negativo.
http://padresdivorciados.blogspot.com/2010/12/tribunal-constitucional-dividido-en.html
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Y MAS DE MIL RECURSOS MAS ENTRE LOS QUE SE ENCUENTRAN LOS DE LOS AÑOS 2.009 Y 2.010
Bien,,, aunque esto también se oculta, hay casi mil cuestiones de inconstitucionalidad sobre la LIVG que llegan al TC,,, muy triste para nuestra legislación que no alcanza un mínimo de respeto sobre los derechos fundamentales, donde con ella siguen muriendo muy pocas pero más mujeres, que es lo que pretenden l@s hembristas victimistas, y donde cada dia hay muchas y más denuncias falsas. Todo negativo.
#62 Hipatia.......Esto es lo que nos dice AKENATON54, y estos son los artículos a los que alude. Que cada uno analice lo que crea más conveniente.......
SI BRUJA HEPATIA2 ¿QUE CADA UNO ANALICE LO QUE CREA MAS CONVENIENTE?
PD : BRUJA, TU NO TIENES UN HIJO DE VEINTITANTOS AÑOS Y UN SOBRINO DE DIECIOCHO NI DE CASUALIDAD.............. ¡A OTRO PERRO CON ESE HUESO, BRUJA!
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#65 Hipatia2
¿Te ha gustado el repaso BRUJA?........ PARA PONERME EN APRIETOS A MI, HACEN FALTA 20 DOCENAS COMO TU..................''PATETICA HEMBRISTA FRUSTRADA''.
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¿Los del consorcio de género tienen datos de los hombres asesinados por sus mujeres? ¿O siguen escondiendo los cadáveres?

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